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Por Javier Esteinou
Número
45
La transición
pacífica a la democracia
El desarrollo desigual seguido por la sociedad
mexicana durante el siglo XX, gestó gradualmente,
a lo largo de varias décadas, fuertes
contradicciones estructurales que produjeron
muchas tensiones sociales que exigieron colectivamente
respuestas y salidas históricas correctivas.
Así, ésta situación generó
un largo proceso de surgimiento y acción
profunda de grupos sociales que adquirieron forma
gradualmente con el Movimiento Estudiantil de
1968, el despertar civil con el terremoto de
1975, el movimiento de protesta social generado
con las elecciones frustradas del cardenismo
en 1988, el levantamiento zapatista el 1 de enero
de 1994, la autonomía del Instituto Federal
Electoral en 1996 y finalmente, cristalizó
con las elecciones democráticas del 2
de julio del 2000, donde el Partido Revolucionario
Institucional (PRI) fue substituido, después
de 70 años en el poder, por el Partido
Acción Nacional (PAN).
Con ello, se
produjo lentamente un proceso pacífico
de transición a la democracia que desembocó
en la exigencia de abandonar radicalmente el
viejo régimen político. Clamor
colectivo de la comunidad nacional que no sólo
demandó la transformación del anterior
orden económico, político, financiero,
electoral, laboral, urbano, burocrático,
etc. de la República; sino también
de las estructuras informativas. Es decir, con
este cambio de dirección política
la sociedad mexicana también eligió
la vía de construir otro modelo de comunicación
que permita la creación de un Nuevo
Orden Comunicativo Nacional que, por una
parte, rescate los derechos de comunicación
básicos de la ciudadanía, por otra,
posibilite la participación comunicativa
de los grandes grupos sociales y finalmente,
aporte nuevos equilibrios informativos para la
sobrevivencia social.
Por ello, la
transformación del sistema político
mexicano que se dio después de 70 años
con la transición pacífica a la
democracia, requiere para su consolidación,
no sólo la modificación de las
arcaicas estructuras de la gobernabilidad del
viejo Estado decadente que operaron durante mucho
tiempo hasta llevarnos al caos social; sino que
ahora además exige la modificación
del actual sistema cerrado, vertical, viciado
y autoritario de comunicación nacional
que dominó en las últimas décadas.
Esto es, el proceso de construcción de
la democracia en México no se puede alcanzar
sin la profunda democratización de las
estructuras de información: Democracia
social es sinónimo de apertura y pluralidad
de los sistemas de información, por consiguiente,
no puede existir democracia, si no existen estructuras
de comunicación plurales y democráticas.
En la actualidad,
no puede edificarse un gobierno moderno y avanzado,
sin la transformación democrática
e integral de sus instituciones de cultura y
de información, ya que es a través
de ellos, como se realiza cotidianamente la principal
forma de conducción, organización
y participación colectiva en comunidad.
Es desde la democratización del sistema
mediático de información como se
puede reconstruir de manera principal el tejido
democrático y participativo de la sociedad.
Por consiguiente,
para gobernar equilibradamente el Estado mexicano
moderno en éste nuevo período de
cambio pacífico a la democracia, se tiene
que crear, por una parte, las condiciones para
que la sociedad esté permanente y ampliamente
informada sobre sus problemas fundamentales y
no sobre las simples frivolidades modernizantes
que crea el ciclo de la moda occidental, los
oportunismos políticos coyunturales o
las necesidades de incrementos del raiting. Por
otra parte, debe asegurar la existencia de derechos
jurídicos para que los grandes grupos
sociales puedan acceder como emisores de mensajes
a los medios de información colectivos,
para que participen en la gestión de los
procesos públicos.
El mecanismo
central para elaborar éste nuevo modelo
de comunicación nacional, se da fundamentalmente
a través de la realización de la
reforma integral del Estado mexicano. Por ello,
para reformar al Estado en materia de comunicación;
es indispensable, modificar el viejo pacto social
de comunicación unilateral, hermético,
obsoleto y discrecional que existió entre
las diversas áreas del Estado y otras
instancias de poder y que sirvió de base
para consolidar durante tres cuartas partes del
siglo XX al decadente régimen político
anterior. Ahora, es necesario construir, mediante
la reforma del Estado, una nueva relación
de naturaleza abierta, transparente y democrática
que permita que los ciudadanos participen colectivamente,
para contribuir a enriquecer el espectro político-cultural
de nuestra nación y crear una cultura
civilizatoria superior que nos permita sobrevivir
pacífica y humanamente en nuestro país.
La consolidación
de la reforma del Estado mexicano requiere la
indispensable transformación democrática
profunda de las estructuras de información
ya que son estos espacios los desde los cuales
se organiza, moviliza, articula y dirige, diaria
y principalmente, de manera colectiva a los habitantes
de la nación. Debido a su peso central
sobre la dirección de la nación,
en una sociedad democrática los principales
poderes siempre deben estar supervisados y reglamentados
por el interés general de la sociedad
en su conjunto y esto sólo se puede lograr
conservando al Estado como rector nacional del
bien público.
Dicho modelo
de comunicación se debe distinguir, entre
otras características, por formar ciudadanos
y no sólo espectadores o consumidores
consuetudinarios. Debemos de considerar, que
para ejercer el derecho a
Ser ciudadano
se requiere la existencia de un sistema democrático
que permita la libre difusión informativa
y de opiniones cuya sustancia brinde elementos
para decidir sus destinos personales y sociales.
La condición de ciudadanía sólo
puede ejercerse si se garantiza, promueve y
respeta el derecho a la información,
ya que en la naturaleza de este subyace el prerrequisito
de toda democracia: La transparencia del ejercicio
público, el debate e intercambio de ideas
e informaciones, la rendición de cuentas,
la asunción de reglas claras en todos
los terrenos de la vida social y política1.
