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Posibilidades de Desarrollo de la Expresión y el Periodismo en un Tiempo de Amenaza a la Internet como Espacio Común: Weblogs y Administración de Derechos Digitales
 

Por Eduardo Villanueva
Número 30

Desde sus inicios oscuros en el mundo académico, hasta hoy en que forma parte de lo cotidiano para gente de todo nivel social y económico, la Internet ha marcado una serie de actividades de comunicación e información hasta convertirse en indispensable para ellos. La tecnología de esta Red esta cambiando significativamente nuestras percepciones de lo que se puede alcanzar mediante una computadora, de lo que los medios son capaces de hacer, y sobre todo de lo que los individuos, como usuarios o como creadores, pueden desarrollar sin necesidad de recurrir a grandes inversiones.

En el caso específico del periodismo, el weblog o blog es un claro ejemplo de la alteración de las posibilidades personales. Como muchas otras innovaciones traídas por la Internet, no se trata precisamente de una idea radicalmente nueva, o de una tecnología que demande excesivos recursos. Se puede definir a un weblog como una colección de vínculos comentados, con el añadido que un "verdadero" weblog se actualiza regularmente, digamos como un periódico o incluso diario. Si bien existe software para hacer los weblogs, o incluso servidores especializados que permiten alojar los vínculos dinámicamente, con un mínimo esfuerzo se puede construir un weblog a mano, añadiendo mediante el copiar y pegar los vínculos a código HTML sencillo, sin pretensiones. Con entrenamiento básico, y sobre todo con empeño e interés, el weblog esta esencialmente al alcance de cualquiera que sienta la necesidad de decir algo.

Existen blogs temáticos, es decir orientados hacia un tema específico por su editor; también los hay generalistas, diseñados alrededor de los intereses del editor; algunos blogs son más diarios personales, como el caso del Homeless Guy Weblog <http://www.thehomelessguy.blogspot.com>, editado por una persona sin hogar desde bibliotecas públicas y otros lugares de acceso gratuito a la Web; otros sin llamarse weblogs se convierten en tales por la manera como siguen y rastrean un tema, como es el caso del sitio de origen del Warchalking <http://www.warchalking.org>. Pero no todo es individual: algunos editores publican sus weblogs como parte de sitios web periodísticos completos, como Scott Rosenberg, el editor de Salom.com <http://rosenberg.salom.com>, o el muy amplio weblog especializado en prensa escrita que acompaña la edición web del Guardian de Manchester <http://www.guardian.co.uk/weblog>1.

En suma, se trata de un concepto flexible pero fácil de generalizar: visto como un medio personal, para decir lo que se desee, el weblog es el heredero de la prensa de la ilustración, donde el debate público se alentaba mediante los one-man newspapers (Balle 1991, p. 81), tan importantes para en la independencia de los Estados Unidos o para la definición de la "libertad de prensa" como fundamental para cualquier sociedad que se llame moderna.

Pero el weblog no se agota en la recuperación de la tradición individualista de la prensa, sino que aprovecha el potencial hipertextual de la Red para ser además de expresión individual, medio de comunicación orientado a los intereses de cada autor. A través del uso de los vínculos a otras páginas o artículos, el autor refuerza sus opiniones, debate o simplemente destaca, para bien o para mal, lo que cree más pertinente de la vasta disponibilidad de ideas y pensamientos que ofrece la Web.

El weblog muestra el potencial de la tecnología para permitir una mejor comunicación a los interesados, y también el poder que esta tecnología específica tiene para aumentar las posibilidades de debate y confrontación de ideas. Esto no quiere decir, automáticamente, que las ideas se debatirán, o que los que participen de este debate vivirán mejor o fomentarán el espiritú democrático de la discusión. Pero es un comienzo.

Este comienzo, hay que decirlo, se encuentra amenazado. Las ideas mismas que sustentan la existencia de weblogs se hallan bajo el ataque sostenido de los interesados en defender sus intereses. No es un ataque tecnológico, sino legal y político, y busca no cambiar el potencial de la Web como espacio de innovación, sino constreñir la innovación a las necesidades del capital. Para entender esta amenaza, primero hay que entender mejor la naturaleza técnica de la Internet, y con ella, la naturaleza misma del sustento conceptual tras el intercambio libre de ideas que todavía prevalece en la Red.

