|
Por Javier Esteinou
Número
44
Debido
a las nuevas capacidades tecnológicas
que a principios del siglo XXI conquistaron los
medios de información colectivos, especialmente
los electrónicos; estos incrementaron
sustantivamente su eficacia de transmisión
informativa y de persuasión extensa y
se convirtieron en el centro del poder ideológico
y político contemporáneo de nuestra
nación. En este sentido, de haber sido
instrumentos de difusión relevantes en
1960 en México, de transformarse en instituciones
importantes de socialización en 1970 y
de convertirse en el cuarto poder político
a partir de 1980; desde principios del 2000 se
transformaron en el vértice del poder
actual. Es decir, ya no solo son simples instituciones
importantes de información o el cuarto
poder, sino que ahora se han convertido en el
“Primer Poder" ideológico
que existe en nuestra sociedad.
Con
la conquista de estas propiedades los medios
de información se transformaron en las
extensiones del hombre y de las instituciones,
y en consecuencia construyeron una nueva zona
de acción social: el espacio virtual.
En este sentido, la emergencia de los medios
de comunicación y de las nuevas tecnologías
de información en México, no sólo
representó la maduración del modelo
de la Sociedad de la Información
y la radical transformación de las superestructuras
culturales de nuestras comunidades; sino que
básicamente, el fenómeno más
relevante que produjo, fue la expansión
intensiva de la dimensión ideológica
de la sociedad mexicana a una esfera más
amplia y versátil. Esto es, en términos
generales, con la presencia de los canales de
difusión la sociedad mexicana en su conjunto
sufrió una gran dilatación cultural,
desde el momento en que las instituciones, los
grupos o los individuos pudieron extender a distancia
la realización de sus tareas o funciones
específicas tradicionales, a través
de las tecnologías de información
y comunicación 1.
Así,
el espacio publico comprendido como el territorio
libre, abierto y autónomo donde participan
los individuos, los grupos y las instituciones
según son sus intereses y necesidades,
se transformó sustancialmente con la existencia
de los medios de información originando
nuevas esferas públicas, de acuerdo a
las características y el impacto social
que produjo cada nueva tecnología de comunicación
que emergió en nuestro territorio. En
este espacio publico se dan acciones privadas
y acciones públicas. Las acciones privadas
responden a intereses particulares, la mayor
de las veces mercantiles y no están abiertas
a todos los sectores. Las acciones públicas
son colectivas y están abiertas a todos
los sectores para discutir las realidades y problemas
de conjunto. En este sentido, la revolución
tecnológica de los medios de información
los convirtió en las herramientas básicas
para construir lo público y actuar
sobre la cosa pública.
De
esta manera, con la introducción de las
innovaciones tecnológico comunicativas,
se generaron en el país nuevos espacios
colectivos, públicos y privados, dedicados
a la realización de la economía,
la política, la gobernabilidad, los servicios,
la educación, la religión, la salud,
el comercio, la cultura, el entretenimiento,
los deportes, la fantasía, el amor, el
ocio, la sexualidad, la imaginación, etc.
La sociedad mexicana entró entonces en
la fase de producir nuevos procesos culturales
de consecuencias sociales amplificadas e insospechadas.
Es
por esto, que con la presencia de los medios
de comunicación lo que se transformó
en nuestra República, a corto plazo, fue
el esqueleto ideológico de la sociedad
en su conjunto y a largo plazo, el del Estado
mexicano. Dicho espacio se convirtió en
una nueva franja de interacción social
donde se produjeron fenómenos de ampliación
y extensión de las personas, los grupos,
las instituciones y del Estado dando origen en
México a la Sociedad Extensa.
De esta manera, con la ampliación de la
sociedad extensa, vía la acción
de las tecnologías de información,
el Estado experimentó una gran transformación
al interior de su estructura y dinámica
económica, política, social y cultural,
pues las tareas de construcción, dirección
y cohesión ideológica que realiza,
entraron en una nueva fase de extensión
geométrica que dio origen a una nueva
faceta del poder: el moderno Estado Ampliado
2.
Debido
a ello, es muy importante subrayar que cuando
se habla de medios, no se está hablando
de simples acciones de esparcimiento, información,
actualización o diversión; sino
que en última instancia, se habla de la
transformación del espacio publico y en
consecuencia, de la construcción de la
estructura del Estado Ampliado y de
la Sociedad Extensa, vía la expansión
del espacio virtual.
De
esta forma, se creó, cada vez mas, una
sociedad mediática que produjo una nueva
atmósfera cultural colectiva de naturaleza
virtual o comunicósfera
que ocasionó que el conjunto de las principales
instituciones de gobernabilidad, ahora funcionen
a distancia por intermediación de los
canales de información, especialmente
electrónicos y las nuevas tecnologías
de información. En este sentido, la casi
totalidad de las instituciones tradicionales
como son la escuela, los partidos políticos,
el Congreso, la iglesia, las secretarias de Estado,
las empresas, los órganos de gobierno,
los movimientos sociales, las dinámicas
comunitarias, etc. buscan proyectarse y ampliarse
vía los medios de información,
asumiendo las reglas mediáticas que imponen
estos, ya que lo que no aparece en los medios
muy difícilmente existe en la conciencia
colectiva: Los medios electrónicos se
convirtieron en el epicentro cultural, ideológico
y espiritual de la sociedad mexicana de principios
del nuevo milenio.