En pocas palabras,
sólo con la aplicación del Derecho
a la Información, se puede ser ciudadano;
sin la aplicación de éste, sólo
se es súbdito del poder o consumidor del
mercado.
Para realizar
la reforma del Estado en materia de información
colectiva, se liberaron en el año del
2002, dos grandes procesos comunicativos en el
seno de la sociedad mexicana que abren nuevas
posibilidades para crear otros cimientos democráticos
para nuestra vida colectiva. Por una parte, la
aprobación en el Congreso de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental, y por otra,
la presentación inédita en el Congreso
de la Iniciativa Ciudadana de Ley Federal
de Radio y Televisión.
La Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental
Así,
en cuanto a la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública
Gubernamental, fue enormemente trascendental
que el Congreso de la Unión incluyera
en la Constitución Política Mexicana
el acceso a la información publica, como
una nueva garantía ciudadana básica
de los habitantes del siglo XXI. La Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental fue aprobada por
la Cámara de Diputados, el 24 de abril
del 2002, por unanimidad de 411 votos2
y en el Senado de la República, el 30
de abril con unanimidad de 86 votos a favor3.
La esencia
de esta Ley parte del concepto elemental que
señala que toda información gubernamental
es pública, salvo la que sea considerada
como clasificada o reservada. Su finalidad es
“aportar lo necesario para garantizar el
acceso de toda persona a la información
en posesión de los Poderes de la Unión,
los órganos constitucionales autónomos
o con autonomía legal, y cualquier otra
entidad federal”4.
Sus objetivos
son:
I. Proveer
lo necesario para que toda persona pueda tener
acceso a la información mediante procedimientos
sencillos y expeditos;
II. Transparentar
la gestión pública mediante la
difusión de la información que
generan los sujetos obligados;
III. Garantizar
la protección de los datos personales
en posesión de los sujetos obligados;
IV. Favorecer
la rendición de cuentas a los ciudadanos,
de manera que puedan valorar el desempeño
de los sujetos obligados;
V. Mejorar
la organización, clasificación
y manejo de los documentos, y
VI. Contribuir
a la democratización de la sociedad mexicana
y la plena vigencia del Estado de derecho5.
La aprobación
de dicha normatividad significa una gran conquista
ciudadana en el terreno de la reforma del Estado,
equivalente a un parteaguas y un cambio paradigmático,
por el cuál se luchó durante más
de 25 años en la historia moderna de México,
por las siguientes 5 razones:
1.- Representa
un cambio sustancial en la relación participativa,
ciudadana e informativa existente entre gobierno-sociedad,
pues con ella las personas adquieren una herramienta
que les permite pasar de ser simples habitantes
de territorios a ser ciudadanos con derecho a
estar informados sobre los asuntos públicos6.
2.- Es un avance muy importante en la consolidación
de la reglamentación de sólo una
parte del Derecho a la Información Consagrado
en el artículo 6° de la Constitución
Mexicana, en lo relativo al acceso a la misma
y que desde 1977 no se tuvo voluntad política
para reglamentarlo7,
señalando reiteradamente que no se le
encontraba la “cuadratura al círculo”;
y por lo tanto, para no hacerlo efectivo8.
En este sentido, es muy importante aclarar que
esto no significa, en ningún momento,
que ya todo el Derecho a la Información
esté reglamentado. Este garantía
constitucional sólo desagrega una parte
de dicha realidad, ya que el Derecho a la Información
“es muy amplio y trasciende sensiblemente
la sola obligación gubernamental de hacer
disponible y proporcionar la información
generada por el Estado; sin duda son las entidades
públicas sobre las que recae en mayor
medida, la obligación señalada.....,
pero no se agota ahí”9.
Intentar agotar
ésta realidad con una interpretación
contraria, argumentando que ésta es únicamente
una responsabilidad que sólo le corresponde
al Estado; sería desconocer que engloba
otros derechos fundamentales de los ciudadanos
frente a los medios de comunicación y
al propio Estado, así como los derechos
de los trabajadores de los medios de comunicación
(tanto al interior de la empresa periodística,
como frente a la autoridad)10.
Sería pretender reducir el todo a una
sola de sus partes.
3.- Con la inclusión
constitucional de éste derecho civil como
garantía ciudadana básica. el acceso
a la información pública es contemplada
como un bien y un derecho público al cual
han de acceder y ejercer todos los mexicanos
y no sólo como una mercancía más
regulada por las leyes del mercado, los caprichos
o intereses políticos. Sin acceso a la
información, no existe desarrollo; y sin
acceso a la práctica de la comunicación
por los grandes grupos sociales, no hay democracia.
4.- Este hecho,
es un paso fundamental “para el desmantelamiento
de instituciones autoritarias, que no se destruyen
con la simple alternancia en el poder. El autoritarismo
y la corrupción en México tuvieron
el basamento de una larga cultura del secreto,
la opacidad y el manejo discrecional de la información..
En la casi confidencialidad total se mantuvieron
múltiples procesos de licitación,
procesos de venta de activos nacionales, beneficiarios
de múltiples concesiones de bienes públicos,
salarios y prestaciones de funcionarios, destinatarios
de programas oficiales, normatividades internas
de diversas dependencias y la forma de ejercicio
del gasto público en casi todas las partidas
presupuéstales; en la oscuridad, se dieron
los mayores asaltos al erario, múltiples
abusos y atropellos, privilegios indebidos y
favoritismos ilegales se escondieron para la
opinión pública”11.
5.- Es un ejemplo
de participación política muy relevante
que ilustra como las aportaciones de los ciudadanos,
la sociedad civil y de la academia pueden ser
centrales para definirla reforma del Estado y
la naturaleza y orientación de las leyes
sobre información y cultura.
En este sentido,
podemos afirmar que en el pasado:
La autoridad
en México ha estado protegida por un
marco legal que dificultó a los ciudadanos
acceder a la información pública
y que no obligó a la autoridad a entregarla.
