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Por Dra. Mireille
Roccatti
Número 22
Sumario:
I.- Génesis.
II.- Trayectoria.
III.- Impacto del Ombudsman en Latinoamericana.
IV.- El Ombudsman y la transformación
del Estado.
V.- Dimensión del Ombusman como centinela
del principio de Legalidad.
I.-
Génesis
La
generosa Institución nace en Europa, y su más remoto
antecedente se localiza en la figura del "Justittie Kansler"
creado por el Rey Sueco en el Siglo XVI.
En
un principio, este órgano actúa como Delegación
de la Corona cuyas funciones, entre otras, era la de supervisar
la correcta aplicación de las leyes por parte de los servidores
públicos.
Más
tarde, la Institución se consagra en la Ley Constitucional
Sueca de 1809, su ejercicio queda a cargo de un funcionario designado
por el Parlamento y su función consiste en vigilar la actividad
de los tribunales. Actualmente, la Constitución vigente de
Suecia de 1947 aún conserva esta figura, la cual se encuentra
regulada por el nuevo documento constitucional "Instrumento
de Gobierno ", mismo que está en vigor desde 1975 y
que, de conformidad con el modelo original queda asignado a un funcionario
dependiente del Parlamento pero con autonomía funcional,
con la atribución esencial de recibir las reclamaciones de
los gobernados contra las autoridades administrativas cuando afecten
sus derechos e intereses legítimos.
La
función de esta figura tiene como propósito obtener
un pronto arreglo, o bien, en caso de no lograrlo iniciar una investigación
para formular recomendaciones a las propias autoridades administrativas,
mismas que se publican en los informes periódicos, generalmente
de carácter anual, que rinden al propio órgano legislativo.
II.-
Trayectoria
De
acuerdo con lo anterior, la palabra Ombudsman significa representante,
mediador, comisionado, protector, defensor o mandatario del pueblo,
que es designado por el Parlamento para supervisar la actuación
de los gobernantes y corregir los actos de mala administración
pública.
Pronto,
el Ombudsman traspasa sus fronteras originales, pues empieza a demostrar
su eficacia como órgano controlador de los actos del poder
público, y es a partir del siglo XIX cuando su finalidad
aparece condicionada a las exigencias de una nueva forma de organización
social. Fritz Morstein ilustra esta idea con claridad cuando afirma
que "enfrentados, a los enormes requerimientos de administración
pública, típicos de una sociedad industrial, un número
considerable de países ha sufrido una comezón nerviosa
para hacer algo, acerca del aparente desequilibrio entre las dificultades
administrativas y los derechos individuales. A medida que estos
países -continúa Morstein-, buscan a su alrededor,
para ver lo que pueden aprender de la experiencia de otras naciones,
debemos tratar de elaborar un patrón de adaptación
a una estrategia, para una importación adecuada de las instituciones
extranjeras". De allí, que la figura extranjera más
célebre, pueda, quizá, ser el Ombudsman.
Países,
cuyo afán es brindar una mayor protección a los ciudadanos
empiezan a adoptar la figura del Ombudsman. Así, la Constitución
de Finlandia de 1919 incorpora en su texto esta Institución
para oponerse a las autoridades que afectaban con actos ilegales
la vida de los ciudadanos.
Lo
mismo sucede con Noruega en donde el Ombudsman data de 1952 y Dinamarca
que lo institucionaliza en 1955, debido al aumento considerable
de las potestades de las autoridades administrativas, lo cual ocasionaba
frecuentes abusos de poder, errores y arbitrariedades que propiciaron
una deficiente administración pública.
También
Alemania en 1957, Nueva Zelanda en 1962 prosiguen por esta línea,
y en la década de los 60 Inglaterra, Irlanda del Norte, Guyana,
Tanzania, algunas provincias del Canadá y varios Estados
de la Unión Americana, se cuentan ya entre los que incorporan
en su seno la notable figura.
En
1975 se creó en Portugal con el nombre de Proveedor Justicia,
y en 1978 en España como la Institución del Defensor
del Pueblo, desempeñando un papel importante por la defensa
de los derechos humanos, principalmente en el campo de las deficiencias
en la administración pública de la prestación
de servicios públicos.
Esta
trayectoria que presenta la evolución del Ombudsman no es
un movimiento de imitación extralógica, por el contrario,
responde a la preocupación que cada país en lo individual,
se plantea para buscar una solución a la constante exigencia
de los ciudadanos por salvaguardar sus derechos fundamentales .
III.-
Impacto del Ombudsman en Latinoamérica
En
esencia, es la figura del Ombudsman español la que influye
de manera importante en el ánimo de las naciones de Latinoamérica.