La
expansión de esta realidad mediática
modificó la estructura, dinámica
y fronteras del Estado mexicano y de la cultura
nacional creando una nuevo tejido en la esfera
del poder que generó al Estado Mexicano
Ampliado. De esta forma, surgió el
Estado Mediático que se caracteriza por
ejecutar sus tradicionales funciones de dirección,
educación y gobernabilidad, vía
los medios de información como brazos
o prótesis de expansión de sus
capacidades de orden, administración,
educación y de dirección.
Con
ello, el modelo de comunicación y de percepción
creado y practicado por de los medios atravesó
la estructura, los procesos y la operación
práctica de todas las instituciones sociales
básicas para la dirección del país
e impuso su modelo de información masivo
sobre los otros modelos de comunicación
e interacción social. Este fenómeno
se realiza de formas diferenciadas según
son los momentos de equilibrio o crisis por la
que atraviesa la evolución de la sociedad.
Por
ejemplo, ante la debilidad de actuación
del sistema de justicia, que “ha terminado
por ser sólo útil para los ricos
e inútil para los que están lejos
de los recursos que otorgan el poder y el dinero,
donde hoy es más fácil estar preso
por robar un par de zapatos que por realizar
un fraude de miles de millones en un banco”
3; los medios
se convierten en el Poder Judicial Mediático
y lo desplazan con los juicios electrónicos
paralelos.
Con la transmisión de los videoescándalos,
los medios agregaron más estiércol
al lodazal político que ya existía
en el horizonte nacional y difundieron escándalo
tras escándalo para ventilar la descomposición
institucional acumulada en la estructura política
del país. Dicho deterioro político
se reflejó, meses antes, a través
de la difusión, entre otros, de la denuncia
del Toalla Gate, que reflejó
los gastos exorbitantes para equipamiento de
la residencia presidencial en los Pinos; el fraude
del Pemexgate, que reveló el
desvío fondos para la campaña del
PRI de Labastida Ochoa a la Presidencia de la
República en el 2000; los Amigos de
Fox, que reveló los apoyos financieros
canalizados para la promoción de Vicente
Fox Quezada como candidato del PAN a la Presidencia
de la República en el 2000; el uso de
la institución filantrópica Vamos
México que enseñó las
subvenciones para fortalecer a la Primera Dama
como candidata del PAN a las Presidencia de la
República en el 2006; el Nico Gate
que ventiló los salarios desorbitados
del chofer del López Obrador y otros privilegios;
las irregularidades en la Lotería Nacional
para destinar fondos a la institución
Vamos México, etc. 4.
Con la presentación de los videoescándalos
se logró un enorme impacto efectivista,
y persuasivo en la opinión publica, ya
que, por una parte, el televidente es un espectador
que no pone en duda lo que ve, pues la televisión
es víscera, visión, sensación,
expectación y no es razón. De aquí,
uno de los poderes superiores que ha alcanzado
la televisión para poder tocar interiores,
convocar conciencias y ganar súbditos.
Por otra parte, los espectadores ya no responden
a los acontecimientos que visualizan a partir
de una cámara, sino que responden a los
registros simbólicos de los acontecimientos.
Es decir, que quién maneja la verdad de
los hechos, no son los hechos mismos, sino los
mediadores, los que poseen la cámara,
ellos son el poder 5.
Así, se volvió a repetir el fenómeno
de la judicialización de la política
donde actores públicos irresponsables
y sin visión de Estado usaron arbitrariamente
asuntos judiciales para difundirlos, confrontarlos,
litigar y dirimirlos ante la opinión pública,
denostando al adversario con el fin de ganar
simpatizantes, en perjuicio de la credibilidad
de las legítimas instituciones de procuración
e impartición de justicia de nuestra República.
Su objetivo básico fue construir una versión
mediática convincente de la realidad para
presionar en la opinión pública
con el fin de influir con fuerza sobre la toma
de decisiones en materia del ejercicio de la
justicia y enjuiciar o exterminar a sus adversarios
6.
La diferencia existente entre el juicio legal
y el juicio paralelo, es que el juicio
legal del Poder Judicial inicia sus procedimientos
y trámites legales, precisa la litis
del asunto, recibe pruebas, admite recursos,
es discreto, conserva la Poder Judicial como
la instancia legitimada históricamente
para ejercerlo, y el pueblo, en general, ignora
o mal conoce tales actuaciones judiciales legítimas.
En cambio, el juicio paralelo de los
medios de información examina arbitrariamente
las pruebas presentadas o las fabrica, las valora
individualmente, las declara válidas o
inválidas, proclama conclusiones o sentencias,
las difunde públicamente, defiende sus
posiciones, convierte a las industrias mediáticas
en jueces y tribunales abandonando su esencial
tarea informativa y el auditorio está
totalmente atento a la evolución escandalosa
de éste 7.
A través de la concentración del
inmenso poder ideológico y político
por los medios, estos suplantan o desplazan a
los Ministerios Públicos, los juzgados
y los procesos legales a cargo de los órganos
constitucionales de oficio para la procuración
e impartición de justicia del Poder Judicial
del Estado mexicano y mediante sus estrategias
mediáticas ejecutan desde las pantallas
o diales verdaderos linchamientos informativos
que se presentan como “veredictos del
tribunal de la opinión publica”
para ser impuestos a los auténticos tribunales
de derecho por oficio. En éste sentido,
por ejemplo “los programas de televisión
que evidencian la corrupción se comportan
como el policía que aprehende, el policía
judicial que investiga, el Ministerio Público
que levanta las actas y las acusaciones, el juez
que dictamina y hasta el verdugo que corta las
cabezas. Todo ello en una sola persona, en una
sola emisión y en unos cuantos minutos
substituyendo al Poder Judicial” 8.