Esta legislación permitió que
la autoridad actúe con la mayor discrecionalidad
dentro y fuera de la ley. La voluntad de aquellos
en el pode es la que ..., ha imperado en el
ámbito político, en el económico
o en el judicial. Los particulares no han podido
hacer tres preguntas claves a la autoridad ¿Qué
hace? ¿Cómo lo hace? y ¿Por
qué lo hace?12.
En otras palabras,
La intransparencia
y oscuridad de los actos públicos han
sido los medios perversos para el florecimiento
del abuso de poder, de violación brutal
de los derechos humanos, de la corrupción
y de la ilegalidad impune. Abrir la actividad
del Estado para obligar a la entrega oportuna
de información útil y veraz desde
las autoridades a los órganos de control
y a los gobernados, constituya el antídoto
más eficaz contra esos desvíos
del poder, al establecer democráticamente
el control ciudadano de la gestión publica13.
Hay que recordar
que el viejo régimen de poder nacional
fue un modelo criptográfico que a partir
del control y manipulación de la información
pública, construyó durante las
últimas 7 décadas del siglo XX,
una estructura autoritaria, elitista, prepotente,
unipartidista, discrecional, caciquil, manipuladora,
opaca, etc. del sistema político en el
país. Con la aplicación de esta
oscura dinámica informativa y cultural
se privatizó lo público y lo privado
se volvió público. Así,
los asuntos colectivos se manejaron como particulares
y el Estado se privatizó.
No debemos
olvidar que la información es poder y
cuándo ésta se maneja discrecionalmente,
se manipula la conservación del poder.
La “impunidad siempre se ha alimentado
en el ocultamiento de la información o
en el desvío de la misma de acuerdo con
los intereses de los grupos dominantes”14.
De ésta
forma, con la nueva Ley se podrá pasar
de un régimen de secrecía y de
gran discrecionalidad que funcionó durante
mucho tiempo en México, a otro con espacios
de creciente apertura para que la información
que pertenece al público se convierta
en un bien social y no un simple recurso más
del poder15.
No debemos olvidar el principio básico
de gobernabilidad consistente en que el incremento
al acceso a la información es inversamente
proporcional al autoritarismo y el control social.
Con la inclusión
constitucional del derecho civil a la transparencia
y acceso a la información pública,
se construirá cada vez más el Estado-Cristal,
que a diferencia de la discrecionalidad, el hermetismo
y el autoritarismo del Estado Opaco que durante
décadas ha funcionado en nuestro país;
éste nuevo Estado se distinguirá
por su transparencia y apertura de gestión
pública, al grado de poder ser tan nítido
como el cristal. El gobierno se comportará,
cada vez más, como una estructura de cristal
que podrá ser observado por toda la sociedad
interesada. Dicho Estado-Cristal que debe estar
blindado con un margen muy limitado de la información
que se considera como reservada para poder ejercer
como máxima autoridad rectora y preservar
la seguridad nacional y el resto del universo
informativo debe ser abierto para ser conocido
(Cuadro No. 1).
CUADRO
No. 1
CARACTERISTICAS INFORMATIVAS DEL ESTADO OPACO
Y DEL
ESTADO CRISTAL EN MEXICO
AREA
DE FUNCIONAMIENTO SOCIAL |
ESTADO
OPACO |
ESTADO
CRISTAL |
Esencia
|
Es discrecional |
Es transparente |
Esencia
|
Es autoritario |
Tiende a
la democracia |
Esencia
|
Es cerrado |
Es abierto |
Gobernabilidad |
Promueve
el régimen Autocrático y despótico |
Fomenta el
sistema Democrático y civilizado |
Gobernabilidad |
Fomenta la
cultura presidencialista |
Promueve
la cultura parlamentaria |
Gobernabilidad |
Impone reglas
obscuras de gobernabilidad |
Fija normas
claras de gobernabilidad |
Gobernabilidad |
Evita que
la sociedad lo vigile y evalúe |
Promueve
que la sociedad lo vigile y evalúe |
Gobernabilidad |
No rinde
cuentas |
Rinde cuentas
a la sociedad |
Impacto
social |
Favorece
la impunidad, el elitismo, la mentira, la prepotencia,
la verticalidad, el disimulo, la corrupción,
el ocultamiento y la ignorancia |
Respeta y
Promueve el Estado de Derecho |
Impacto
social |
Privatiza
y secuestra lo público |
Convierte
en colectivo los asuntos públicos. |
Impacto social |
Fomenta el
autoritarismo |
Fomenta la
ciudadanía |
Impacto
social |
Promueve
la unilateralidad |
Promueve
la bilateralidad y la pluralidad |
Impacto
social |
Es manipulador |
Promueve
la participación social |
Práctica
de la información |
No reconoce
que la información gubernamental es
pública (Concepción patrimonialista
de la Información) |
Reconoce
la información gubernamental como un
bien y derecho público (Concepción
civil del manejo informativo) |
Consecuencias
sobre la comunicación social |
Controla
la información |
Distribuye
la información a la sociedad |
Consecuencias
sobre la comunicación social |
Promueve
las filtraciones y tráfico de influencias
informativas |
Facilita
la comunicación ética y de investigación |
Derechos
ciudadanos |
No promueve
el Derecho a La Información |
Promueve
el Derecho a la Información |
Con
este proceso de apertura informativa, se generarán,
entre otros, los siguientes 18 beneficios y avances
sociales.
1.- Se transformará
la relación social tradicional existente
entre Estado y ciudadanía para convertirla
en un pacto más democrático al
introducir los procesos de apertura, transparencia
y rendición automática de cuentas
públicas16.
2.- Se reconoce
que toda la información gubernamental
es pública, salvo la expresamente tipificada
como reservada. Con ello, se acepta que la información
pública le pertenece al ciudadano y no
al Estado.
