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Por Eduardo Villanueva
Número 30
Desde sus inicios oscuros
en el mundo académico, hasta hoy en que forma parte de lo
cotidiano para gente de todo nivel social y económico, la
Internet ha marcado una serie de actividades de comunicación
e información hasta convertirse en indispensable para ellos.
La tecnología de esta Red esta cambiando significativamente
nuestras percepciones de lo que se puede alcanzar mediante una computadora,
de lo que los medios son capaces de hacer, y sobre todo de lo que
los individuos, como usuarios o como creadores, pueden desarrollar
sin necesidad de recurrir a grandes inversiones.
En el caso específico del
periodismo, el weblog o blog es un claro ejemplo de la alteración
de las posibilidades personales. Como muchas otras innovaciones
traídas por la Internet, no se trata precisamente de una
idea radicalmente nueva, o de una tecnología que demande
excesivos recursos. Se puede definir a un weblog como una colección
de vínculos comentados, con el añadido que un "verdadero"
weblog se actualiza regularmente, digamos como un periódico
o incluso diario. Si bien existe software para hacer los weblogs,
o incluso servidores especializados que permiten alojar los vínculos
dinámicamente, con un mínimo esfuerzo se puede construir
un weblog a mano, añadiendo mediante el copiar y pegar los
vínculos a código HTML sencillo, sin pretensiones.
Con entrenamiento básico, y sobre todo con empeño
e interés, el weblog esta esencialmente al alcance de cualquiera
que sienta la necesidad de decir algo.
Existen blogs temáticos,
es decir orientados hacia un tema específico por su editor;
también los hay generalistas, diseñados alrededor
de los intereses del editor; algunos blogs son más diarios
personales, como el caso del Homeless Guy Weblog <http://www.thehomelessguy.blogspot.com>,
editado por una persona sin hogar desde bibliotecas públicas
y otros lugares de acceso gratuito a la Web; otros sin llamarse
weblogs se convierten en tales por la manera como siguen y rastrean
un tema, como es el caso del sitio de origen del Warchalking <http://www.warchalking.org>.
Pero no todo es individual: algunos editores publican sus weblogs
como parte de sitios web periodísticos completos, como Scott
Rosenberg, el editor de Salom.com <http://rosenberg.salom.com>,
o el muy amplio weblog especializado en prensa escrita que acompaña
la edición web del Guardian de Manchester <http://www.guardian.co.uk/weblog>1.
En suma, se trata de un concepto
flexible pero fácil de generalizar: visto como un medio personal,
para decir lo que se desee, el weblog es el heredero de la prensa
de la ilustración, donde el debate público se alentaba
mediante los one-man newspapers (Balle 1991, p. 81), tan
importantes para en la independencia de los Estados Unidos o para
la definición de la "libertad de prensa" como fundamental
para cualquier sociedad que se llame moderna.
Pero el weblog no se agota en la
recuperación de la tradición individualista de la
prensa, sino que aprovecha el potencial hipertextual de la Red para
ser además de expresión individual, medio de comunicación
orientado a los intereses de cada autor. A través del uso
de los vínculos a otras páginas o artículos,
el autor refuerza sus opiniones, debate o simplemente destaca, para
bien o para mal, lo que cree más pertinente de la vasta disponibilidad
de ideas y pensamientos que ofrece la Web.
El weblog muestra el potencial
de la tecnología para permitir una mejor comunicación
a los interesados, y también el poder que esta tecnología
específica tiene para aumentar las posibilidades de debate
y confrontación de ideas. Esto no quiere decir, automáticamente,
que las ideas se debatirán, o que los que participen de este
debate vivirán mejor o fomentarán el espiritú
democrático de la discusión. Pero es un comienzo.
Este comienzo, hay que decirlo,
se encuentra amenazado. Las ideas mismas que sustentan la existencia
de weblogs se hallan bajo el ataque sostenido de los interesados
en defender sus intereses. No es un ataque tecnológico, sino
legal y político, y busca no cambiar el potencial de la Web
como espacio de innovación, sino constreñir la innovación
a las necesidades del capital. Para entender esta amenaza, primero
hay que entender mejor la naturaleza técnica de la Internet,
y con ella, la naturaleza misma del sustento conceptual tras el
intercambio libre de ideas que todavía prevalece en la Red.
La tecnología y sus posibilidades
inherentes
Si bien la Internet es
un tecnología difundida, no es necesariamente una tecnología
conocida, en el sentido de entenderse cómo hace lo que hace.