En éste sentido, la televisión
se asumió como Ministerio Público,
con carácter inapelable de sus juicios,
pues éstos fueron probados por el único
elemento que vale para quienes se mueven en éste
universo audiovisual: La imagen.
Con ello, la ejecución de la Ley quedó
en manos de los tribunales de la opinión
pública creada por la agenda informativa
de los medios, donde se dirimieron las controversias
que lucharon entre intereses y poderes. Mediante
esto el resultado informativo de las industrias
mediáticas operó como un eficaz
juicio paralelo, donde el derecho a
la presunción de inocencia de los individuos
cedió su garantía ante las condenas
que ejecutaron los medios antes de investigar
y de que intervengan los órganos de justicia
especializados en ésta delicada responsabilidad.
Mediante ésta situación, el derecho
a la inocencia que le corresponde a todo individuo
que es una garantía supranacional prevista
en el artículo 11, fracción I de
la Declaración Universal de los Derechos
Humanos que señala que “toda persona
acusada de delito tiene derecho a que se presuma
su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad,
conforme a la ley y en juicio público
en el que se le haya asegurado todas las garantías
necesarias para su defensa”, fue burdamente
avasallado y anulado por el resultado efectivista
de los medios de información que luchaban
por obtener raiting 9.
En éste marco histórico los canales
de difusión electrónicos volvieron
a ejercer en nuestro país los juicios
paralelos que operan como pronunciamientos
que “no se limitan a dar un seguimiento
informativo de un hecho noticioso que deviene
en caso judicial, sino que de manera implícita
o explícita, asumen posturas editoriales
en el manejo de la información que prejuzga
sobre la inocencia o culpabilidad de alguien,
se tenga razón o no. Con ello, se argumenta
que los juicios paralelos tienen la
bondad de propiciar que se ponga en marcha la
maquinaria de procuración de justicia,
particularmente en países como México
donde no existe un verdadero estado de derecho,
y por lo tanto, no se puede confiar en que todos
los casos judiciales tomen el cauce que marca
la ley” 10.
En ésta forma, los conductores de televisión
o los lectores de noticias se convirtieron en
severos fiscales y jueces que dictan sentencias,
sin que se busquen pruebas contundentes que lo
confirmen o se den alternativas de defensa mediática
a las personas afectadas y ante los cuales es
imposible cualquier apelación 11.
Así, mediante el poder simbólico
autónomo conquistado por los medios,,
“hoy en día hasta el menos preparado
de los conductores de radio y televisión
se erige en nombre de la libertad de prensa en
investigador penal, policía judicial,
Ministerio Público, juez y verdugo. Ante
el viejo sueño social de contar con justicia
pronta, expedita, creíble y confiable,
con sentencia inapelable, pues en el país
no se resuelven el 95 % de las denuncias; el
video clandestino o “video juicio abierto”
ocupa, por derecho de raiting, todas
las instancias de la procuración de justicia.
En una jornada se descubre, se enjuicia, se procesa
y se somete a juicio de ésta nueva ley
de hierro a todo culpable previo, negociado de
antemano por los dueños de la televisión
12. Son los
medios los que desenredan el hilo, los que explican,
los que interpretan y los que juzgan el bien
y el mal. Ellos tienen la varita de la virtud
para encantar y desencantar a los personajes,
elevar o hundir reputaciones 13.
De ésta manera, con el gran poder que
han concentrado los conductores, comentaristas
o informadores de los medios, éstos se
han convertido en autoridades despóticas
y autocráticas que están colaborando
a pervertir el sistema de justicia en México,
en aras ganar notoriedad, espectacularidad e
interés material. Dichos informadores,
en nombre de la “libertad de comunicación”,
acosan, regaña, humillan, acorralan, interrogan
e insultan y sentencian como jueces implacables
a sus dóciles entrevistados con el fin
de exhibirlos ante la opinión publica
como malos ciudadanos, sin pruebas contundentes
y ganar credibilidad y raiting empresarial
En éste proceso se les niega a los acusados
su derecho de réplica o se les concede
caprichosamente a cuentagotas, según es
la “bondad”, la voluntad e los intereses
de los conductores y de la empresa 14.
Bajo esta estrategia de fiscalización
político-informativa desfilan constantemente
en las pantallas de la televisión o en
los cuadrantes de la radio como Ministerios Públicos
los funcionarios oficiales, los actores de la
política nacional, los sectores opositores
al régimen establecido, etc, para que
se les enjuicie, sin identificar el origen de
las fuentes de información en que se basan
las acusaciones, y que en muchos casos, provienen
de filtraciones informativas que con intereses
político partidistas se canalizan a la
estructura mediática para ser ventilada
en ella.
Así, los dueños y los conductores
de la televisión, juzgan y exhiben a una
clase política que obedece a lógicas
mediáticas, especialmente de los monopolios,
con las que aspira a salir bien librada para
mantener la ilusión de que gobierna a
la sociedad, cuando en realidad el fondo, cada
vez, mas esta subordinada al poder creciente
que ha acumulado la Telecracia 15.