La tecnología y sus posibilidades inherentes
Si bien la Internet es un tecnología difundida, no es necesariamente una tecnología conocida, en el sentido de entenderse cómo hace lo que hace. Aunque no ha llegado aún a niveles comparables a la televisión, en donde realmente el saber cómo funciona es irrelevante al uso que se le da, algunos aspectos de la tecnología de la Internet siguen relativamente fuera del dominio de los usuarios avanzados. Uno de ellos tiene que ver con los principios de "inteligencia de red".

Calificar como "inteligente" a una red puede parecer absurdo; pero lo cierto es que la inteligencia remite a la capacidad de lidiar con el tráfico de mensajes de manera tal que no se pierda información. La red telefónica, por ejemplo, establece un canal cerrado y único durante cada llamada, y deja en manos de las centrales el proceso de conectar a las partes, de manera que los aparatos telefónicos son esencialmente "tontos" y baratos, mientras que las centrales son "inteligentes" y muy caras.

La Internet en cambio, parte del principio opuesto. Si bien existen servidores centrales de nombres de dominio, no hay nada que exija a una computadora o a un ruteador el contar con nombres, bastando en principio saber los números IP de la computadora a la que se quiere llegar para establecer la comunicación. No hay realmente mucha inteligencia, sino un servicio para la comodidad de los usuarios, en el centro de la red, mientras que los dispositivos terminales requieren de un grado elevado de recursos para la negociación de los servicios y las conexiones. En otras palabras, la Internet tiene la inteligencia en los extremos. De ahí la calificación de la Internet como una red "end-to-end"2.

Este principio de arquitectura no es para nada trivial, como lo destaca Lessig (2001, pp.36-41), puesto que lo que se pone en juego es la posibilidad de innovar. Al definir a la Internet como una red carente de control en el centro, la innovación, en la forma de nuevos servicios o de nuevos contenidos, puede provenir de cualquiera de los extremos; en una red como la telefónica, la innovación sólo puede darse en las grandes centrales.

Si hay algo que podamos llamar "espíritu de la Internet", es precisamente esta característica técnica de libre acceso a la innovación, que va más allá del acceso por el mismo a la Red. Lo que además hace fascinante a este carácter de espacio común de la Internet es que no pasa por contar con medios físicos comunes, sino por una capa que esta por encima de lo físico. La red física que permite el funcionamiento de la Internet no es parte de la Internet ni tiene características especiales; precisamente lo que hace tan útil a la Red es el poder usar cualquier tipo de red física que soporte señales digitales paquetizadas mediante el protocolo IP. Por encima de estas redes, las características de la arquitectura de la Internet hacen posible crear este ámbito de innovación en el que nadie es propietario de la Red, aunque las redes subyacentes sí tengan dueños, y los aparatos que se conectan a la Red también los tengan. Desarrollos como los blogs son finalmente expresión del espiritu innovador, aunque no estamos hablando en su caso de una innovación tecnológica significativa, sino más bien de uso de la Red.

La consecuencia de esta falta de centro de control, es que en la Internet no existen maneras claras para limitar el acceso a contenidos o servicios que no sean del agrado de un actor institucional o nacional, sin negar acceso a servicios completos o incluso a la Red misma. Aún en los casos que la Red tiene de centralización, como la gestión de servidores de nombres principales, estos servicios pueden fácilmente ser replicados o reencaminados a nuevos servidores, manteniendo el estilo descentralizado. Esto, unido a la característica de red extremo-a-extremo, significa que la Internet no puede ser controlada técnicamente por un proveedor de software o un proveedor de acceso o por un proveedor de contenidos, y que en principio las innovaciones deben ser recogidas consensuadamente para que sean representativas de la intención de todas las empresas involucradas de implementarlas. La censura tiene que ejercer con niveles enormes de centralización, como los que practican países como China o Arabia Saudita en donde el acceso a la Internet debe pasar por computadoras manejadas por organismos de censura.

Esta estructura técnica crea un espacio de comunicación que se puede calificar como un commons, o espacio comunitario, el cual esta libre para que cualquiera que lo use haga con él según su criterio y sus conocimientos; no sólo no hay dueño de la Internet, se la ha diseñado para que no pueda tenerlo. Las características técnicas de esta Red extremo-a-extremo son parte de sus características como polity, o lugar donde se hace política. Hay sin duda alguna una política de la Red que sale de esta arquitectura libertaria, y que definida en el código informático mismo, se convierte en su gran motor de desarrollo.