3.- Se terminará
con la cultura patrimonialista de comprender
y operar la información social, especialmente
gubernamental, como una simple mercancía
regida por los criterios del mercado o por los
caprichos o veleidades del poder; para entenderla
ahora, como un bien público, al cual podrán
acceder todos los ciudadanos.
4.- Con esta
ley se desagrega una parte muy importante del
Derecho a la Información incluido en el
artículo 6° de la Constitución
Política Mexicana y se le hace realidad
como normatividad secundaria de esta garantía
constitucional.
5.- Se transparentará
la gestión pública, se favorece
la rendición de cuentas y se contribuye
a la consolidación de una cultura de confianza
entre gobernantes y gobernados.
6.- Se acotará
el poder público desde el momento en que
se restringe al máximo la discrecionalidad
oficial y se escruta, vigila, evalúa y
contrapesa permanentemente la acción publica.
Con ello, a largo plazo, la dinámica de
la rendición de cuentas y no el ocultamiento
de los datos, será un nuevo hábito
y valor central de la cultura política
y cívica nacional.
7.- Cualquier
ciudadano podrá solicitar la información
pública señalada en la Ley, siguiendo
los procedimientos correspondientes.
8.- Se reducirá
la corrupción gubernamental al transparentar
los procesos de la gestión pública
e implementar procesos de escrutinio y rendición
de acciones. Con ello, se transparentara y reducirá
el ocultamiento, la mentira, el disimulo y la
ignorancia. El gobierno estará colocado,
cada vez, más en una caja de cristal que
podrá mirar la ciudadanía.
9.- Se promoverá
el comportamiento ético de los servidores
públicos desde el momento en que su acción
queda expuesta al conocimiento y calificación
pública.
10.- Se contribuirá
a crear ciudadanos reales desde el momento que
se les dota de mayor información estratégica
sobre la cuestiones públicas para que
estén informados y puedan ejercer sus
derechos de acción individual o colectiva.
11.- Se elevará
el nivel profesional del quehacer político,
pues con el acceso abierto a la información
gubernamental se conocerá a fondo el desempeño
de la administración publica.
12.- Se reforzará
el proceso de la democracia pues permitirá
mayor participación abierta e los diversos
sectores sociales en los procesos públicos.
Se tomarán decisiones de gobierno más
sanas y menos viciadas.
13.- Se fortalecerá
y posibilitará de manera más integral
el ejercicio y preservación del Estado
de Derecho en México.
14.- El mecanismo de filtrar información
a los medios de información para elaborar
noticias se reducirá o terminará,
desde el momento en que el acceso a los datos
gubernamentales será abierta a todos los
comunicadores y sectores sociales.
15.- A nivel
ético y cultural la transparencia informativa
promoverá los valores sociales de la honestidad,
la rectitud, la eficiencia y la profesionalización
de la administración pública. El
impulso de dichos valores, a largo plazo, impactará
en la construcción y fortalecimiento de
otros valores para reformar moralmente a la sociedad.
16.- Se podrá
construir una opinión pública más
sólida desde el momento en que se crean
condiciones para que florezca el periodismo de
investigación al abrir los archivos y
fuentes públicas.
17.- Con la
aprobación de esta Ley se abre el camino
para que los medios masivos de información,
impresos y electrónicos puedan ser regulados
atendiendo a las circunstancias actuales, entre
las cuales figuran, las necesidades educativas,
la protección de derechos ciudadanos de
los lectores y audiencia o video audiencia que
se encuentran hasta ahora mal protegidos17.
18.- Finalmente,
con este derecho la sociedad madurará
hacia etapas más civilizadas porque los
procesos de la gobernabilidad nacional se transparentarán,
se abrirán, se racionalizarán más
y reducirán su margen de secrecía.
Dicha ley generó
un efecto dominó produciendo en los Congresos
Estatales de Puebla, Tlaxcala, Morelos, Sinaloa,
Chiapas, Sonora, Nuevo León, Zacatecas
y Michoacán iniciativas similares para
generar leyes estatales de Transparencia y Acceso
a la Información Pública Estatal
y el único que se ha opuesto es el Estado
de México18.
Para avanzar a nivel regional en la consolidación
de éste proceso de acceso a la información
pública nacional y fortalecer los mecanismos
de la democracia, sería muy conveniente
que en las entidades federativas, en un plazo
no mayor a tres meses, se abra al conocimiento
de la opinión pública todos los
archivos oficiales. Con ello, dará ejemplo
de empezar a gobernar de manera distinta a sus
antecesores, desde el momento en que se transparentan
los mecanismos de gobernabilidad y se acota la
velación gubernamental.
Aunque dicha
Ley entrará en vigor hasta el, ante estos
avances normativos debemos preguntarnos ¿Cuáles
son las principales áreas que urgentemente
se deben abrir para avanzar en la transición
pacífica a la democracia? ¿Qué
ganarán los medios de comunicación
con ésta apertura? ¿De qué
forma ésta ley se puede considerar reglamentaria
del Derecho a la Información, sin que
agote otros aspectos del mismo, como son como
la Reforma Integral de los Medios Electrónicos,
la Ley de Telecomunicaciones, la Ley de Protección
de Datos Personales?, etc.19.
Sin embargo,
no obstante éstos grandes progresos políticos
y legislativos que implica la existencia de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental, ésta conquista
representa no un punto de llegada final, sino
un punto de partida para transformar la dinámica
de participación de la sociedad Mexicana.
En este sentido, todavía quedan pendientes
de realizar y perfeccionar los siguientes 13
aspectos:
1.- Es necesario
realizar una modificación constitucional
que garantice la autonomía absoluta del
Órgano Autónomo, para que:
Al igual que
la Comisión Nacional de Derechos Humanos,
pueda emitir recomendaciones vinculatorias para
los tres poderes, pues no hay que dejar pasar
que aunque la Ley contempla como sujetos obligados
al Poder Judicial y al Poder Legislativo, les
dejará a éstos la facultad de
nombrar su propio órgano de vigilancia.