Como consecuencia ideológico política
de la aplicación de ésta estrategia
mediática, se generan presiones ilegítimas
sobre los juzgadores para adaptar sus resoluciones
a las expectativas sociales que forman los medios
en la opinión pública sobre un
caso determinado, afectando seriamente el principio
de un proceso justo e imparcial. Lo que se logra
con una irresponsable cobertura mediática
es distorsionar la impartición de justicia,
presionando a que las informaciones mediáticas
se impongan sobre las verdades jurídicas,
sean éstas ciertas o no. Aquí,
es donde vale preguntarse: ¿ Es justa
la justicia cuando se aparta de la ley para tener
como referencia el juicio paralelo de
los medios ?. ¿ Qué pasa entonces
con el derecho fundamental a la presunción
de inocencia o el establecido en la Constitución
y las leyes que deberían ser la única
guía ? 16.
Estas presiones mediáticas provocan en
los juzgados que la ley no se aplique con rigor
o a raja tabla como lo exige cualquier estado
de derecho, sino que en algunos casos se llegue
al extremo de ejercer la justicia hasta que pasan
los tiempos políticos conflictivos para
evitar la politización de los casos judiciales
17. Si el
juicio legal concluye de forma distinta
o contraria al juicio paralelo; casi
en general lo que acontece, es que el juicio
paralelo que se conoce (normalmente es el
del medio de comunicación favorito), es
el que se declara creíble por el auditorio
y se acepta popularmente. El juez es, casi siempre,
un desconocido; el locutor o presentador son
“de casa”, y por lo tanto,
son “de confianza”. El mérito
es para el medio de información y su juicio
mediático; el demérito es
para el juez y su ministerio público 18.
Debido a ello, al actuar los medios como fiscales
se convierten en un gran peligro para la impartición
justa de la justicia, puesto que encierran la
posibilidad de que si alguno de los involucrados
no es castigado de acuerdo a las expectativas
que los mismos medios han despertado en el consenso
de la ciudadanía al denunciar y presentar
“sus evidencias” de actos ilícitos;
la opinión pública se sienta defraudada
y por ésta razón, deje de confiar
en las instituciones oficiales de impartición
de justicia, en las que deposita un margen muy
importante de su credibilidad para vivir dentro
del orden establecido por nuestra civilización
19.
Ante esta gran fuerza ministerial creciente de
los medios para juzgar a la sociedad en todos
los ámbitos debemos preguntarnos ¿
Qué sucedería si hay truco, edición
colage, pastiche o triquiñuela con las
imágenes que impugnan la integridad de
alguien ?. Lo que acontecería sería
que el prestigio, la imagen y la integridad de
la persona en cuestión quedaría
gravemente dañada. Ante ello, funcionaría
el mecanismo cultural que se sintetiza en la
fórmula “lo visto, estás
visto” o lo que es exactamente equivalente
la ironía del dicho mexicano: “lo
caído, caído” 20.
De ésta forma, la presencia de los “video
juicios” sumarios son un indicador
significativo que muestra un doble fenómeno:
Por una parte, expone la fuerte descomposición
de nuestro régimen de justicia, del sistema
ético y del sistema político nacional
por el que atraviesa el frágil proyecto
de construcción de la democracia nacional
a principios del siglo XXI. Por otra, demuestra
la enorme capacidad del Poder Mediático
para sustituir o reemplazar al Poder Judicial
del Estado mexicano como centro ético
operativo de la impartición de justicia,
contribuyendo con esto a alimentar la fórmula
política de la creación del Estado-Cero
en México (Cuadro No. 1).
Cuadro
no. 1.
Diferencias existentes entre los juicios
paralelos en los medios de información
colectivos y los juicios oficiales en los tribunales
de justicia.
NIVEL
DEL FENOMENO |
CARACTERISTICAS
DE LOS JUICIOS OFICIALES |
CARACTERISTICAS
DE LOS JUICIOS PARALELOS EN LOS MEDIOS DE
DIFUSION COLECTIVOS |
¿
En qué consisten ? |
Son
procedimientos legales y oficiales que se
aplican para determinar el grado de inocencia
o culpabilidad de un individuo, institución
o entidad, en relación a la violación de una
determinada ley, reglamento o norma social |
Son
opiniones que se expresan públicamente en
los medios de difusión colectiva sobre el
grado de violación que comete una persona,
institución o entidad, sobre una determinada
ley, reglamento o norma social |
Nivel
de legitimidad |
Cuentan
con toda la legitimidad jurídica que les ha
otorgado la sociedad a través de la institucionalización
del Poder Judicial, como instrumento único
para administrar la justicia en el país |
No
cuentan con legitimidad jurídica, sino que
se realizan apoyados en el gran poder político
y tecnológico acumulado por los medios y en
una interpretación sesgada de la “Libertad
de Expresión” |
¿
Qué criterio los guía ? |
El
interés de defender los derechos constitucionales
de los ciudadanos con un espíritu de ética
jurídica de aplicación de justicia justa en
la comunidad. |
La
motivación de la lógica de obtención y conservación
del poder económico, político e ideológico
en la sociedad |
¿
Qué institución lo ejerce ? |
Lo
aplica el Poder Judicial y sus órganos constitucionales
de oficio, apoyados en el estado de derecho
existente |
Lo
ejercen los medios de difusión colectivos,
especialmente los electrónicos |
¿
Para qué se realizan ? |
Para
impartir la justicia que la sociedad delegó
en la autoridad del Poder Judicial |
Para
presionar política e ideológicamente en un
determinado sentido o para dar la primicia
de una noticia escandalosa y obtener más raiting |
¿
Quienes lo aplican ? |
Lo
ejercen exclusivamente los jueces y los funcionarios
especializados designados por la Suprema Corte
de Justicia |
Lo
realizan los conductores, comentaristas, informadores
o lectores de datos de los medios de difusión
colectivos |
¿
Cómo se realiza ?
