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¿Deber legislarse los medios de comunicación?
 
Por Dip. Rocío del Carmen Morgan Franco
Número 17

"El tiempo debe usarse como
herramienta, no como poltrona".

John Kennedy

Dos años han transcurrido desde que esta LVII Legislatura asumió sus funciones. Una legislatura que despertó muchas expectativas respecto al cambio en el Poder Legislativo y el preponderante papel que jugaría en la transición política de nuestro país, debido básicamente a su nueva composición: una mayoría opositora.

Sin embargo, los graves problemas que aquejan a México no pueden ser resueltos de la noche a la mañana.

A muchos, los resultados obtenidos por la actual Legislatura le parecerán pocos e insignificantes. No lo negamos, la búsqueda de consensos ha resultado particularmente difícil en un país donde el presidencialismo y el centralismo campeaban alegremente y el partido hegemónico se había arraigado con sus vicios durante los últimos 70 años. Ahora, los partidos de oposición y el propio partido oficial han tenido que reconocer sus verdaderas fuerzas y hemos tenido que aprender a convivir y a trabajar con las diferencias propias que nos dan nuestros postulados doctrinarios, en la búsqueda de esos consensos que nos permitan avanzar en esta transición política.

La importancia que ha cobrado ahora la Cámara de Diputados es notoria. Tan solo basta con encender un noticiero de televisión e invariablemente habrá cuando menos dos notas que hablen sobre ella o alguno de sus integrantes. Antes, ¿cuándo le hacían caso?. Hoy por hoy, el debate nacional se está dando en la Cámara de Diputados. Los grandes temas de la nación se abordan desde el Poder Legislativo, y podemos decir que éste empieza a ejercer su papel de contrapeso del Poder Ejecutivo, como establece nuestra Constitución.

Uno de esos grandes temas que se discuten en la Cámara de Diputados es precisamente el que nos ocupa en este panel y el título dado a este debate resume a la perfección el debate que se ha dado entre los legisladores: ¿Deben legislarse los medios de comunicación?

Durante dos años los diputados de los diferentes partidos que integramos la Comisión de R.T.C. nos hemos hecho esta pregunta y también la hemos formulado a los diferentes actores que hemos consultado a lo largo del proceso: periodistas y reporteros, académicos e investigadores, permisionarios y concesionarios de la radio y la televisión; hemos consultado desde directores de periódicos hasta alumnos de las carreras de comunicación y derecho.

Para ir contestando esta pregunta, hay que tener en cuenta que el debate sobre el papel que desempeñan los medios de comunicación en la transición democrática del país es una demanda social indiscutible, sobre todo, respecto a los equilibrios y contrapesos que los medios han de enfrentar a partir del derecho y a partir de la autorregulación ética.

La Iniciativa de Ley Federal de Comunicación Social, presentada a la Cámara de Diputados por la LVI Legislatura, no es ninguna novedad de los tiempos de la transición. El periodista Miguel Angel Granados Chapa, en su columna Plaza Pública, del 5 de octubre del año pasado, explica que han existido ya varios intentos para reglamentar el derecho a la información y que forman parte de los antecedentes de esta iniciativa.

Nos narra que los orígenes datan de 1978, cuando el Presidente José López Portillo envió a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que intentó la necesaria reglamentación del artículo 6º Constitucional, pero que de inmediato fue "congelado", curiosamente por los legisladores de su propio partido. Posteriormente, hubo un segundo intento en 1983, con el Presidente Miguel de la Madrid, que también originó una fuerte reacción contra la probable reglamentación al derecho a la información. Es hasta 1997 cuando se rescata la posibilidad de darle a México una nueva reglamentación en materia de Libertad de Expresión, con la presentación de la iniciativa que crea la Ley de Comunicación Social y la que reforma la Ley de Radio y Televisión, y a propósito de la tremenda campaña desatada en octubre de 1998 contra el trabajo legislativo, dice "nuevamente, algunos grupos de poder se empeñan en desprestigiar el propósito legislativo"; un poco con cansancio, Granados Chapa esbribe "esa película ya la vimos".

Sobre este mismo asunto, Federico Reyes Heroles, afirma en un artículo publicado en el diario Reforma, el 6 de octubre de ese año, que en teoría hace 21 años que venimos debatiendo este tema y con sarcasmo agrega "y luego preguntan por qué se desespera la opinión pública". Reyes Heroles defiende la posibilidad de que México se iguale a otros países del orbe que ya cuentan con legislación en la materia, pero advierte que "lo peor que podemos hacer es mantener la incertidumbre, pues hay un requerimiento ético y político de actualizar los derechos y obligaciones de la ciudadanía, de los informadores, de los concesionarios de los medios, y de la sociedad en su conjunto".