Esa laxitud podría ser tan ineficaz como
la llamada autorregulación ética
de los medios de comunicación20.
2.- Se requiere
definir los procedimientos para que “se
pueda obtener la información del Poder
Legislativo y Judicial, ya que, por ejemplo en
el Poder Judicial dará la información
hasta que las sentencias “cauce estado”
y no durante el proceso en curso como se hace
en los países avanzados”21.
En éste sentido, se debe avanzar hacia
una apertura total de los poderes Legislativo
y Judicial
3.- Es necesario
seguir avanzando en la reglamentación
al Derecho a la Información, pues la Ley
de Transparencia y Acceso a la Información
es sólo una vertiente o una rama de las
múltiples aristas del mismo y por consiguiente,
no significa que ya se cubrió toda la
cobertura que le corresponde. El acceso a la
información pública gubernamental
no representa cubrir todo el Derecho a la Información,
se requiere seguir contemplando otras legislaciones
que reformen la Ley Federal de Radio y Televisión
y otras normatividades para que, por ejemplo,
las concesiones otorgadas a los propietarios
de los medios se transparenten; para que otros
grupos distintos a los tradicionales concesionarios
tengan acceso a las frecuencias de radio y televisión;
para que los medios rindan cuenta pública
de su política de programación;
para establecer el elemental Derechos de Réplica
en los canales electrónicos; para que
los periodistas revindiquen su labor su derecho
de secreto profesional y cláusula de conciencia
y para revindicar otros derechos de los trabajadores
de los medios, entre otros22.
4.- Es conveniente
modificar el procedimiento de elección
de los 5 Consejeros del Instituto Federal de
Acceso a la Información Pública,
pues si la esencia de dicha Ley es combatir la
discrecionalidad y promover la transparencia
del Estado, no es recomendable que los responsables
sean nombrados por el Poder Ejecutivo y sólo
reconfirmados o negados por el Poder Legislativo.
Debido a la experiencia histórica de conjunción
de “intereses” entre el poder presidencial
y los partidos, que demostró el alto nivel
de práctica de secrecía que se
tuvo entre ambos el pasado, este candado político
no es suficiente garantía para preservar
la imparcialidad de los nombramientos. Por ello,
debido a la grandísima responsabilidad
sobre el conocimiento de la vida publica que
tendrán dichos nominados, especialmente
sobre las áreas reservadas, de seguridad
nacional o confidenciales, se requiere que tengan
todo el respaldo consensuado del Congreso.
5.- Es fundamental
incluir en esta ley o en otra complementaria
la responsabilidad que les corresponde a las
empresas privadas que manejan información
pública, especialmente de alto impacto
social, pues de lo contrario se está considerando
que el fenómeno de lo público sólo
es producido por el gobierno y no también
con la participación de las empresas comerciales
privadas. De otra forma, se dejará un
gran vacío jurídico que permitirá
que se produzca impunidad y abuso de las empresas
privadas en éste rubro. Mientras no se
reglamente en este terreno el acceso ciudadano
a la información todavía será
una garantía incompleta.
6.- Es urgente
que se reglamente el nivel de responsabilidad
y penas correspondientes de los 5 Consejeros
del Instituto, si al terminar su periodo de gestión
difunden o liberan la información reservada
o confidencial que todavía debe ser protegida
por 12 años más. De lo contrario,
puede quedar un vacío legal que permita,
a mediano plazo, la práctica de la discrecionalidad
y el tráfico de influencias informativas
y políticas.
7.- Es muy importante
que se legisle a nivel local, municipal o estatal
el acceso a la información pública,
pues allí está la información
más cotidiana que afecta la vida de los
particulares, como son los datos sobre los servicios
públicos, el uso del suelo, la policía,
el nivel de seguridad, etc. De nada serviría
tener una estupenda ley federal de acceso a la
información, si no se complementa con
una legislación locas o municipal23.
8.-Se debe precisar
que “el acceso a las deliberaciones de
asuntos públicos es tan importante como
conocer el resultado de las mismas”24.
9.- Faltan sanciones,
“no sólo administrativas, para los
funcionarios que incumplan con los ordenamientos
de la apertura informativa”25.
10.- Para asegurar
la disponibilidad de información y la
agilidad en el acceso a ella, es indispensable
contar con una Ley de Archivos Públicos
y Reuniones Abiertas que para que las instituciones
puedan nutrir constantemente de información
veraz y oportuna a la sociedad y facilite la
localización de información por
parte del ciudadano.
11.- Se requiere
“elaborar una nueva mentalidad de los servidores
públicos para liberar la información
pública”26.
12.- Es necesario
“incentivar una cultura ciudadana para
que las personas sepan como usar esta herramienta
jurídica en su beneficio cotidiano”27.
13.- Finalmente,
las oficinas de Comunicación Social gubernamental
deben transformarse de ser instancias de elaboración
de boletines ad hoc o propaganda para
defender la imagen del jefe, grupo o dependencia
en turno, y convertirse en áreas de ciudadanización
de la información pública que les
corresponde manejar.
La disposición
operativa de este derecho constitucional a partir
del 2003 ocasionará que los medios de
difusión colectivos en su necesidad de
obtener información fresca, oportuna y
exclusiva para conquistar mayores márgenes
de raiting y competir contra el resto de las
empresas del ramo, difundirán a la opinión
pública muchos informes escandalosos sobre
lo que se ha ocultado en los últimos 70
años de la vida nacional. Con ello, se
dará a conocer abruptamente una gran cantidad
de abusos, crímenes, corrupciones, conflictos
de intereses, violaciones, plutocracias, contubernios,
decadencia de lo público, etc. que se
cometieron básicamente por el viejo régimen
político, que provocará un shock
y una cruda de conciencia en la comunidad nacional,.