|
Los
Tribunales de Justicia y los Ministerios Públicos
operan como instancias legitimas para ejercer
la misma. |
Los
medios se convierten en Supremos Tribunales
Virtuales de Justicia desde donde juzgan a
los individuos y a la sociedad |
Es
privado, discreto y confidencial hasta llegar
al veredicto final |
Es
público hasta el grado de convertirse en un
espectáculo masivo |
Se
realiza de forma lenta siguiendo las diversas
instancias formales de avance gradual del
proceso de impartición de justicia |
Se
aplica de manera muy rápida, pues está regido
por la lógica sensacionalista del uso del
tiempo televisivo y de obtención de raiting |
Se
exigen pruebas, recursos o testimonios exhaustivos,
rigurosos y contundentes para establecer la
inocencia o responsabilidad del acusado |
No
se buscan pruebas contundentes, sino que se
basa en conjeturas o argumentos contextuales
para culpabilizar o liberar de responsabilidades
al sujeto en cuestión |
Sólo
emplean los recursos jurídicos que asigna
el orden de la Ley |
Se
utilizan recursos informativos sensacionalistas,
amarillistas, espectaculares o morbosos para
convertir los hechos en noticias atractivas |
Va
acompañado de la aplicación del Derecho de
Réplica por parte del acusado y del apoyo
o representación de un defensor (Abogado),
que puede ser particular o de oficio |
No
concede el ejercicio del Derecho de Réplica
del acusado, salvo situaciones excepcionales
y de forma muy breve o caprichosa según la
voluntad del conductor y no existe defensor
de oficio |
Se
presenta respetuosamente a los sujetos ante
un proceso gradual de justicia compuesto por
varias etapas jurídico-formales que van desde
ser acusado, demandado, presentación de pruebas,
audiencias de defensa y juzgado para ser sentenciado
o liberado de culpabilidad |
Se
exhibe a los entrevistados-acusados interrogándolos,
acusándolos, regañándolos, cuestionándolos
y hasta insultándolos y humillándolos públicamente
sin tener la menor consideración a su honra,
imagen e integridad psíquico-emocional |
Se
de un seguimiento riguroso hasta que culmina
todo el proceso de dictaminación del caso |
No
se les da mayor seguimiento, excepto el que
señale la dinámica de obtención del raiting
o algún interés político de coyuntura muy
específico |
Ya
concluido un juicio, por Ley el caso no vuelve
a abrirse, pues se convierte en Cosa Juzgada;
y por lo tanto queda cancelado |
Se
abre o difunde el caso ante la opinión pública
todas las veces que se convierte en noticia
sensacionalista que genera raiting |
¿
Dónde se realiza ? |
Se
ejerce exclusivamente en los espacios físicos
de los Tribunales de Justicia, Salas Ministeriales
y Juzgados especiales destinadas para ello. |
Se
ejerce en las pantallas de televisión o en
los cuadrantes de la radio, vía su programación,
especialmente noticiosa |
¿
Cómo se concretiza ? |
Adquieren
forma mediante la elaboración de expedientes
jurídicos que son analizados bajo la óptica
racional del estado de derecho establecido |
Cobra
vida a partir de las imágenes, símbolos, expresiones,
comentarios, pronunciamientos, sentencias,
juicios, etc. que se transmiten por los medios
de información y se convierten en verdades
inapelables |
¿
Quién produce la sentencia final ? |
Los
jueces legítimamente propuestos por el Poder
Judicial y ratificados, en terna, por el Senado
de la República. |
Los
conductores de los medios de difusión social
y los tribunales de la opinión publica que
construyen los veredictos mediante las votaciones
inducidas por la sondeocracia electrónica
mercantil: !Llame usted y vote si lo considera
inocente o culpable ¡ |
Consecuencias
que generan |
Le
dan su lugar institucional al Poder Judicial
dentro del orden social establecido |
Substituyen
mediáticamente al Poder Judicial y a sus órganos
y procesos de impartición de justicia. |
Dignifican
y le otorgan sentido a la acción de la impartición
de la justicia, especialmente cuando se realiza
de manera eficaz, expedita e imparcial. |
Pervierten
el sistema de justicia en México, en aras
ganar notoriedad, espectacularidad e interés
material. |
Respetan
la ética jurídica y los derechos básicos de
las personas |
No
respetan la ética informativa, ni los derechos
ciudadanos comunicativos, sino que producen
actos escandalosos para vender o golpear políticamente |
Se
aplica la justicia con honor, rigor y responsabilidad.
|
Generan
presiones ilegítimas sobre los jueces para
adaptar sus resoluciones a las expectativas
sociales que forman los medios en la opinión
pública sobre un caso determinado, afectando
seriamente el principio de un proceso justo
e imparcial. |
Crea
civilidad colectiva, fortalece el Estado de
Derecho y la impartición correcta de la justicia |
Crean
expectativas colectivas donde si el juicio
legal u oficial es distinto del juicio paralelo,
la opinión pública tiende a creer más en éste
último virtual. Las verdades mediáticas se
imponen sobre las verdades jurídicas |
Con la existencia de los
juicios mediáticos se debilita
a las instituciones del Poder Judicial, y con
ello, al Estado Mexicano y su proyecto de República,
que son los únicos organismos públicos
que pueden ejercer un verdadero cambio civilizado
en el ejercicio del sistema de procuración
de justicia en México.