Sobre este particular, los legisladores de Acción Nacional sostenemos que nuestra transición no ha llegado aún a los medios de comunicación; estamos convencidos de que no existe transición política a la democracia si no existe una democratización de los medios, regida fundamentalmente por dos grandes principios: por el de la responsabilidad legal de un marco jurídico acorde a las nuevas realidades, pero también a través de un esfuerzo de carácter deontológico, de autorregulación ética, que establezca compromisos de deberes y obligaciones de los comunicadores o de los medios con la sociedad.

¿Deben regularse los medios de comunicación? En Acción Nacional consideramos que sí. Pero en realidad éste NO es el debate. Para muchos de los actores, esto ya está superado: Se deben regular. En el debate no debe confundirse la ética con el derecho. Ambos no se contraponen entre sí, sino que son complementarios.

México vive en un Estado de Derecho y en él no existen materias de excepción legal, pues esto irremediablemente conduce a la impunidad.

Sin ir más lejos: En México sí existe una Ley que regula la libertad de expresión y la actuación de los medios de comunicación. Es la Ley de Imprenta, promulgada en el régimen del Presidente Venustiano Carranza, en las postrimerías de la Revolución, el 9 de abril de 1917. Una ley anterior incluso a la promulgación de nuestra Constitución... entonces, esta ley ¿qué derechos, qué garantías y qué libertades constitucionales defiende?

Es obvio que esta ley es a todas luces anacrónica y obsoleta en su aplicación, dados los nuevos tiempos que vivimos; no está de más recordar que estamos no sólo ante el umbral de un nuevo siglo, sino de un nuevo milenio y nosotros pretendemos arribar a él con una ley de hace 80 años. Todos los aquí presentes sabemos que este milenio estará marcado por la tecnología, la de más alto nivel en la medicina, la ciencia y la información.

La competencia global en materia de medios de comunicación ha vencido todas las fronteras, geográficas, religiosas, culturales y éticas de las naciones, y nosotros llegaremos a esta competencia en completa desventaja y nula protección; y será por nuestro propio pie.

En este momento, cuando hablamos de globalización, de revolución digital y de nuevas tecnologías, nos encontramos con que nuestra transición política no lleva de la mano reglas claras y transparentes en materia de medios de comunicación.

Es necesario reconocer que los adelantos de la revolución tecnológica nos han rebasado a los legisladores. No podemos arribar al nuevo siglo mientras esté ausente un marco legal que vaya empatado con el avance de las nuevas tecnologías.

Concordamos plenamente con la afirmación del Dr. Ernesto Villanueva, especialista en derecho comparado de la información y catedrático de la Universidad Iberoamericana, en que sólo el derecho puede brindar seguridad a la libertad.

Según Villanueva, "las libertades de expresión e información y sus derechos conexos constituyen instrumentos idóneos para preservar el Estado de Derecho y favorecer las prácticas democráticas, porque generan contrapesos frente al ejercicio del poder".

Sin embargo, una y otra vez, hemos escuchado al propio Presidente de la República decir que el Estado no regulará a los medios de comunicación, que deberán ser ellos mismos quienes, a través de sus códigos de ética, cumplan con lo expresado en los Artículos 6 y 7 constitucionales.

Efectivamente, el Estado no puede imponerle principios éticos a los comunicadores, a los editores o a los concesionarios de la radio y la televisión. Pero el Ejecutivo ha asegurado que prefiere los riesgos que generan los abusos cometidos por los medios que la regulación jurídica por parte del Estado. Evidentemente, el Dr. Zedillo se equivoca.

El Sr. Presidente ha renunciado públicamente, una y otra vez, a cumplir su deber, ignorando el mandato constitucional de que "El Estado garantizará el derecho a la información". Al renunciar a la formulación de un nuevo marco legal que brinde garantías al ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información, el Ejecutivo deja en el desamparo total a los principales sujetos de estas garantías: los ciudadanos, a la postre, los usuarios de los medios. Los derechos a la información y a la libertad de expresión, son derechos eminentemente ciudadanos, nunca exclusivos de los medios informativos, ni del Estado.