Ante este panorama,
debemos preguntarnos, si el actual sistema de
transición a la democracia en México
todavía está en alto porcentaje
cimentado en las viejas estructuras del antiguo
régimen de poder político, ¿hasta
dónde realistamente ya existen nuevas
estructuras de poder y organización democrática
y cívica que canalicen la frustración,
escepticismo y descontento social que surgirá,
hacia dinámicas de participación
y construcción que eviten el caos social?.
La iniciativa
ciudadana de Ley Federal de Radio y Televisión
Como forma de respuesta al decretazo legislativo
realizado el 10 de octubre del 2002 por el Poder
Ejecutivo, mediante la publicación de
un nuevo Acuerdo Presidencial sobre el Manejo
del 12.5% de los Tiempos de Estado y un
nuevo Reglamento para la Ley Federal de Radio
y Televisión, que dejó marginó
la iniciativa de reforma integral de los medios
electrónicos, instalada por la Secretaria
de Gobernación el 5 de marzo del 2001;
la sociedad civil y la academia organizada, presentaron
el 4 de diciembre del 2002 a las Comisiones de
Reforma del Estado del Senado de la República
y de la Cámara de Diputados una Propuesta
Ciudadana de Reforma a la Ley Federal de Radio
y Televisión28.
Dicha propuesta fue asumida por el Senado, con
la firma de los coordinadores parlamentarios
y los subcordinadores del PAN y PRD y el respaldo
de 62 legisladores, se presentó oficialmente
el 12 de diciembre como la Iniciativa Ciudadana
de Ley Federal de Radio y Televisión
ante el Senado de la República29.
La única excepción fue la fracción
parlamentaria del PRI que se negó a respaldarla
debido a las presiones que ejercieron los concesionarios
de radio y televisión sobre el Poder Legislativo
en vísperas pre electorales y solamente
se comprometió a legislar en la materia
sin definir con que espíritu político
que lo guiaría30.
Dicha iniciativa
de ley tiene como antecedente un largo anhelo
de la sociedad mexicana por diseñar un
nuevo modelo de comunicación y una nueva
relación más transparente, justa
y equitativa, entre los medios de comunicación
electrónicos, la sociedad y el Estado;
y rescata el espíritu y los avances de
los acuerdos logrados en la Mesa de Diálogo
en la Secretaría de Gobernación.
Sin embargo,
éste no es un fenómeno nuevo, pues
durante más de 20 años académicos,
organizaciones sociales y civiles, comunicadores
y trabajadores de los medios, legisladores y
ciudadanos propusieron, a través de diversas
consultas públicas, foros y propuestas
legislativas, una reforma a la Ley Federal de
Radio y Televisión. Momentos significativos
en este proceso fueron las consultas públicas
nacionales de 1980, 1983 y 1995. Posteriormente,
en 1999-2000, más de 600 organizaciones
sociales y civiles se unieron en el esfuerzo
denominado Poder Ciudadano, que concluyó
con la elaboración de propuestas para
la agenda de diversas temáticas, entre
ellas la de los Medios de Comunicación,
que fueron signadas por los entonces candidatos
a la Presidencia de la República en el
año 2000, entre ellos Vicente Fox31.
Este proceso
dio un salto cualitativo cuando, a principios
de 2001, la Secretaría de Gobernación
convocó a la Mesa de Diálogo para
la Reforma Integral de la Legislación
de los Medios Electrónicos, en la que
por primera vez se asumía desde la esfera
gubernamental, la necesidad de la participación
de la sociedad en la discusión del tema
y se ofrecía la posibilidad de dialogar
a todos los sectores interesados. En la Mesa
participaron representantes de las Secretarías
de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes,
de las Comisiones de Radio, Televisión
y Comunicaciones de la H. Cámara de Diputados
y la de Comunicaciones y Transportes de la H.
Cámara de Senadores, de los Partidos Revolucionario
Institucional, del Trabajo y de Acción
Nacional, de la Cámara Nacional de la
Industria de la Radio y la Televisión,
del Sistema de Televisoras y Radiodifusoras Estatales,
del Consejo Nacional para la Enseñanza
y la Investigación en Ciencias de la Comunicación,
y de los grupos organizados de la Sociedad Civil.
Desde el inicio
de los trabajos fue claro para todos los actores
la necesidad, impostergable, de una reforma integral
a la Ley Federal de Radio y Televisión,
que diera respuesta a la transformación
que el país había experimentado
a lo largo de más de cuarenta años.
En un clima de diálogo abierto y respetuoso
se lograron acuerdos y consensos en cada una
de las siete mesas de trabajo. Los referentes
jurídicos fundamentales para esta propuesta
fueron la Constitución General de la República,
la propia Ley Federal de Radio y Televisión,
los tratados internacionales relativos que han
sido suscritos por México y ratificados
por el H. Senado de la República y el
derecho comparado internacional en la materia.
Los fundamentos
para la elaboración de la propuesta recogen
el espíritu y los acuerdos fundamentales
tomados en la Mesa de Diálogo para
la Revisión Integral de la Legislación
en Medios Electrónicos, que a lo
largo de 19 meses trabajó en el marco
de la convocatoria plural realizada por la Secretaría
de Gobernación.
De ésta forma, mediante la presentación
de este proyecto, el Senado de la República
dio un decisivo paso trascendental para reconocer,
por primera vez, en toda su historia el derecho
de iniciativa ciudadana para modificar las reglas
de un proceso de comunicación nacional,
ya que en nuestro país aún no está
reconocido en la Constitución el derecho
ciudadano a iniciar leyes y que, sin duda, es
uno de los retos fundamentales de la transición
democrática y de una verdadera reforma
del Estad. Así, siguiendo el espíritu
institucional y renovador del 2 de julio del
2002, fue la sociedad organizada la que presentó
el resultado del diálogo y depositó
en el Congreso sus expectativas, exigiendo el
compromiso de avanzar en la reforma pertinente32.