Sin embargo, ante ésta
situación de desplazamiento de las entidades
de aplicación de la justicia nacional
no se considera que “el que los medios
de comunicación se conviertan en poder
judicial, en poder político, o en última
norma ética y social, y efectúen
un linchamiento mediático desde
las pantallas de televisión y desde las
páginas de los periódicos, también
es ilegalidad: Destruir y difamar también
es corrupción Si el abandono de los valores
éticos produce abuso y corrupción,
¿ Por qué entonces sólo
se practican los valores económicos y
no los valores éticos: justicia, igualdad,
derechos humanos y culturales ?” 21.
El respeto al derecho a la presunción
a la inocencia, no sólo es un deber jurídico
de los medios, sino una responsabilidad deontológica
para hacer una comunicación sana y creíble.
En éste sentido,
ante los vacíos de poder que se dan por
la incapacidad de los agentes políticos
para resolver los problemas con honestidad y
profesionalismo, los medios ocupan estos espacios
con sus mensajes y se convierten en un poder
que define la agenda de la discusión política
del país por encima de todos los poderes
del Estado, de la Constitución y de la
sociedad. Se posicionan como un poder ilimitado,
el poder del poder, sin ley, ni orden,
sin normas mínimas de contención
a favor de los derechos informativos de la comunidad,
y respondiendo sólo a las indicaciones
de la autorregulación 22.
De mantenerse esta tendencia
creciente de ineficiencia en el sistema de impartición
de justicia nacional y la inclinación
de impulsar los linchamientos mediáticos
en los monopolios de las industrias culturales,
observaremos, cada vez más, en el futuro
escenario político de la República
mexicana la presencia de una población
que, cada vez más, se armará con
minúsculas cámaras portátiles
para grabar múltiples testimonios de irregularidades,
deficiencias, corrupciones e injusticias del
orden público establecido para enviarlas
a los medios de transmisión colectivos
para su denuncia pública en sus diales
y pantallas. Con ello, se fortalecerá
el fenómeno de la substitución
progresiva del aparato de justicia legal por
el enjuiciamiento público paralelo del
sistema de medios de difusión colectivos
y el creciente reemplazo del Estado como órgano
rector de la nación, para delegar su dirección
a los intereses y lógicas del conjunto
mediático de empresas monopólicas
de la comunicación social.
Con ello, cada vez más,
tendremos una sociedad compuesta con más
Telecracia y con menos Estado-Nación,
y esto será el preámbulo político
institucional para construir silenciosamente
una comunidad gobernada por el Nuevo Estado
Mediático de la globalización
posmoderna del siglo XXI que están cimentando
los monopolios de la información, y no
por la rectoría del Estado-República
para la sobrevivencia colectiva que la comunidad
civil ha creado en los últimos 200 años
de la historia de México, con un altísimo
y sangriento costo humano.
De aquí, la necesidad
de realizar una profunda reforma integral a la
Ley Federal de Radio y Televisión que
reglamente el comportamiento desmesurado de las
industrias culturales ante los receptores y cree
marcos claros de responsabilidad de estos frente
a la sociedad. Entre los múltiples aspectos
que debe modificar ésta reforma, sobresalen,
por una parte, la necesidad de tipificar con
todo rigor los delitos de difamación,
calumnia, daño moral, agresión
a la vida privada; y por otra, la creación
de un verdadero Derecho de Réplica que
sirva de herramienta eficiente para que los auditorios
se puedan defender ante los abusos informativos
practicados por los medios contra ellos.
Por esta razón,
al principio del nuevo milenio, la sociedad mexicana
y los Poderes Públicos de la República,
especialmente el Congreso de la Unión,
están ante la disyuntiva histórica
de aceptar caminar en los próximos años
hacia un proyecto de sociedad regido por la cabeza
despótica-autoritaria-mediática
de los oligopolios comunicativos o aceptar caminar
hacia un proyecto de sociedad dirigido por el
cerebro de un nuevo Estado Nación
para la Sobrevivencia Colectiva, reformado
por la creación de un nuevo consenso y
pacto tripartita nacional entre medios, Estado
y sociedad.
Notas:
1
Una concepción
intuitiva pero también idealista sobre
la forma como la sociedad se modifica con la
presencia de las tecnologías informativas,
la encontramos de manera embrionaria en el pensamiento
de Marshall Mc. Luhan, Consultar La comprensión
de los medios como las extensiones del hombre,
Editorial Diana, S.A, México D.F, 1979.
Una Crítica moderada al pensamiento de
Mc Luhan puede consultarse en Gauraleri, Gianpiero,
La galaxia de Mc Luhan, Editorial ATE, España,
1981. Para un panorama general sobre la línea
de evolución que han seguido las tecnologías
de información desde el telégrafo
en 1840 hasta la comercialización de los
cristales de silicio, consultar McBride, Sean,
Un sólo mundo. Voces múltiples
Comunicación e información en nuestro
tiempo, Fondo de Cultura Económico, México,
D.F, 1985, páginas 31 a 36.