Aunque no ha llegado aún a niveles comparables a la televisión,
en donde realmente el saber cómo funciona es irrelevante
al uso que se le da, algunos aspectos de la tecnología de
la Internet siguen relativamente fuera del dominio de los usuarios
avanzados. Uno de ellos tiene que ver con los principios de "inteligencia
de red".
Calificar como "inteligente"
a una red puede parecer absurdo; pero lo cierto es que la inteligencia
remite a la capacidad de lidiar con el tráfico de mensajes
de manera tal que no se pierda información. La red telefónica,
por ejemplo, establece un canal cerrado y único durante cada
llamada, y deja en manos de las centrales el proceso de conectar
a las partes, de manera que los aparatos telefónicos son
esencialmente "tontos" y baratos, mientras que las centrales
son "inteligentes" y muy caras.
La Internet en cambio, parte del
principio opuesto. Si bien existen servidores centrales de nombres
de dominio, no hay nada que exija a una computadora o a un ruteador
el contar con nombres, bastando en principio saber los números
IP de la computadora a la que se quiere llegar para establecer la
comunicación. No hay realmente mucha inteligencia, sino un
servicio para la comodidad de los usuarios, en el centro de la red,
mientras que los dispositivos terminales requieren de un grado elevado
de recursos para la negociación de los servicios y las conexiones.
En otras palabras, la Internet tiene la inteligencia en los extremos.
De ahí la calificación de la Internet como una red
"end-to-end"2.
Este principio de arquitectura no
es para nada trivial, como lo destaca Lessig (2001, pp.36-41), puesto
que lo que se pone en juego es la posibilidad de innovar. Al definir
a la Internet como una red carente de control en el centro, la innovación,
en la forma de nuevos servicios o de nuevos contenidos, puede provenir
de cualquiera de los extremos; en una red como la telefónica,
la innovación sólo puede darse en las grandes centrales.
Si hay algo que podamos llamar "espíritu
de la Internet", es precisamente esta característica
técnica de libre acceso a la innovación, que va más
allá del acceso por el mismo a la Red. Lo que además
hace fascinante a este carácter de espacio común de
la Internet es que no pasa por contar con medios físicos
comunes, sino por una capa que esta por encima de lo físico.
La red física que permite el funcionamiento de la Internet
no es parte de la Internet ni tiene características especiales;
precisamente lo que hace tan útil a la Red es el poder usar
cualquier tipo de red física que soporte señales digitales
paquetizadas mediante el protocolo IP. Por encima de estas redes,
las características de la arquitectura de la Internet hacen
posible crear este ámbito de innovación en el que
nadie es propietario de la Red, aunque las redes subyacentes sí
tengan dueños, y los aparatos que se conectan a la Red también
los tengan. Desarrollos como los blogs son finalmente expresión
del espiritu innovador, aunque no estamos hablando en su caso de
una innovación tecnológica significativa, sino más
bien de uso de la Red.
La consecuencia de esta falta de
centro de control, es que en la Internet no existen maneras claras
para limitar el acceso a contenidos o servicios que no sean del
agrado de un actor institucional o nacional, sin negar acceso a
servicios completos o incluso a la Red misma. Aún en los
casos que la Red tiene de centralización, como la gestión
de servidores de nombres principales, estos servicios pueden fácilmente
ser replicados o reencaminados a nuevos servidores, manteniendo
el estilo descentralizado. Esto, unido a la característica
de red extremo-a-extremo, significa que la Internet no puede ser
controlada técnicamente por un proveedor de software o un
proveedor de acceso o por un proveedor de contenidos, y que en principio
las innovaciones deben ser recogidas consensuadamente para que sean
representativas de la intención de todas las empresas involucradas
de implementarlas. La censura tiene que ejercer con niveles enormes
de centralización, como los que practican países como
China o Arabia Saudita en donde el acceso a la Internet debe pasar
por computadoras manejadas por organismos de censura.
Esta estructura técnica crea
un espacio de comunicación que se puede calificar como un
commons, o espacio comunitario, el cual esta libre para que
cualquiera que lo use haga con él según su criterio
y sus conocimientos; no sólo no hay dueño de la Internet,
se la ha diseñado para que no pueda tenerlo. Las características
técnicas de esta Red extremo-a-extremo son parte de sus características
como polity, o lugar donde se hace política. Hay sin
duda alguna una política de la Red que sale de esta arquitectura
libertaria, y que definida en el código informático
mismo, se convierte en su gran motor de desarrollo.