Lo preocupante
del caso es que así como el Senado respaldó
ampliamente la inquietud y la convirtió
en iniciativa de ley principal, la Cámara
de Diputados “no la acogió formalmente
como proyecto legislativo eje, pues planteó
dictaminar las 18 iniciativas que existen desde
que la Ley Federal de Radio y Televisión
fue promulgada, sin tener un planteamiento central
que recupere las reformas fundamentales”33.
La iniciativa
tiene como motivación fundamental acotar
el amplio margen de discrecionalidad de la autoridad
en el uso de sus facultades, invalidando así
toda eficacia normativa. En los nuevos tiempos
del México de transición a la democracia,
no se puede permitir la permanencia de viejas
formas de relación entre los medios, el
Estado y la sociedad, razón por la cual
los legisladores, junto con la sociedad, deben
establecer una congruencia normativa integral,
que defina las reglas de los medios electrónicos,
tanto para integrar a nuestro país al
proceso de reconversión tecnológica,
así como también eliminar formas
autoritarias y discrecionales, en su aplicación
y vigencia.
En términos generales, ésta es
una iniciativa democrática para la justicia,
porque preserva derechos fundamentales de la
libertad de expresión y asegura el derecho
a la información de todos los mexicanos.
Con ella, se podrá aportar elementos fundamentales
para que los medios de comunicación mexicana
constituyan un sistema al servicio de la democracia
participativa que México requiere.
La iniciativa
sustentada en el reconocimiento de las relaciones
de los medios de comunicación con los
distintos poderes del Estado y con la sociedad,
busca entre otros las siguientes finalidades:
- Garantizar
el ejercicio de la libertad de expresión,
el derecho a la información y el derecho
de réplica como derechos ciudadanos básicos.
- Posibilitar
la constitución de una autoridad autónoma,
que otorgue seguridad y certeza jurídica
a los concesionarios, posibilite la independencia
efectiva del Ejecutivo y brinde a los ciudadanos
confianza y transparencia en el cumplimiento
adecuado de la Ley.
- Garantizar
la transparencia y la seguridad jurídica
en el otorgamiento, la supervisión y el
refrendo de las concesiones.
- Flexibilizar
el otorgamiento de permisos y el funcionamiento
de las emisoras con carácter no lucrativo.
- Precisar la
finalidad social y definir una figura jurídica
para los medios bajo explotación directa
del Estado.
- Permitir un
acceso y un tiempo de difusión más
amplio y equitativo a los distintos poderes y
organismos autónomos del Estado.
- Estimular
la producción nacional independiente,
a través de la creación de un Fondo
Público con este objetivo.
- Proteger al
público televidente, en especial a los
niños y adolescentes, y reducir la transmisión
de programas con alto contenido de violencia.
- Lograr una
regulación adecuada de la propaganda comercial.
La propuesta
ciudadana comprende los siguientes 12 puntos
fundamentales: Que sea una ley para el beneficio
social y no sólo económico; la
ciudadanización del Consejo Nacional de
Radio y Televisión; el Derecho de Réplica;
la abolición de todo tipo de censura;
la transparencia en el otorgamiento y refrendo
de las concesiones; los permisos para emisoras
con carácter no lucrativo; la definición
de una figura jurídica para los medios
del estado; el Fondo Nacional para la Producción;
los tiempos del Estado; el estímulo a
la producción nacional; la protección
al público televidente; y la regulación
de la propaganda comercial34.
1. Una Ley de
Beneficio Social, y no sólo Económico
Al igual
que el suelo, el agua y el subsuelo, el espacio
aéreo es propiedad de la Nación,
de todos los mexicanos. Las actividades de la
radio y la televisión son además
de interés público, y deben por
lo tanto atender al beneficio social de todos,
y no sólo al beneficio económico
de unos cuantos.
La propuesta
ciudadana no busca afectar los beneficios que
reciben los concesionarios, sino garantizar los
derechos y el acceso de los ciudadanos a la radio
y la televisión. Recupera el espíritu
de la discusión y los acuerdos convenidos
durante casi dos años en la Mesa de Diálogo,
en la que participaron los distintos partidos
políticos, el Ejecutivo, los concesionarios,
el sector académico y los grupos de la
sociedad civil.
2. La Ciudadanización
del Consejo Nacional de Radio y Televisión
Como el
Ejecutivo no es sólo representante del
Estado, sino también uno de los actores
políticos, su relación con los
concesionarios seguirá estando viciada
de origen, mientras tenga la facultad de otorgar
y revocar discrecionalmente las concesiones.
Es necesaria
una autoridad autónoma en materia de comunicación,
que pueda darle a los concesionarios seguridad
jurídica, al Ejecutivo independencia efectiva
y a los ciudadanos certeza, transparencia e imparcialidad
en el cumplimiento de la Ley y en el otorgamiento
de las concesiones y permisos.
Este punto constituye
de hecho el corazón de la propuesta ciudadana.
Piénsese en lo que ha significado la autonomía
del IFE para la transición a la democracia
y la transparencia en materia electoral.
3. El Derecho
de Réplica
El derecho
de réplica es un derecho ciudadano inalienable.
México ha signado y el Senado ratificado
ya tratados internacionales en los que se consagra;
por lo que tiene el carácter de Ley Suprema
de la Nación. Se establece su reglamentación
efectiva en la Ley, de manera que pueda ser exigible
y sancionable, precisando los mecanismos y condiciones
para su acceso y la autoridad responsable del
arbitraje.
El Ejecutivo
reconoció ya indirectamente la necesidad
de estas reformas, al defender con estos argumentos
el Reglamento aprobado el 10 de octubre. Se espera
un compromiso íntegro en este sentido.