2El
concepto del Estado Ampliado es una categoría
analítica totalmente abandonada por la
reflexión crítica de la comunicación
europea y latinoamericana. La única disciplina
que la ha retomado y desarrollado ha sido la
Ciencia Política a través de la
teoría de los aparatos de hegemonía,
representada, especialmente, por los brillantes
trabajos de Christine Buci-Glucksmann. Nuestro
esfuerzo consiste en recuperar dicho arsenal
teórico olvidado para enriquecerlo y expandirlo
con las aportaciones que ha ofrecido la evolución
material de los medios de comunicación
y de las tecnologías de información
sobre la trama de los aparatos de hegemonía
tradicionales. Estamos convencidos que esta matriz
teórica es una de las principales vetas
y directrices conceptuales que nos permiten comprender
las funciones y transformaciones que ejercen
las tecnologías de comunicación
dentro del actual ámbito del poder.
3 Fernández
Meléndez, Jorge, El Mundo Más Allá
del Video Escándalo, Revista Milenio,
México, D.F, 15 de marzo del 2004, pagina
6.
4 Corrupción
por televisión, Revista Siempre, México,
D.F., 17 de marzo del 2004, pagina 12.
5 Scherer Ibarra,
María, Telearquía, Revista Proceso
No. 1427, Revista de Información y Análisis,
México, D.F., 27 de marzo del 2004, pagina
23 y Septién, Jaime, La presencia de la
cámara, Revista Siempre, 28 de marzo del
2004, pagina 73.
6 Litigar el
los medios para ganar simpatizantes, Revista
Siempre No. 2660, México, D.F, 6 de junio
del 2004, paginas 36 y 37, La Procuraduría
General de Justicia, decepcionante papel, Revista
Siempre No. 2661, México, D.F, 13 de junio
del 2004, paginas 6 y 7 y Benassini Félix,
Claudia, Video Política, periódico
Zócalo No. 50, periódico Zócalo
No. 50, México, D.F, abril del 2004, pagina
3.
7 Castro y
Castro, Juventino, Derecho y Responsabilidad
del Periodista, Discurso del Ministro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, Ceremonia
de Entrega del Premio Pagés Llergo 2002,
Revista Siempre, Museo de Antropología
e Historia, México, D.F, 10 de diciembre
del 2002, pagina 6; Y Se Abre la Caja de Pandora,
Periódico Zócalo No. 53, , México,
D.F, julio del 2004, pagina 14 y Fuentes, Félix,
Los Medios Como Ministerios Públicos,
Revista Siempre No 2666, México, D.F,
18 de julio del 2004, pagina 15.
8 Los medios:
actores, jueces y escenario de videoescándalos,
Entrevista con Virgilio Caballero Pedraza, periódico
Zócalo No. 50, México, D.F, abril
del 2004, pagina 6 y Juicios Paralelos, periódico
La Crónica, México, D.F, 20 de
julio del 2004.
9 Villanueva,
Ernesto, Medios, transparencia y democracia,
Revista Proceso No. 1427, Revista de Información
y Análisis, México, D.F, 7 de marzo
del 2004, pagina 58 y Villanueva, Ernesto, Medios
y presunción de inocencia, Revista Proceso
No. 1213, Revista de Información y Análisis,
México, D.F, 30 de enero del 2000, pagina,
49.
10 Villanueva,
Ernesto, Medios, juicios paralelos y poder, Revista
Proceso No. 1433, Revista de Información
y Análisis, México, D.F, 18 de
abril del 2004, pagina 8.
11 Sarmiento,
Sergio, Corrupción por televisión,
Revista Siempre, 7 de marzo del 2004, pagina
12 y Litigar el los medios para ganar simpatizantes,
Revista Siempre No. 2660, México, D.F,
6 de junio del 2004, paginas 36 y 37.
12 Caballero
Pedraza, Virgilio Dante, Los medios en el lodazal:
¿ El poder del poder ?, Revista Los Periodistas,
Fraternidad de Reporteros de México, A.C,
México, D.F, abril del 2004, pagina 36;
Munguía, Jacinto R, Espionaje: Medios
electrónicos y CISEN, periódico
Zócalo No. 50, México, D.F, abril
del 2004, pagina 9 y Litigar el los medios para
ganar simpatizantes, Revista Siempre No. 2660,
México, D.F, 6 de junio del 2004, paginas
36 y 37.
13 González
Llaca, Edmundo, Los escándalos y los medios.
Relaciones peligrosas, Excelsior, 13 de mayo
del 2004, pagina 7-A.
14 Fuentes,
Félix, Los Medios Como Ministerios Públicos,
Revista Siempre No 2666, México, D.F,
18 de julio del 2004.
15 Todo el
poder, Revista Proceso No. 1433, Revista de Información
y Análisis, México, D.F, 18 de
abril del 2004, pagina 7.
16 Villanueva,
Ernesto, Medios, transparencia y democracia,
Revista Proceso No. 1427, Revista de Información
y Análisis, México, D.F, 7 de marzo
del 2004, pagina 58; Villanueva, Ernesto, Medios
y presunción de inocencia, Revista Proceso
No. 1213, Revista de Información y Análisis,
México, D.F, 30 de enero del 2000, pagina,
49.
17 Litigar
el los medios para ganar simpatizantes, Revista
Siempre No. 2660, México, D.F, 6 de junio
del 2004, paginas 36 y 37.