Es Lawrence Lessig el principal
teórico de la Internet como espacio comunitario: propone
con claridad que la Internet es una nueva manera de expresión
para la creatividad humana, la que encuentra en los commons una
forma de trabajar que es definitiva y cualitativamente superior,
porque añade al espiritu libertario las posibilidades de
la tecnología. Para entender claramente el papel que juega,
es necesario reproducir el modelo de Benkler que Lessig usa como
base de su análisis (Lessig 2001, p.25); en este modelo,
las capas corresponden al contenido como expresión de ideas,
al código como mecanismo de transmisión en el sentido
amplio, incluyendo al idioma pero también al mecanismo técnico,
y a la capa física como el medio de transmisión: un
espacio abierto, una red específica, un edificio. Controlado
quiere decir que alguien puede tomar decisiones sobre lo que se
puede o no hacer con una de las capas, mientras que libre implica
que no existe forma de limitar el uso de estas capas, aun cuando
se deba pagar por usarlas.
Capas
|
Agora
pública
|
Auditorio
|
Sistema
telefónico
|
TV cable
|
Internet
|
Contenido |
Libre |
Libre |
Libre |
Controlado |
Libre y controlado |
Código |
Libre |
Libre |
Controlado |
Controlado |
Libre |
Física |
Libre |
Controlado |
Controlado |
Controlado |
Controlado |
Mientras que en sus formas puras,
el espacio público es público porque el libre acceso
no se agota en la entrada al sitio, sino porque podemos expresarnos
libremente mediante un sistema de comunicación de libre disposición,
es decir nuestro idioma, un auditorio, que por definición
es un lugar cerrado y por lo tanto, bajo control de alguien, ya
requiere una negociación para lograr el acceso. El sistema
telefónico es un medio técnico para la comunicación
con el que podemos decir lo que queramos, pero ni la red telefónica,
propiedad de un operador, ni el sistema de comunicación,
propiedad por lo general del mismo operador aunque interoperativo
con otras redes telefónicas, están a nuestra disposición
sin tener que acatar algún sistema de reglas.
La televisión por cable,
como medio masivo que es, implica control a todo nivel: los medios
físicos de transmisión son propiedad de un operador
que nos obliga a pagar por el acceso, los mecanismos de codificación
también son privados y de pago, y finalmente no tenemos más
control sobre el contenido que el cambiar de canal, o cuando y donde
es posible, cambiar de operador.
En la Internet, la situación
es distinta: mientras que la red física de la que dependemos
para conectarnos es totalmente privada, y el acceso a la misma pasa
por aceptar las condiciones que ponga un operador dado, el contenido
puede ser libre o propiedad de alguien; pero el código, es
decir el mecanismo por el cual se lleva a cabo la comunicación,
es libre. La base de la Internet reside precisamente en la libre
disponibilidad de este código. La razón de la existencia
y la viabilidad futura del commons que es la Internet dependen de
la libertad de acceso al código. Es el código de la
Internet lo que permite esta combinación inusual de contenido
controlado y libre al mismo tiempo, y lo que hace tan atractiva
a la Red.
Pero el código no se limita
a cuestiones informáticas, sino a las reglas de juego sobre
las cuales se desarrollan las herramientas informáticas.
Considérese a los weblogs como idea, y aparece rápidamente
el código como fuerza tras su desarrollo: la libertad de
reproducir el concepto de weblog permite su desarrollo sobre bases
de común inteligibilidad y usos similares.
Véase también el caso
de Napster o cualquier otro servicio de intercambio de archivos:
la tecnología permite un sistema de libre acceso a contenidos
digitalizados, a través del cual se obtiene acceso sin previo
pago y sin control a archivos que antes estaban no sólo sujetos
a pago, sino sobre todo a control de los derechohabientes; así
pues, si alguien deseaba una canción de los años cuarenta,
o esperaba a que la disquera la publicara o simplemente no tenía
acceso a ella. Gracias a Napster, de pronto no sólo el pago
sino el control sobre la edición o no de semejante canción
desaparecen del escenario, de forma que las empresas de contenidos
no pierden meramente el pago por un disco, sino el manejo completo
de todo el armazón comercial sobre el que se basa la industria.