En efecto, la impronta cultural que ha tenido España en las
naciones latinoamericanas propició que éstas en su
mayoría, hayan adoptado a esta Institución, si bien
con los principios tradicionales de la figura original, pero con
características propias y matices diferentes, derivados de
la realidad latinoamericana, que han llevado a los especialistas
a denominarlo como el Ombudsman criollo, el cual se ocupa fundamentalmente
de la promoción, protección y defensa de los derechos
humanos en general, a más de ocuparse de la atención
de las reclamaciones provenientes de los ciudadanos que arguyen
una deficiente gestión pública por parte de las autoridades.
En
el ámbito latinoamericano, la Institución del Ombudsman
fue el resultado de nuestra herencia jurídica, de una tradición
constitucional, influida básicamente por el modelo español.
Con esta filosofía, en 1985 se implantó por primera
vez en Guatemala con la denominación de "Procuraduría
de los Derechos Humanos"; y en la presente década se
expandió y se constitucionalizó en México,
El Salvador, Honduras, Costa Rica, Colombia, Argentina y Perú,
entre otros. En la actualidad solo carecen de esta Institución
Brasil, Chile, Ecuador y Venezuela.
Como puede advertirse, existe una clara tendencia de esta Institución
por penetrar en todos los países del orbe. Conforme al Instituto
Internacional del Ombudsman, en 1996 eran 75 países los que
poseían semejantes organismos: 27 en Europa, 16 en África,
14 en América Latina, 8 en Asia y en la zona asiática
austral y del pacífico; 8 en las Provincias del Canadá,
5 en los Estados de la Unión Americana, así como en
Puerto Rico y Guatemala. Además, la Unión Europea
cuenta con un Ombudsman Europeo desde el 1° de septiembre de
1995, ya que el Parlamento Europeo cuenta con su propio Ombudsman,
siendo por lo tanto, primer Ombudsman del mundo con carácter
supranacional.
Es
claro que la Institución del Ombudsman se desarrolla a pasos
agigantados tanto en el ambiente internacional como en el nacional.
En todos los casos se trata de un cargo público, ya que se
caracteriza por su independencia y amplias atribuciones de investigación,
así como por su labor pública. El Ombudsman es, por
lo general, directamente asequible al ciudadano; la Institución
ha sido creada para beneficio del gobernado, como una previsión
de protección contra las deficiencias en la administración
pública.
Empero,
y merced a los vertiginosos cambios que han sufrido las sociedades
latinoamericanas, el Ombudsman adoptó características
propias, adaptadas a las nuevas exigencias de la sociedad latinoamericana.
En
este contexto, la actuación de los Ombudsman latinoamericanos,
es en el presente y será determinante en el futuro, para
contribuir en la lucha contra la pobreza y marginación que
afecta a la población. El propósito central de esta
lucha tiene por objeto ofrecer las alternativas que nos permiten
hacer de nuestra gran patria, un espacio en el que el ser humano
se desarrolla con libertad, paz y tranquilidad en una sociedad políticamente
organizada en la que cada uno y todos, al mismo tiempo, puedan alcanzar
sus fines. Los Ombudsman latinoamericanos deben actuar unidos para
enfrentar las dificultades y barreras que entorpecen el desarrollo
de los pueblos; ésta debe ser una de las formas fundamentales
de las instituciones y los organismos nacionales e internacionales
protectores de los derechos humanos, que tenga como propósito
el logro de aquellos rubros que atañen al desarrollo del
ser humano.
IV.-
El Ombudsman y la transformación del Estado
Hoy
día la participación del Ombudsman en los procesos
de transformación social de los Estados latinoamericanos,
es de vital trascendencia. Su función ya no se circunscribe
exclusivamente al conocimiento de quejas derivadas de una deficiente
administración pública, como lo hacía la figura
del Ombudsman tradicional, que actuaba en defensa de los derechos
civiles básicos. Sino que, en su actuación por la
defensa de los derechos fundamentales que le asiste a la persona
humana, la institución interviene en otras esferas de la
vida pública de cada país, como es el caso de impulsar
la transformación del Estado para una mejor prestación
de los servicios públicos, y contribuir a la consolidación
de una democracia en la que se garanticen a plenitud los derechos
fundamentales, tanto civiles y políticos como los sociales,
económicos y culturales.
En
este entorno, el Ombudsman de nuestros días guarda una estrecha
vinculación con la cultura de los derechos humanos y los
cambios políticos, sociales y económicos de los distintos
Estados contemporáneos, los cuales, durante los últimos
años han constituido o fortalecido sus sistemas democráticos,
ya sea en América Latina, Europa Oriental, África
y, de manera paulatina, en Asia.
Es
por ello, que una de las funciones primordiales que caracterizan
al Ombudsman contemporáneo que resulta particularmente necesario,
es su aptitud para promover y proteger, frente a la administración
no sólo los derechos civiles y políticos, sino también
los derechos económicos, sociales y culturales. Esta categoría
de derechos, si se quiere pasar de una democracia formal a una democracia
integral cierta y estable, deben constituirse en derechos efectivos,
porque nacen de la misma raíz que los otros derechos, ya
que derivan de la esencial dignidad del ser humano.