18 Castro
y Castro, Juventino, Derecho y Responsabilidad
del Periodista, Discurso del Ministro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, Ceremonia
de Entrega del Premio Pagés Llergo 2002,
Revista Siempre, Museo de Antropología
e Historia, México, D.F, 10 de diciembre
del 2002, pagina 6.
19 Los medios:
actores, jueces y escenario de videoescándalos,
periódico Zócalo No. 50, México,
D.F, abril del 2004, pagina 6.
20 Septién,
Jaime, Teoría del videoescándalo,
Revista Siempre No. 2660, México, D.F,
6 de junio del 2004.
21 Maza,
Enrique, Linchamiento mediático, Revista
Proceso No. 1429, Revista de Información
y Análisis, México, D.F, 21 de
marzo del 2004, pagina 23 y 24.
22 Caballero
Pedraza, Virgilio Dante, Los medios en el lodazal:
¿ El poder del poder ?, Revista Los Periodistas,
Fraternidad de Reporteros de México, A.C,
México, D.F, abril del 2004, pagina 36
y Gómez Valero, Carlos, El video escándalo,
golpe a la transición, documento inédito,
México, D.F, pagina 2.
Referencias:
LIBROS
Y REVISTAS
-
Caballero Pedraza, Virgilio Dante, Los medios
en el lodazal: ¿ El poder del poder ?,
Revista Los Periodistas, Fraternidad de Reporteros
de México, A.C, México, D.F, abril
del 2004.
-
Caballero Pedraza, Virgilio Dante, Los medios
en el lodazal: ¿ El poder del poder ?,
Revista Los Periodistas, Fraternidad de Reporteros
de México, A.C, México, D.F, abril
del 2004.
-
Castro y Castro, Juventino, Derecho y Responsabilidad
del Periodista, Discurso del Ministro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, Ceremonia
de Entrega del Premio Pagés Llergo 2002,
Revista Siempre, Museo de Antropología
e Historia, México, D.F, 10 de diciembre
del 2002.
-
Corrupción por televisión, Revista
Siempre, México, D.F., 17 de marzo del
2004.
-
Fernández Meléndez, Jorge, El Mundo
Más Allá del Video Escándalo,
Revista Milenio, México, D.F, 15 de marzo
del 2004.
-
Fuentes, Félix, Los Medios Como Ministerios
Públicos, Revista Siempre No 2666, México,
D.F, 18 de julio del 2004.
-
Gauraleri, Gianpiero, La galaxia de Mc Luhan,
Editorial ATE, España, 1981.
-
Gómez Valero, Carlos, El video escándalo,
golpe a la transición, documento inédito,
México, D.F.
-
La Procuraduría General de Justicia, decepcionante
papel, Revista Siempre No. 2661, México,
D.F, 13 de junio del 2004.
-
Litigar el los medios para ganar simpatizantes,
Revista Siempre No. 2660, México, D.F,
6 de junio del 2004.
-
Maza, Enrique. Linchamiento mediático,
Revista Proceso No. 1429, Revista de Información
y Análisis, México, D.F, 21 de
marzo del 2004.
-
McBride, Sean, Un sólo mundo. Voces múltiples
Comunicación e información en nuestro
tiempo, Fondo de Cultura Económico, México,
D.F, 1985.
-
Sarmiento, Sergio, Corrupción por televisión,
Revista Siempre, 7 de marzo del 2004.
-
Scherer Ibarra, María, Telearquía,
Revista Proceso No. 1427, Revista de Información
y Análisis, México, D.F., 27 de
marzo del 2004.
-
Septién, Jaime, La presencia de la cámara,
Revista Siempre, 28 de marzo del 2004.
-
Septién, Jaime, Teoría del videoescándalo,
Revista Siempre No. 2660, México, D.F,
6 de junio del 2004.
-
Villanueva, Ernesto, Medios y presunción
de inocencia, Revista Proceso No. 1213, Revista
de Información y Análisis, México,
D.F, 30 de enero del 2000.
-
Villanueva, Ernesto, Medios, juicios paralelos
y poder, Revista Proceso No. 1433, Revista de
Información y Análisis, México,
D.F, 18 de abril del 2004.
-
Villanueva, Ernesto, Medios, transparencia y
democracia, Revista Proceso No. 1427, Revista
de Información y Análisis, México,
D.F, 7 de marzo del 2004.
HEMEROGRAFIA
-
Benassini Félix, Claudia, Video Política,
periódico Zócalo No. 50, periódico
Zócalo No. 50, México, D.F, abril
del 2004.
-
Fuentes, Félix, Los Medios Como Ministerios
Públicos, Revista Siempre No 2666, México,
D.F, 18 de julio del 2004.
-
González Llaca, Edmundo, Los escándalos
y los medios. Relaciones peligrosas, Excelsior,
13 de mayo del 2004.
-
Juicios Paralelos, periódico La Crónica,
México, D.F, 20 de julio del 2004.
-
Los medios: actores, jueces y escenario de videoescándalos,
Entrevista con Virgilio Caballero Pedraza, periódico
Zócalo No. 50, México, D.F, abril
del 2004.
-
Munguía, Jacinto R, Espionaje: Medios
electrónicos y CISEN, periódico
Zócalo No. 50, México, D.F, abril
del 2004.
-
Y Se Abre la Caja de Pandora, Periódico
Zócalo No. 53, , México, D.F, julio
del 2004
Dr.
Javier Esteinou Madrid
Investigador Titular del Departamento de Educación
y Comunicación de la Universidad
Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco,
México, D.F., México |