Si no fuera por la cuestión
de control, ¿por qué habría de molestar a un
estudio de televisión que episodios de una serie que normalmente
se emite por televisión abierta estén disponibles
en la Internet? A fin de cuentas, no reciben pago directamente por
ellos, y en muchos casos los que bajan un episodio lo hacen sin
óbice para la experiencia televisiva misma, o porque carecen
de acceso a esa experiencia. El problema para el estudio es que
al perder el control sobre el contenido, pierden control sobre el
uso del mismo por los usuarios, y con ello la posibilidad de administrarlo
a su mejor interés comercial.
En un enfrentamiento así,
lo que sufre no es el beneficio que los individuos puedan recibir
al carecer de obligaciones de pago por los contenidos que consumen;
lo que sufre es la búsqueda de nuevos modelos para acceder
a esos contenidos, de nuevas alternativas relevantes para la libre
circulación de ideas. La respuesta ante la amenaza a los
derechos de las empresas de contenidos no es buscar una salida que
respete sus derechos pero que aproveche la tecnología para
favorecer a todas las partes; todo lo contrario: se busca cerrar
aún más el panorama, impidiendo que las opciones provenientes
de los otros puedan ser consideradas. El derecho del lucro individual
termina constriñendo la posibilidad de la innovación
para el beneficio colectivo.
El resultado es una situación
en donde las alternativas que buscan reforzar y explotar el espacio
común que es la Internet se ven amenazadas por la intención
de los derechohabientes para detener el avance en función
de sus intereses específicos. No hay relación directa
entre un supuesto "espíritu libertario" y el bando
pro-código libre; varios intentos comerciales basados en
código de libre acceso y liberador de contenidos han fracasado
precisamente porque los derechohabientes han preferido el modelo
comercial a cualquier innovación que ponga en el más
mínimo peligro sus intereses; lo que se tiene que considerar
es el prejuicio a la sociedad que produce esta actitud. Citando
a Lessig:
... each of these examples is
motivated by a common idea or common attitude. In each, an attitude
of control, perfected by an idea about property, is in tension
with a system that protects a commons [...] Our single, overriding
view of the world that only property matters; our systematic blindness
is to the lesson of our tradition --that property flourishes best
in an environment of freedom, both freedom from state control
and freedom from private control. That a commons can have value
greater than the same assets would if enclosed (Lessig 2000, p.
236).
Siguiendo a Lessig, esta tensión
puede leerse de dos formas, complementarias entre sí: se
trata tanto de la tensión entre la tecnología pro-commons
y el modelo de propiedad pro-control, en donde una va en direcciones
mucho más audaces que la otra; y es la tensión entre
formas nuevas de hacer negocios y de garantizar la libre expresión,
y las formas antiguas, lo que en realidad refleja la tensión
entre los que obtienen beneficios del status quo actual y
los que buscarían romperlo o alterarlo, y donde el control
es un instrumento de poder. Por el momento, se optará por
la primera, puesto que la segunda toma otras formas que vale la
pena estudiar más allá del modelo de Lessig.
Esta tensión, además,
expresa un conflicto entre dos vectores que se oponen entre sí.
Un gráfico muestra claramente que el triunfo de la visión
del commons implica la derrota del modelo de propiedad, y viceversa.
¿Y los blogs?
Hay que recordar que los weblogs son libre expresión no sólo
por las ideas sino por los links. Un blog puede ser individual,
pero también puede ser de un diario; podría decirse
que buena parte del trabajo que hace la BBC en su página
web de ofrecer vínculos a otras páginas sobre temas
relacionados a los artículos que presentan sirve como base
para un blog.
En otras palabras, el blog es esencialmente
una forma de expresión, cercana al periódico personal,
propia de la Internet, y más aún de la World Wide
Web. Su naturaleza depende de la libertad de acceso, del commons
del código, en el modelo de Lessig. Pero también es
indispensable que el acceso libre, sin fines comerciales, incluya
al material a ser vinculado. La riqueza de un weblog pasa por contar
con esos vínculos, que estructuran por afirmación
u oposición la visión del editor del weblog.
Lo que James Slevin (2000, cap.
7) califica como la "lo publico mediada" (mediated publicness)
es el resultado del desarrollo de una esfera pública de discusión
a través de la prensa, y precisamente es la Internet la que
ofrece re-crearla a través de opciones tecnológicas
que, como los weblogs, remiten a la personalización de la
expresión pública, mediada sin duda por las computadoras
pero no por ello menos pública. Los blogs son una alternativa
frente a la concentración mediática, por un lado,
y a la creciente diversificación orientada por el mercadeo,
que como dice Dominique Wolton (1999, cap. 1), quiebra las bases
mismas del público creado por los medios para reemplazarlos
por pequeños públicos sin prentensión o vocación
de acercamiento entre sí.