Es Lawrence Lessig el principal teórico de la Internet como espacio comunitario: propone con claridad que la Internet es una nueva manera de expresión para la creatividad humana, la que encuentra en los commons una forma de trabajar que es definitiva y cualitativamente superior, porque añade al espiritu libertario las posibilidades de la tecnología. Para entender claramente el papel que juega, es necesario reproducir el modelo de Benkler que Lessig usa como base de su análisis (Lessig 2001, p.25); en este modelo, las capas corresponden al contenido como expresión de ideas, al código como mecanismo de transmisión en el sentido amplio, incluyendo al idioma pero también al mecanismo técnico, y a la capa física como el medio de transmisión: un espacio abierto, una red específica, un edificio. Controlado quiere decir que alguien puede tomar decisiones sobre lo que se puede o no hacer con una de las capas, mientras que libre implica que no existe forma de limitar el uso de estas capas, aun cuando se deba pagar por usarlas.

Capas
Agora pública
Auditorio
Sistema telefónico
TV cable
Internet
Contenido Libre Libre Libre Controlado Libre y controlado
Código Libre Libre Controlado Controlado Libre
Física Libre Controlado Controlado Controlado Controlado

Mientras que en sus formas puras, el espacio público es público porque el libre acceso no se agota en la entrada al sitio, sino porque podemos expresarnos libremente mediante un sistema de comunicación de libre disposición, es decir nuestro idioma, un auditorio, que por definición es un lugar cerrado y por lo tanto, bajo control de alguien, ya requiere una negociación para lograr el acceso. El sistema telefónico es un medio técnico para la comunicación con el que podemos decir lo que queramos, pero ni la red telefónica, propiedad de un operador, ni el sistema de comunicación, propiedad por lo general del mismo operador aunque interoperativo con otras redes telefónicas, están a nuestra disposición sin tener que acatar algún sistema de reglas.

La televisión por cable, como medio masivo que es, implica control a todo nivel: los medios físicos de transmisión son propiedad de un operador que nos obliga a pagar por el acceso, los mecanismos de codificación también son privados y de pago, y finalmente no tenemos más control sobre el contenido que el cambiar de canal, o cuando y donde es posible, cambiar de operador.

En la Internet, la situación es distinta: mientras que la red física de la que dependemos para conectarnos es totalmente privada, y el acceso a la misma pasa por aceptar las condiciones que ponga un operador dado, el contenido puede ser libre o propiedad de alguien; pero el código, es decir el mecanismo por el cual se lleva a cabo la comunicación, es libre. La base de la Internet reside precisamente en la libre disponibilidad de este código. La razón de la existencia y la viabilidad futura del commons que es la Internet dependen de la libertad de acceso al código. Es el código de la Internet lo que permite esta combinación inusual de contenido controlado y libre al mismo tiempo, y lo que hace tan atractiva a la Red.

Pero el código no se limita a cuestiones informáticas, sino a las reglas de juego sobre las cuales se desarrollan las herramientas informáticas. Considérese a los weblogs como idea, y aparece rápidamente el código como fuerza tras su desarrollo: la libertad de reproducir el concepto de weblog permite su desarrollo sobre bases de común inteligibilidad y usos similares.

Véase también el caso de Napster o cualquier otro servicio de intercambio de archivos: la tecnología permite un sistema de libre acceso a contenidos digitalizados, a través del cual se obtiene acceso sin previo pago y sin control a archivos que antes estaban no sólo sujetos a pago, sino sobre todo a control de los derechohabientes; así pues, si alguien deseaba una canción de los años cuarenta, o esperaba a que la disquera la publicara o simplemente no tenía acceso a ella. Gracias a Napster, de pronto no sólo el pago sino el control sobre la edición o no de semejante canción desaparecen del escenario, de forma que las empresas de contenidos no pierden meramente el pago por un disco, sino el manejo completo de todo el armazón comercial sobre el que se basa la industria.