En tal sentido, corresponde al Poder Legislativo, como integrante del Estado, el adecuar un marco jurídico en materia de comunicación, sobre todo con el objeto de garantizar el ejercicio de las libertades de expresión e información y el derecho a la información pública por parte de los ciudadanos.

Más aún, la normatividad de las libertades de expresión e información y del derecho a la información cuentan en México con el respaldo del marco internacional establecido por la Organización de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos, por lo que cualquier propuesta que se desarrolle en esta materia, deberá contemplar lo que ya es norma mexicana y debe ser aludida en los considerandos de la normatividad.

Continuar con la inoperancia de derechos tan fundamentales como los establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos de la OEA, de 1969, y que fueron ratificados por el Senado en 1980 y publicados en 1981, coloca al Estado mexicano en el incumplimiento de una responsabilidad llamada a garantizar estos esenciales derechos sociales.

Además, detrás de este trabajo legislativo, no hay sólo la obligación constitucional de los legisladores de impulsarla y hacerla norma vigente, sino que existe un empuje más poderoso que proviene de la misma sociedad y de diversos sectores relacionados con la materia. Tras las Iniciativas de Comunicación Social y de Reformas a la Ley de Radio y Televisión, hay una amplísima consulta popular y un debate nacional que tiene la edad de muchos de ustedes.

Ante los diversos actores, hemos expresado nuestra convicción de jamás entrometernos con contenidos o características de la información que, en efecto, deben quedar en al ámbito de la autorregulación ética, mediante la publicación de códigos deontológicos. Pero también hemos dicho que no creemos que la ética pueda substituir en todo al derecho. En ningún país y en ninguna profesión del mundo la ética substituye a las normas.

Para clarificar nuestras intenciones, les diré que los objetivos que nos hemos trazado los legisladores son muy claros:

  • Establecer un marco para el cumplimiento de la responsabilidad del Estado de garantizar las libertades de expresión e información y el derecho a la información, establecidos en la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos. Esto es, la obligación que tiene el Estado de proporcionar, a quien lo solicite, toda la información de interés público
  • Cumplir con el compromiso adquirido de generar las normas secundarias al mandato establecido por los Convenios Internacionales celebrados por México y aprobados por el Senado.
  • Dar marco y garantías al trabajo profesional del informador al establecer la cláusula de conciencia —para que los periodistas no sean obligados en sus medios a difundir aquello que sea contrario a sus creencias o a sus códigos éticos—, el respeto al secreto de sus fuentes informativas y el acceso a la información de interés publico.
  • Y [sobre todo y ante todo] garantizar a los ciudadanos el derecho a la información y establecer mecanismos para su defensa, cuando vea dañado ese derecho, a través del reconocimiento jurídico del derecho de réplica y otros derechos tan esenciales como el derecho a la vida privada y a la intimidad

Sin embargo, son ya dos años que han transcurrido de esta legislatura; el que resta estará marcado por una fuerte contienda electoral, a propósito de la sucesión presidencial, y el debate no ha sido allanado. Parece que México llegará al nuevo milenio, sin actualizar el régimen jurídico en materia de libertades de expresión e información, y del derecho a la información. Porque en realidad este es el debate, y no el que ha pretendido cuestionar la conveniencia o no de reglamentar esta materia, buscando convertir en excepción jurídica o basta zona de impunidad a los medios de comunicación en nuestro país.

Leyes existen en la materia, pero las redactaron quienes hoy están muertos, y nos han heredado, en materia de imprenta casi durante todo el siglo, una trasnochada concepción moral, y en medios electrónicos, una aberrante discrecionalidad política y un retraso evidente en la incorporación de las nuevas tecnologías de la Comunicación. Estas leyes, se han vuelto inaplicables porque ya no corresponden a nuestra realidad.

La Democracia es hoy un valor universal que a diario reclama y conquista nuevos espacios. En un sistema democrático de derecho no puede haber poderes impunes ni ilimitados. La teoría y la práctica democráticas sugieren ante todo la presencia de contrapesos y equilibrios a todos los que, dentro de la formalidad y constitución del Estado o fuera de él, ejercen un poder indiscutible. Y en este aspecto nadie discute el enorme poder que ejercen los medios en la vida de una nación, por lo que los medios no pueden estar, en modo alguno, ajenos a esa tendencia y a esa obligación.

Libertades fundamentales, valores democráticos y derechos sociales se tienen que convertir en normas de derecho vigente, no está por demás reiterar que sólo el derecho puede brindar seguridad a la libertad.


Dip. Rocío del Carmen Morgan Franco
Grupo Parlamentario del PAN

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