El problema de esta visión
es que requiere, para subsistir, del concepto de uso justo. Bajo
esta idea, cualquier contenido protegido por derechos de autor puede
ser usado sin permiso del poseedor de los derechos siempre y cuando
sea para uso personal, y sin posible explotación comercial.
El uso justo permite que una persona fotocopie partes de un libro,
lo cite y eventualmente lo use como base para desarrollar argumentaciones
académicas; también permite copias a cassette de un
disco. La clave reside en el uso personal.
Como uso personal también
se entendía, en los años iniciales de la expansión
de la Red, el poner en un servidor de FTP una lista de éxitos
compilada por una revista de los EEUUAA, o los sonidos de un episodio
de Star Trek; a fin de cuentas, no había intención
comercial, ni tampoco se entendía que con esto el dueño
del producto original pudiese ser perjudicado. Los dos ejemplos
mencionados son reales, experimentados por el autor de este trabajo
hacia mediados de 1994, y rápidamente puestos fuera de la
ley a través de acciones legales y retirados de la red por
los propietarios de los derechos. Esto no quiere decir que no se
pudiesen conseguir, así como otros contenidos; lo que quedaba
claro es que la intención de los usuarios, que no intentaba
para nada transgredir derechos sino más bien facilitar el
acceso a información que en principio no era de consulta
fácil por todos los conectados a la Red, era interpretada
de manera muy distinta por los propietarios de la información3.
La cuestión se mantuvo en
una tregua similar a la que gobierna el software ilegal en manos
de personas naturales, situación que por lo general no preocupa
significativamente a los productores, los que gastan energías
y recursos en detener el uso de software sin licencia por parte
de personas jurídicas. Sin embargo, la popularización
de la Red se unió a Napster para cambiar la situación.
Conforme el aumento de usuarios provocó que las trasgresiones
a los derechoshabientes aumentaran, la aparición de Napster
convirtió el panorama de una situación incómoda
pero manejable a una amenaza completa e integral a la estabilidad
y futuro del negocio de la música.
Esto se explica porque Napster,
al poner en manos de cualquier persona, sin costo significativo
y sin control alguno por parte de los derechohabientes, cantidades
ingentes de contenido musical, cuestionaba la viabilidad de la estructura
misma del negocio, puesto que lo que sustenta al oligopolio mundial
de la música, basado en cadenas de promoción y distribución
muy ensambladas, amarradas además con los propietarios de
radios privadas y promotores de conciertos en el mundo desarrollado,
y manejado por apenas cinco empresas que controlan el 80% de las
ventas a nivel mundial4, es precisamente
la capacidad de decidir qué, cuando y cómo se vende
música en el mundo. Napster significaba algo más grave
que la pérdida de ingresos por no pago de derechos de autor:
significaba el fin del control sobre la música comercial
ejercido por estas empresas. Por extensión, y tomando en
cuenta que los conglomerados del entretenimiento no se limitan a
la música, el debate se orienta hacia la protección
de esos negocios in toto, obliviando sutilezas que podrían
servir para permitir a algunos hacer las cosas con más libertad.
Se puede criticar la proporción
de la respuesta, así como la falta de coherencia entre las
supuestas causas de estos reclamos (los derechos de los músicos)
y la realidad de la estructura de ganancias y su repartición
a los músicos; también se puede cuestionar la supuesta
relación causa-efecto entre la existencia de Napster y sus
sucesores y la caída de ventas que experimenta la industria
musical. Pero lo que no se puede cuestionar es que, si por un lado
Napster ofreció una nueva visión de cómo trasladar
contenidos prescindiendo de las cadenas tradicionales de distribución,
por otro la industria demostró su increíble capacidad
de respuesta legal, mas no tecnológica o comercial.