Si no fuera por la cuestión de control, ¿por qué habría de molestar a un estudio de televisión que episodios de una serie que normalmente se emite por televisión abierta estén disponibles en la Internet? A fin de cuentas, no reciben pago directamente por ellos, y en muchos casos los que bajan un episodio lo hacen sin óbice para la experiencia televisiva misma, o porque carecen de acceso a esa experiencia. El problema para el estudio es que al perder el control sobre el contenido, pierden control sobre el uso del mismo por los usuarios, y con ello la posibilidad de administrarlo a su mejor interés comercial.

En un enfrentamiento así, lo que sufre no es el beneficio que los individuos puedan recibir al carecer de obligaciones de pago por los contenidos que consumen; lo que sufre es la búsqueda de nuevos modelos para acceder a esos contenidos, de nuevas alternativas relevantes para la libre circulación de ideas. La respuesta ante la amenaza a los derechos de las empresas de contenidos no es buscar una salida que respete sus derechos pero que aproveche la tecnología para favorecer a todas las partes; todo lo contrario: se busca cerrar aún más el panorama, impidiendo que las opciones provenientes de los otros puedan ser consideradas. El derecho del lucro individual termina constriñendo la posibilidad de la innovación para el beneficio colectivo.

El resultado es una situación en donde las alternativas que buscan reforzar y explotar el espacio común que es la Internet se ven amenazadas por la intención de los derechohabientes para detener el avance en función de sus intereses específicos. No hay relación directa entre un supuesto "espíritu libertario" y el bando pro-código libre; varios intentos comerciales basados en código de libre acceso y liberador de contenidos han fracasado precisamente porque los derechohabientes han preferido el modelo comercial a cualquier innovación que ponga en el más mínimo peligro sus intereses; lo que se tiene que considerar es el prejuicio a la sociedad que produce esta actitud. Citando a Lessig:

... each of these examples is motivated by a common idea or common attitude. In each, an attitude of control, perfected by an idea about property, is in tension with a system that protects a commons [...] Our single, overriding view of the world that only property matters; our systematic blindness is to the lesson of our tradition --that property flourishes best in an environment of freedom, both freedom from state control and freedom from private control. That a commons can have value greater than the same assets would if enclosed (Lessig 2000, p. 236).

Siguiendo a Lessig, esta tensión puede leerse de dos formas, complementarias entre sí: se trata tanto de la tensión entre la tecnología pro-commons y el modelo de propiedad pro-control, en donde una va en direcciones mucho más audaces que la otra; y es la tensión entre formas nuevas de hacer negocios y de garantizar la libre expresión, y las formas antiguas, lo que en realidad refleja la tensión entre los que obtienen beneficios del status quo actual y los que buscarían romperlo o alterarlo, y donde el control es un instrumento de poder. Por el momento, se optará por la primera, puesto que la segunda toma otras formas que vale la pena estudiar más allá del modelo de Lessig.

Esta tensión, además, expresa un conflicto entre dos vectores que se oponen entre sí. Un gráfico muestra claramente que el triunfo de la visión del commons implica la derrota del modelo de propiedad, y viceversa.

¿Y los blogs?
Hay que recordar que los weblogs son libre expresión no sólo por las ideas sino por los links. Un blog puede ser individual, pero también puede ser de un diario; podría decirse que buena parte del trabajo que hace la BBC en su página web de ofrecer vínculos a otras páginas sobre temas relacionados a los artículos que presentan sirve como base para un blog.

En otras palabras, el blog es esencialmente una forma de expresión, cercana al periódico personal, propia de la Internet, y más aún de la World Wide Web. Su naturaleza depende de la libertad de acceso, del commons del código, en el modelo de Lessig. Pero también es indispensable que el acceso libre, sin fines comerciales, incluya al material a ser vinculado. La riqueza de un weblog pasa por contar con esos vínculos, que estructuran por afirmación u oposición la visión del editor del weblog.

Lo que James Slevin (2000, cap. 7) califica como la "lo publico mediada" (mediated publicness) es el resultado del desarrollo de una esfera pública de discusión a través de la prensa, y precisamente es la Internet la que ofrece re-crearla a través de opciones tecnológicas que, como los weblogs, remiten a la personalización de la expresión pública, mediada sin duda por las computadoras pero no por ello menos pública. Los blogs son una alternativa frente a la concentración mediática, por un lado, y a la creciente diversificación orientada por el mercadeo, que como dice Dominique Wolton (1999, cap. 1), quiebra las bases mismas del público creado por los medios para reemplazarlos por pequeños públicos sin prentensión o vocación de acercamiento entre sí.