Sin
embargo los derechos socio-económicos requieren para realizarse
de un hacer positivo del Estado, una aptitud del poder, que brinde
los medios materiales para que, por ejemplo, el derecho al trabajo,
a la salud, al bienestar social, a la vivienda y a la seguridad,
se realicen efectivamente.
En
su vertiente de vigilante de la justicia administrativa, la nueva
dinámica del Ombudsman en materia de supervisión y
control de la administración pública, tiene por objeto
que ésta se prepare y organice para asumir con responsabilidad
las atribuciones que le corresponden. Atribuciones que debe cumplir
con eficiencia y eficacia comprometida con el desarrollo integral
de la sociedad y del Estado. En esta línea, el Ombudsman,
según confirma Pedersen, se constituye en un gestor ocupado
de un número considerable de cuestiones que normalmente quedan
fuera de la jurisdicción de cualquier tribunal administrativo.
Amen
de lo anterior, la labor del defensor de los derechos humanos también
debe asumir, implica la obligación de realizar acciones preventivas
y precautorias para orientar el rumbo de la administración
pública que el Estado contemporáneo requiere.
Es
por ello, que el Ombudsman criollo latinoamericano debe ampliar
su campo de acción para coadyuvar en la transformación
social de los diversos sistemas de gobierno cuyo objetivo último
sea garantizar el desarrollo de los pueblos, el fortalecimiento
de la democracia, y el resto y vigencia de los derechos humanos.
V.-
Dimensión del Ombudsman como centinela del principio de legalidad.
Sin
justicia social no pueden ejercerse los derechos humanos, toda vez
que el objetivo primordial de las libertades fundamentales y su
efectiva aplicación y respeto es, sin duda, la preservación
del ser humano en condiciones de igualdad y dignidad. La pobreza,
la marginación, y todas las consecuencias que de ellas emanan,
son contrarias a la dignidad del ser humano y atentan contra la
paz y seguridades nacionales, mismas que, a su vez, ponen en peligro
la estabilidad de la región.
El
preámbulo del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, reconoce que con arreglo a la Declaración
Universal de Derechos Humanos, se señala que el ideal del
ser humano liberado del temor y la miseria, no puede realizarse
a menos que se creen las condiciones que permitan a cada persona
gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales,
así como de sus derechos civiles y políticos.
Hace
diez años, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó
la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, cuyo primer
artículo defiende a este derecho como inalienable de todo
ser humano y de todos los pueblos, en virtud del cual cada hombre
está facultado para participar en un desarrollo económico,
social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente
la totalidad de los derechos humanos, así como contribuir
a ese desarrollo y poder disfrutar de el.
Dentro
de este contexto, cabría preguntarse, cuáles pueden
ser las contribuciones del Ombudsman en América Latina tomando
en cuenta los desafíos económicos y políticos
que plantea la pobreza y la desigualdad, la marginación y
el subdesarrollo; sin olvidar el ámbito de su competencia,
manteniéndose en todo momento libre y autónomo, comprometido
con la población que ha depositado su confianza en él;
y teniendo presente que solamente a través de la acción
efectiva y conjunta se puede contribuir al respecto irrestricto
de los derechos humanos.
Los
Ombudsman están ante la oportunidad histórica para
propugnar por el derecho al desarrollo como base para el ejercicio
de los demás derechos fundamentales; en consecuencia, no
deben permanecer pasivos ante el fenómeno de la pobreza y
la indiferencia de los gobiernos de los países desarrollados
y de los organismos financieros internacionales.
La
progresiva transformación de los derechos económicos
y sociales en derechos objetivos concretos, exigirá del Ombudsman
la promoción de valores que incidan en una sociedad más
justa. El Ombudsman debe ser promotor de una conciencia nacional
en favor del trabajo, del salario justo, de la educación,
de la cultura, y de la salud. Su misión deberá ser
en un futuro próximo, la de coadyuvar a concretar esos valores
en los cuales late la necesidad de armonizar el interés individual
y el interés colectivo.
Para
ello es indispensable insistir en la democratización de las
instituciones, especialmente de los organismos de decisión
de las Naciones Unidas. Es necesario, asimismo, promover un sistema
internacional de equidad, y económica y social, que impida
que los efectos de la crisis afecten a los países menos desarrollados
y los beneficios se concentren en las naciones económicamente
más desarrolladas.
El
compromiso de los Ombudsman pretende, no sólo hacer un llamamiento
a la justicia y a la solidaridad; sino lo que es más importante,
apelar a nuestra condición de miembros de la misma especie
humana para afrontar, entre todos, los dos retos más importantes
que tiene hoy América Latina: la lucha contra la miseria
y la desigualdad, y lograr que el ser humano conviviendo en paz,
protagonice su presente y su futuro ejerciendo sus derechos fundamentales
con libertad y justicia. En esta labor, todos nosotros, estamos
empeñados.
Dra.
Miireille Roccatti
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