Tecnológicamente, la industria
musical no logró crear alternativa alguna que no haya sido
rápidamente superada por los especialistas o los hackers,
para bloquear o proteger sus contenidos. Pero legalmente y en el
territorio de los EEUUAA, y arrastrando a través de convenios
internacionales y acuerdos comerciales a Europa y el resto del mundo
desarrollado, la industria ha logrado que se impida el funcionamiento
a Napster, ha conseguido, al menos a nivel de proyecto de ley, un
permiso para "hackear" las computadoras de los usuarios
de servicios sucesores de Napster e impedirles continuar bajando
archivos5, y esta trabajando para
lograr nuevas leyes, que impidan incluso el establecimiento de relaciones
comerciales con países en donde no se considere una ofensa
penal el uso de software para accesar a contenidos protegidos por
derechos de autor; previamente, y en trabajo conjunto con toda la
industria de los contenidos, se ha logrado extensiones continuas
de los plazos de duración de los derechos de autor, extendiendolos
setenta años después de la muerte del autor o a noventa
y cinco años después de su creación si se trata
de propiedad de personas jurídicas. Todas estas acciones
encuentran eco rápido en la Organización Mundial de
la Propiedad Intelectual, y son integradas a los acuerdos internacionales.
El problema principal de esta andanada
legal en los EEUUAA, que no se limita a la música sino que
incluye a todos los ramos de la industria del entretenimiento (Grimmelmann
2001) es que amenaza con consagrar a nivel mundial la prioridad
que tienen los propietarios corporativos de derechos frente a los
usuarios que solían estar amparados por doctrinas de uso
justo que ya no se aceptan en los mismos términos. El resultado
parece inclinarse claramente hacia establecer prioritariamente el
dominio corporativo sobre la información en el mundo, amenazando
precisamente una de las virtudes que la Internet parecía
ofrecer a sus usuarios, la que era la flexibilidad y facilidad para
intercambiar información sin las limitaciones propias de
la materialidad de los formatos previamente existentes. Incluso
en el caso relativamente trivial de información supuestamente
de libre acceso, puede producirse intentos de bloquear la reproducción
o difusión sin permiso previo y explícito del derechohabiente:
en Inglaterra, la publicación de estadísticas de los
partidos de la Liga Premier de fútbol exige permiso previo,
lo que incluso llevo a la amenaza de un boicot por parte de los
periodistas deportivos.
Las consecuencias de semejante razonamiento
para la expresión individual no se limitarán a impedir
bajar una película entera por la Internet: también
implican que la propiedad intelectual, entendida en su sentido más
conveniente para los derecho habientes, será la que mande
sobre las intenciones personales. Un blog podrá ser visto
así no sólo como ahora, como visión personalísima
de lo que pasa en el mundo, sino también como trasgresión
de los derechos de los propietarios de una noticia, es decir de
los medios consolidados.
Estos medios consolidados funcionan
en el mercado, y como tales sus servicios son comerciales y requieren
pagos. Si una noticia publicada en un periódico esta pensada
para atraer tráfico a ese medio, puede entenderse al blog
como propaganda del medio o como trasgresión de los derechos.
El problema no es cómo se lo interpreta: la cuestión
reside en que el derecho habiente tiene discrecionalidad total sobre
quién, cómo y cuando se puede vincular desde un blog
a sus noticias.
Este razonamiento puede parecer
excesivo y ciertamente alejado de la experiencia cotidiana de nuestras
realidades latinoamericanas; pero al mismo tiempo, la interconexión
permanente que ofrece la tecnología encarnada en la Internet
viene acompañada por una creciente interconexión institucional
(cf. Mattelart 1998, pp.94-96). Los acuerdos y compromisos que los
estados se ven obligados a firmar para participar en acuerdos internacionales
de comercio y finanzas demandan a su vez el aceptar las reglas de
juego: estas son cada vez más directas, y pasan por el control
que los grandes conglomerados del entretenimiento y la información
ofrecen a nivel global. Nuestras instituciones se adecuan al nuevo
marco tan rápido como nuestras prácticas lo hacen
con la tecnología. Quizá la diferencia radique en
que nuestras prácticas gocen de más autonomía
que nuestras instituciones.
La defensa de los commons y el
uso social de la tecnología
Daniel Bell planteó hace casi tres décadas un futuro
basado en el avance institucional y social que ofrecería
la transformación económica y tecnológica que
ya era previsible en 1973. Según su modelo de sociedad post-industrial,
ahora normalmente conocida como sociedad de la información,
habrían cinco dimensiones sobre las que se basaría
esta transformación:
- Sector económico: el
cambio de una economía productora de mercancías
a otra productora de servicios.
- Distribución ocupacional:
la preeminencia de las clases profesionales y técnicas.
- Principio axial: la centralidad
del crecimiento teórico como fuente de innovación
y formulación política de la sociedad.
- Orientación futura: el
control de la tecnología de las contribuciones tecnológicas.