El problema de esta visión es que requiere, para subsistir, del concepto de uso justo. Bajo esta idea, cualquier contenido protegido por derechos de autor puede ser usado sin permiso del poseedor de los derechos siempre y cuando sea para uso personal, y sin posible explotación comercial. El uso justo permite que una persona fotocopie partes de un libro, lo cite y eventualmente lo use como base para desarrollar argumentaciones académicas; también permite copias a cassette de un disco. La clave reside en el uso personal.

Como uso personal también se entendía, en los años iniciales de la expansión de la Red, el poner en un servidor de FTP una lista de éxitos compilada por una revista de los EEUUAA, o los sonidos de un episodio de Star Trek; a fin de cuentas, no había intención comercial, ni tampoco se entendía que con esto el dueño del producto original pudiese ser perjudicado. Los dos ejemplos mencionados son reales, experimentados por el autor de este trabajo hacia mediados de 1994, y rápidamente puestos fuera de la ley a través de acciones legales y retirados de la red por los propietarios de los derechos. Esto no quiere decir que no se pudiesen conseguir, así como otros contenidos; lo que quedaba claro es que la intención de los usuarios, que no intentaba para nada transgredir derechos sino más bien facilitar el acceso a información que en principio no era de consulta fácil por todos los conectados a la Red, era interpretada de manera muy distinta por los propietarios de la información3.

La cuestión se mantuvo en una tregua similar a la que gobierna el software ilegal en manos de personas naturales, situación que por lo general no preocupa significativamente a los productores, los que gastan energías y recursos en detener el uso de software sin licencia por parte de personas jurídicas. Sin embargo, la popularización de la Red se unió a Napster para cambiar la situación. Conforme el aumento de usuarios provocó que las trasgresiones a los derechoshabientes aumentaran, la aparición de Napster convirtió el panorama de una situación incómoda pero manejable a una amenaza completa e integral a la estabilidad y futuro del negocio de la música.

Esto se explica porque Napster, al poner en manos de cualquier persona, sin costo significativo y sin control alguno por parte de los derechohabientes, cantidades ingentes de contenido musical, cuestionaba la viabilidad de la estructura misma del negocio, puesto que lo que sustenta al oligopolio mundial de la música, basado en cadenas de promoción y distribución muy ensambladas, amarradas además con los propietarios de radios privadas y promotores de conciertos en el mundo desarrollado, y manejado por apenas cinco empresas que controlan el 80% de las ventas a nivel mundial4, es precisamente la capacidad de decidir qué, cuando y cómo se vende música en el mundo. Napster significaba algo más grave que la pérdida de ingresos por no pago de derechos de autor: significaba el fin del control sobre la música comercial ejercido por estas empresas. Por extensión, y tomando en cuenta que los conglomerados del entretenimiento no se limitan a la música, el debate se orienta hacia la protección de esos negocios in toto, obliviando sutilezas que podrían servir para permitir a algunos hacer las cosas con más libertad.

Se puede criticar la proporción de la respuesta, así como la falta de coherencia entre las supuestas causas de estos reclamos (los derechos de los músicos) y la realidad de la estructura de ganancias y su repartición a los músicos; también se puede cuestionar la supuesta relación causa-efecto entre la existencia de Napster y sus sucesores y la caída de ventas que experimenta la industria musical. Pero lo que no se puede cuestionar es que, si por un lado Napster ofreció una nueva visión de cómo trasladar contenidos prescindiendo de las cadenas tradicionales de distribución, por otro la industria demostró su increíble capacidad de respuesta legal, mas no tecnológica o comercial.

Tecnológicamente, la industria musical no logró crear alternativa alguna que no haya sido rápidamente superada por los especialistas o los hackers, para bloquear o proteger sus contenidos. Pero legalmente y en el territorio de los EEUUAA, y arrastrando a través de convenios internacionales y acuerdos comerciales a Europa y el resto del mundo desarrollado, la industria ha logrado que se impida el funcionamiento a Napster, ha conseguido, al menos a nivel de proyecto de ley, un permiso para "hackear" las computadoras de los usuarios de servicios sucesores de Napster e impedirles continuar bajando archivos5, y esta trabajando para lograr nuevas leyes, que impidan incluso el establecimiento de relaciones comerciales con países en donde no se considere una ofensa penal el uso de software para accesar a contenidos protegidos por derechos de autor; previamente, y en trabajo conjunto con toda la industria de los contenidos, se ha logrado extensiones continuas de los plazos de duración de los derechos de autor, extendiendolos setenta años después de la muerte del autor o a noventa y cinco años después de su creación si se trata de propiedad de personas jurídicas. Todas estas acciones encuentran eco rápido en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, y son integradas a los acuerdos internacionales.

El problema principal de esta andanada legal en los EEUUAA, que no se limita a la música sino que incluye a todos los ramos de la industria del entretenimiento (Grimmelmann 2001) es que amenaza con consagrar a nivel mundial la prioridad que tienen los propietarios corporativos de derechos frente a los usuarios que solían estar amparados por doctrinas de uso justo que ya no se aceptan en los mismos términos. El resultado parece inclinarse claramente hacia establecer prioritariamente el dominio corporativo sobre la información en el mundo, amenazando precisamente una de las virtudes que la Internet parecía ofrecer a sus usuarios, la que era la flexibilidad y facilidad para intercambiar información sin las limitaciones propias de la materialidad de los formatos previamente existentes. Incluso en el caso relativamente trivial de información supuestamente de libre acceso, puede producirse intentos de bloquear la reproducción o difusión sin permiso previo y explícito del derechohabiente: en Inglaterra, la publicación de estadísticas de los partidos de la Liga Premier de fútbol exige permiso previo, lo que incluso llevo a la amenaza de un boicot por parte de los periodistas deportivos.

Las consecuencias de semejante razonamiento para la expresión individual no se limitarán a impedir bajar una película entera por la Internet: también implican que la propiedad intelectual, entendida en su sentido más conveniente para los derecho habientes, será la que mande sobre las intenciones personales. Un blog podrá ser visto así no sólo como ahora, como visión personalísima de lo que pasa en el mundo, sino también como trasgresión de los derechos de los propietarios de una noticia, es decir de los medios consolidados.

Estos medios consolidados funcionan en el mercado, y como tales sus servicios son comerciales y requieren pagos. Si una noticia publicada en un periódico esta pensada para atraer tráfico a ese medio, puede entenderse al blog como propaganda del medio o como trasgresión de los derechos. El problema no es cómo se lo interpreta: la cuestión reside en que el derecho habiente tiene discrecionalidad total sobre quién, cómo y cuando se puede vincular desde un blog a sus noticias.

Este razonamiento puede parecer excesivo y ciertamente alejado de la experiencia cotidiana de nuestras realidades latinoamericanas; pero al mismo tiempo, la interconexión permanente que ofrece la tecnología encarnada en la Internet viene acompañada por una creciente interconexión institucional (cf. Mattelart 1998, pp.94-96). Los acuerdos y compromisos que los estados se ven obligados a firmar para participar en acuerdos internacionales de comercio y finanzas demandan a su vez el aceptar las reglas de juego: estas son cada vez más directas, y pasan por el control que los grandes conglomerados del entretenimiento y la información ofrecen a nivel global. Nuestras instituciones se adecuan al nuevo marco tan rápido como nuestras prácticas lo hacen con la tecnología. Quizá la diferencia radique en que nuestras prácticas gocen de más autonomía que nuestras instituciones.

La defensa de los commons y el uso social de la tecnología
Daniel Bell planteó hace casi tres décadas un futuro basado en el avance institucional y social que ofrecería la transformación económica y tecnológica que ya era previsible en 1973. Según su modelo de sociedad post-industrial, ahora normalmente conocida como sociedad de la información, habrían cinco dimensiones sobre las que se basaría esta transformación:

  1. Sector económico: el cambio de una economía productora de mercancías a otra productora de servicios.
  2. Distribución ocupacional: la preeminencia de las clases profesionales y técnicas.
  3. Principio axial: la centralidad del crecimiento teórico como fuente de innovación y formulación política de la sociedad.
  4. Orientación futura: el control de la tecnología de las contribuciones tecnológicas.
  5. Tomas de decisión: la creación de una nueva "tecnología intelectual" (Bell 1973, p. 30).