- Tomas de decisión: la
creación de una nueva "tecnología intelectual"
(Bell 1973, p. 30).
Como contraste, el concepto de sociedad
de la información se ha reactualizado pero a la vez resemantizado.
Si revisamos las características de este nuevo proyecto de
sociedad de la información (cf. Mattelart 2001), queda claro
que las dimensiones del sector económico, de distribución
ocupacional y de orientación futura parecen estar esencialmente
incorporadas. Pero existe una clara divergencia es en las dimensiones
3 y 5, principio axial y tomas de decisión.
En el primer caso, si bien no se
discute la centralidad del conocimiento teórico como fuente
de innovación de la sociedad, sí es posible afirmar
que no es este tipo de conocimiento el que realiza la formulación
política; el crítico imperante y decisivo sigue siendo
el beneficio económico, centrado en minorías ya poderosas.
Respecto a la tecnología
intelectual, nuevamente el sueño formalista propio de la
tradición sociológica funcionalista ha sido dejado
de lado. Para Bell, esta tecnología intelectual estaría
en directa relación con la importancia social que la preeminencia
de las clases profesionales adquirirían, lo que permitiría
trasladar los criterios meritocráticos propios de estas actividades
a la sociedad en su conjunto. Aún en las sociedades más
avanzadas, el puesto preeminente que Bell preveía para los
tecnócratas e intelectuales no se ha realizado, y seguimos
dependiendo de criterios de ganancia de corto plazo incluso para
la introducción de tecnologías propias de un modelo
post-industrial de desarrollo.
Lo interesante es que mientras es
posible formular políticas desde una perspectiva de respeto
y reconocimiento de la innovación, actividad principal de
las clases profesionales que destaca Bell, las capas dirigentes
de la sociedad, interesadas en el beneficio privado como lo están,
optan por dejar de lado estas propuestas de políticas privilegiando
los intereses de las clases económicamente dominantes. En
otras palabras, mientras los que proponen la continuación
de la promoción de los commons como base de la innovación
son dejados de lado a pesar de contar con el peso de ser precisamente
innovadores profesionales, los que postulan el cierre del commons
para proteger sus intereses a pesar de carecer de las credenciales
propias de la clase que debería predominar en la sociedad
de la información, que esta siendo construida, supuestamente,
en base a este beneficio privado.
Rescatando el sentido original de
la sociedad de la información, tal como la propuso Bell,
nos llevaría a plantear un diseño que privilegie a
los actores profesionales y sobre todo al fomento de la creación
e innovación. Una ruta de resolución de las tensiones
de estas características tendría que optar por el
bienestar público, sobrepasando un gran obstáculo:
su inexistencia en el discurso oficial. Como insiste Lessig, el
bienestar público no significa destrucción del capitalismo,
sino el tomar en cuenta primero a la colectividad y luego a los
propietarios de la riqueza. Y la forma más práctica
sería defender los commons.
A nivel del trabajo periodístico,
no hay expresión más poderosa de los commons que el
weblog. Si bien sería audaz afirmar que hay una clara amenaza
sobre ellos producto de las tendencias en la administración
de derechos digitales delineadas en este trabajo, lo cierto es que
si el proceso de constreñimiento de la iniciativa encarnada
en la cancelación del concepto de uso justo afectaría
a todas las formas de expresión, a todas las innovaciones
a nivel del código, las que incluyen al weblog. Finalmente,
la libertad de expresión como principio requiere una afirmación
del derecho de usar y debatir ideas, lo que a su demanda que aquellos
que ejercen este derecho no se vean apabullados por el poder de
los derechohabientes, sea como parte de las empresas periodísticas,
sea como individuos expresandose por su cuenta.
No hay una receta precisa para lograr
este objetivo. Pero el movimiento que propone la defensa de los
commons no es, por diverso, menos pertinente. En su interior se
pueden identificar al menos tres grandes grupos, a saber:
a. los que propiamente tienen
la defensa de los commons de la información y la comunicación
como primera prioridad
b. los que actúan bajo la premisa del ataque a la globalización,
conjunto disímil como pocos pero unificados bajo la sombrilla
de las Cumbres Sociales, como la realizada en Belo Horizonte el
2001.
c. los promotores del software de libre disponibilidad, que sin
compartir ni el discurso ni los objetivos principales de los dos
grupos anteriores, son los promotores de un medio técnico
que permitiría no sólo rescatar y mantener en funcionamiento
el espíritu original de la Internet, sino también
ampliar la disponibilidad de medios informáticos y de telecomunicaciones
a otros ámbitos, aún bajo el control de recursos
controlados por derechohabientes.