Como contraste, el concepto de sociedad de la información se ha reactualizado pero a la vez resemantizado. Si revisamos las características de este nuevo proyecto de sociedad de la información (cf. Mattelart 2001), queda claro que las dimensiones del sector económico, de distribución ocupacional y de orientación futura parecen estar esencialmente incorporadas. Pero existe una clara divergencia es en las dimensiones 3 y 5, principio axial y tomas de decisión.

En el primer caso, si bien no se discute la centralidad del conocimiento teórico como fuente de innovación de la sociedad, sí es posible afirmar que no es este tipo de conocimiento el que realiza la formulación política; el crítico imperante y decisivo sigue siendo el beneficio económico, centrado en minorías ya poderosas.

Respecto a la tecnología intelectual, nuevamente el sueño formalista propio de la tradición sociológica funcionalista ha sido dejado de lado. Para Bell, esta tecnología intelectual estaría en directa relación con la importancia social que la preeminencia de las clases profesionales adquirirían, lo que permitiría trasladar los criterios meritocráticos propios de estas actividades a la sociedad en su conjunto. Aún en las sociedades más avanzadas, el puesto preeminente que Bell preveía para los tecnócratas e intelectuales no se ha realizado, y seguimos dependiendo de criterios de ganancia de corto plazo incluso para la introducción de tecnologías propias de un modelo post-industrial de desarrollo.

Lo interesante es que mientras es posible formular políticas desde una perspectiva de respeto y reconocimiento de la innovación, actividad principal de las clases profesionales que destaca Bell, las capas dirigentes de la sociedad, interesadas en el beneficio privado como lo están, optan por dejar de lado estas propuestas de políticas privilegiando los intereses de las clases económicamente dominantes. En otras palabras, mientras los que proponen la continuación de la promoción de los commons como base de la innovación son dejados de lado a pesar de contar con el peso de ser precisamente innovadores profesionales, los que postulan el cierre del commons para proteger sus intereses a pesar de carecer de las credenciales propias de la clase que debería predominar en la sociedad de la información, que esta siendo construida, supuestamente, en base a este beneficio privado.

Rescatando el sentido original de la sociedad de la información, tal como la propuso Bell, nos llevaría a plantear un diseño que privilegie a los actores profesionales y sobre todo al fomento de la creación e innovación. Una ruta de resolución de las tensiones de estas características tendría que optar por el bienestar público, sobrepasando un gran obstáculo: su inexistencia en el discurso oficial. Como insiste Lessig, el bienestar público no significa destrucción del capitalismo, sino el tomar en cuenta primero a la colectividad y luego a los propietarios de la riqueza. Y la forma más práctica sería defender los commons.

A nivel del trabajo periodístico, no hay expresión más poderosa de los commons que el weblog. Si bien sería audaz afirmar que hay una clara amenaza sobre ellos producto de las tendencias en la administración de derechos digitales delineadas en este trabajo, lo cierto es que si el proceso de constreñimiento de la iniciativa encarnada en la cancelación del concepto de uso justo afectaría a todas las formas de expresión, a todas las innovaciones a nivel del código, las que incluyen al weblog. Finalmente, la libertad de expresión como principio requiere una afirmación del derecho de usar y debatir ideas, lo que a su demanda que aquellos que ejercen este derecho no se vean apabullados por el poder de los derechohabientes, sea como parte de las empresas periodísticas, sea como individuos expresandose por su cuenta.

No hay una receta precisa para lograr este objetivo. Pero el movimiento que propone la defensa de los commons no es, por diverso, menos pertinente. En su interior se pueden identificar al menos tres grandes grupos, a saber:

a. los que propiamente tienen la defensa de los commons de la información y la comunicación como primera prioridad
b. los que actúan bajo la premisa del ataque a la globalización, conjunto disímil como pocos pero unificados bajo la sombrilla de las Cumbres Sociales, como la realizada en Belo Horizonte el 2001.
c. los promotores del software de libre disponibilidad, que sin compartir ni el discurso ni los objetivos principales de los dos grupos anteriores, son los promotores de un medio técnico que permitiría no sólo rescatar y mantener en funcionamiento el espíritu original de la Internet, sino también ampliar la disponibilidad de medios informáticos y de telecomunicaciones a otros ámbitos, aún bajo el control de recursos controlados por derechohabientes.