Estos grupos, al carecer de una
agenda común, complican la situación que de por sí
es difícil cuando buena parte del activismo para la resolución
de las tensiones gira sobre las propuestas de la sociedad de la
información privada, por darle un nombre. Sin embargo, como
grupo pueden proponer alternativas bajo el principio del bienestar
público, las que pueden a su vez articularse en una suerte
de lineamientos de política para una convergencia multimedia
en beneficio de las mayorías.
Si algo tienen estos grupos en común
es el rescate de los valores liberales de iniciativa individual
y respeto a las diferencias, más allá de las tonalidades
que cada cual exhibe. Tanto los que demandan la libertad de creación
informática en el espacio común, como los que exigen
espacios para el desarrollo alternativo en todas sus formas, establecen
como prioridad el rescate de lo comunitario. La expresión
de las ideas requiere, para florecer, de este espacio comunitario;
la ausencia del mismo cancela las posibilidades de desarrollar opciones
democráticas.
Garantizar entonces la libre expresión,
la oportunidad para que todos sean más o menos sus propios
voceros, y finalmente para proponer visiones alternativas de la
sociedad a través de debates que no por poco concurridos
deban ser negados, es parte de la agenda hacia una afirmación
del potencial social, además del tecnológico, que
ofrece la Internet. Estimar las consecuencias de la negación
del espacio común encarnados en la Internet nos lleva a cortar
una de las maneras más originales de expresión surgidas
de la tecnología de la información y comunicación.
Notas:
1
Para una perspectiva más general sobre los weblogs, se puede
visitar www.blogger.com.
2 La definición formal
puede ser tomada de uno de los teóricos del concepto extremo-a-extremo,
Jerome Saltzer, citado en el RFC 1958 (2.3): para toda función
propia de la red, en un ambiente extremo-a-extremo, "The function
in question can completely and correctly be implemented only with
the knowledge and help of the application standing at the endpoints
of the communication system. Therefore providing that questioned
function as a feature of the communication sustem itself is not
possible."
3 En realidad, la información
no tiene propietarios en el sentido que una cosa puede tenerlos.
Las ideas son comunes y no se pueden proteger, y su expresión
concreta puede ser protegida por ley para garantizar al creador
un beneficio, con cargo a que, en un futuro mediato por lo general
posterior a la muerte del creador, estas encarnaciones de las ideas
pasen al dominio público, es decir a ser de libre disposición
por cualquier interesado. Cf. Lessig, cap. 4.
4 Sony Columbia, Vivendi Universal,
WEA (parte de AOL Time Warner) EMI y Bertelsmann / BMG. El 15% restante
lo manejan disqueras independientes.
5El
proyecto se llama "Peer-to-Peer piracy prevention act"
y fue presentado por el representante Howard Berman, demócrata
de California. Disponible en <http://www.house.gov/berman/pr072502.htm>.
Notas:
Balle (1991)
Comunicación y sociedad: evolución y análisis
comparativo de los medios / Francis Balle. Bogotá: Tercer
mundo, 1991. 514 p.
Bell (1973)
The coming of post-industrial society: a venture in social forecasting
/ Daniel Bell. Nueva York: Basic, 1973. 507 p.
Grimmelmann (2001)
Peer-to-peer terrorism: bad news for the Napster wars - the harder
you fight against decentralized networks, the more enemies you create
/ James Grimmelmann. En: Salon, <http://dir.salon.com/tech/feature/2001/09/26/osama_bin_napster/index.html>
Lessig (2001)
The future of ideas: the fate of the commons in a connected world
/ Lawrence Lessig. New York: Random, 2001. 353 p.
Mattelart (1998)
La mundialización de la comunicación / Armand Mattelart.
Buenos Aires: Paidos, 1998. 127 p.
Mattelart (2001)
Historia de la sociedad de la información / Armand Mattelart,
edición revisada y ampliada por el autor. Buenos Aires: Paidos,
2001. 193 p.
Slevin (2000)
The Internet and society / James Slevin. Cambridge: Polity, 2000.
266 p.
Wolton (1999)
Internet et après? Une théorie critique des nouveaux
medias / Dominique Wolton. Paris: Flammarion, 1999. 240 p.
Eduardo
Villanueva Mansilla
Departamento de Comunicaciones,
Pontificia Universidad Católica del Perú |