Estos grupos, al carecer de una agenda común, complican la situación que de por sí es difícil cuando buena parte del activismo para la resolución de las tensiones gira sobre las propuestas de la sociedad de la información privada, por darle un nombre. Sin embargo, como grupo pueden proponer alternativas bajo el principio del bienestar público, las que pueden a su vez articularse en una suerte de lineamientos de política para una convergencia multimedia en beneficio de las mayorías.

Si algo tienen estos grupos en común es el rescate de los valores liberales de iniciativa individual y respeto a las diferencias, más allá de las tonalidades que cada cual exhibe. Tanto los que demandan la libertad de creación informática en el espacio común, como los que exigen espacios para el desarrollo alternativo en todas sus formas, establecen como prioridad el rescate de lo comunitario. La expresión de las ideas requiere, para florecer, de este espacio comunitario; la ausencia del mismo cancela las posibilidades de desarrollar opciones democráticas.

Garantizar entonces la libre expresión, la oportunidad para que todos sean más o menos sus propios voceros, y finalmente para proponer visiones alternativas de la sociedad a través de debates que no por poco concurridos deban ser negados, es parte de la agenda hacia una afirmación del potencial social, además del tecnológico, que ofrece la Internet. Estimar las consecuencias de la negación del espacio común encarnados en la Internet nos lleva a cortar una de las maneras más originales de expresión surgidas de la tecnología de la información y comunicación.


Notas:

1 Para una perspectiva más general sobre los weblogs, se puede visitar www.blogger.com.
2 La definición formal puede ser tomada de uno de los teóricos del concepto extremo-a-extremo, Jerome Saltzer, citado en el RFC 1958 (2.3): para toda función propia de la red, en un ambiente extremo-a-extremo, "The function in question can completely and correctly be implemented only with the knowledge and help of the application standing at the endpoints of the communication system. Therefore providing that questioned function as a feature of the communication sustem itself is not possible."
3 En realidad, la información no tiene propietarios en el sentido que una cosa puede tenerlos. Las ideas son comunes y no se pueden proteger, y su expresión concreta puede ser protegida por ley para garantizar al creador un beneficio, con cargo a que, en un futuro mediato por lo general posterior a la muerte del creador, estas encarnaciones de las ideas pasen al dominio público, es decir a ser de libre disposición por cualquier interesado. Cf. Lessig, cap. 4.
4 Sony Columbia, Vivendi Universal, WEA (parte de AOL Time Warner) EMI y Bertelsmann / BMG. El 15% restante lo manejan disqueras independientes.

5El proyecto se llama "Peer-to-Peer piracy prevention act" y fue presentado por el representante Howard Berman, demócrata de California. Disponible en <http://www.house.gov/berman/pr072502.htm>.


Notas:

Balle (1991)
Comunicación y sociedad: evolución y análisis comparativo de los medios / Francis Balle. Bogotá: Tercer mundo, 1991. 514 p.
Bell (1973)
The coming of post-industrial society: a venture in social forecasting / Daniel Bell. Nueva York: Basic, 1973. 507 p.
Grimmelmann (2001)
Peer-to-peer terrorism: bad news for the Napster wars - the harder you fight against decentralized networks, the more enemies you create / James Grimmelmann. En: Salon, <http://dir.salon.com/tech/feature/2001/09/26/osama_bin_napster/index.html>
Lessig (2001)
The future of ideas: the fate of the commons in a connected world / Lawrence Lessig. New York: Random, 2001. 353 p.
Mattelart (1998)
La mundialización de la comunicación / Armand Mattelart. Buenos Aires: Paidos, 1998. 127 p.
Mattelart (2001)
Historia de la sociedad de la información / Armand Mattelart, edición revisada y ampliada por el autor. Buenos Aires: Paidos, 2001. 193 p.
Slevin (2000)
The Internet and society / James Slevin. Cambridge: Polity, 2000. 266 p.
Wolton (1999)
Internet et après? Une théorie critique des nouveaux medias / Dominique Wolton. Paris: Flammarion, 1999. 240 p.


Eduardo Villanueva Mansilla
Departamento de Comunicaciones, Pontificia Universidad Católica del Perú