4. Abolición
de todo tipo de Censura
El derecho
de información, de expresión y
de recepción es libre y no será
objeto de ninguna inquisición judicial
o administrativa, ni de limitación alguna
o censura previa, mientras no afecte los derechos
de terceros previstos en las Leyes vigentes.
5. Transparencia
en el Otorgamiento y Refrendo de las Concesiones
La transparencia
y la seguridad jurídica en el otorgamiento,
la supervisión y el refrendo de las concesiones
son algunos de los elementos centrales de la
nueva propuesta.
El título
tercero establece con claridad las bases para
las licitaciones y los requisitos que deberán
cubrir los interesados, así como el procedimiento,
los plazos y los criterios que deberán
seguirse para el otorgamiento; información
toda que tendrá carácter público.
El período de vigencia será de
12 años.
6. Permisos
para Emisoras con Carácter No Lucrativo
Se desarrolla
un capítulo específico para la
regulación de los permisos, a instituciones
o asociaciones que transmitan con un fin social
y no lucrativo. Se destina para este objeto el
20% del espectro en el caso de la radio y el
10% en el de la televisión, porcentajes
que deberán cubrirse con las frecuencias
que resulten de la conversión digital.
Se establecen
también los requisitos que deberán
cubrir las solicitudes, así como el procedimiento,
los plazos y los criterios que deberán
seguirse para su otorgamiento.
Se precisan
las formas y los niveles de financiamiento a
las que tendrán acceso, de manera de hacer
posible su funcionamiento, y se establecen los
candados necesarios para garantizar su carácter
no lucrativo.
Se incluye un
apartado para la simplificación del otorgamiento
de permisos a los pueblos y comunidades indígenas.
7. Definición
de una Figura Jurídica para los Medios
del Estado
Se concibe
de manera específica una figura jurídica
para los medios bajo explotación directa
del Estado, lo que permitirá homologar
las distintas figuras y situaciones existentes
hasta ahora.
Los Medios del
Estado se definen como organismos de servicio
público y con carácter no lucrativo.
Se establece su regulación a través
de Consejos de Administración y de Programación,
con participación de consejeros representativos
de la sociedad, así como la conveniencia
de que cuenten con personalidad jurídica
y patrimonio propio. Se establecen también
las formas de financiamiento adicional a las
que podrán tener acceso, para el mejor
cumplimiento de sus fines.
Se precisa también
la finalidad pública y social que como
instituciones estatales tendrán estos
medios, promoviendo el derecho a la información
y la libertad de expresión de los mexicanos
y garantizando mecanismos de acceso público.
8. El Fondo
Nacional para la Producción
Se establece
un derecho especial por el uso de frecuencias
del espacio radioeléctrico –conocido
en otros países como “derecho de
antena”–, similar al que se cobra
a otros servicios que utilizan el espectro. Los
ingresos que por este concepto se recauden, se
destinarán a un Fondo para el apoyo a
la producción nacional independiente y
a la producción de materiales para ser
transmitidos en los tiempos del Estado o en los
medios bajo explotación de éste.
9. Los Tiempos
del Estado
No se trata
de volver al 12.5%. Pero sí es necesario,
en cambio, garantizar tiempos suficientes para
el conjunto del Estado, para el Poder Legislativo,
el Judicial, los órganos constitucionales
autónomos (como el IFE, las comisiones
de derechos humanos o las universidades públicas)
y los poderes de los estados y municipios; y
no sólo para el Ejecutivo como han quedado
ahora.
Nuestra propuesta
no toca el decreto expedido por el Presidente,
en el que el Ejecutivo se asigna para su publicidad
el total de los tiempos fiscales. Proponemos
en cambio un incremento moderado en los tiempos
del Estado, de 30 a 60 minutos, así como
una distribución equitativa, propia de
un sistema democrático, en el que los
diversos poderes u organismos del Estado tengan
la posibilidad de difundir sus programas e iniciativas.
Se garantiza también el acceso ciudadano
a tiempos de difusión.
La coordinación
de los tiempos del Estado deberá ser también
responsabilidad de la autoridad autónoma.
10. El Estímulo
a la Producción Nacional
A pesar
de que es un ordenamiento que no se ha respetado,
es importante estimular la cinematografía
y la producción nacionales, tanto para
el desarrollo de la identidad y la cultura como
de la economía del país. Es también
necesaria la diversificación de la producción,
evitando los riesgos de la concentración.
En la programación
de las emisoras deberá incorporarse al
menos el 20% de producción nacional independiente.
11. La Protección
al Público Televidente
Finalmente,
la propuesta de Ley hace énfasis en la
protección del público televidente,
en especial de los niños y adolescentes,
para lo cual se destaca el respeto a los horarios
para los distintos tipos de público, la
prohibición de las transmisiones que impliquen
la apología de la violencia o el crimen,
de las que entrañen discriminación
de raza, género o cualquier otro tipo,
o que lesionen la dignidad de las personas.
Se restringe
la transmisión de programas de contenido
violento y la publicidad de bebidas alcohólicas
y tabaco al horario para adultos, sólo
después de las 22 horas.
12. La Regulación
de la Propaganda Comercial
Dado que
el espacio aéreo es propiedad de la Nación
y constituye además un bien público
limitado, es necesaria una regulación
prudente de la publicidad, de manera que el interés
comercial no afecte la calidad de la programación
a la que los ciudadanos deben tener derecho.
Se propone un
incremento en el porcentaje actual del tiempo
total de publicidad, del 18 al 20% en televisión
y hasta el 40% en radio. Pero sí es necesario
comentar que este porcentaje incluye la publicidad
dentro de la programación y los ahora
llamados “programas de oferta de productos”
que el reglamento autoriza como si no fueran
“propaganda comercial”.
Finalmente,
es necesario que la ley se respete y que existan
sanciones claras. Consideramos un precedente
grave que el Ejecutivo pretenda adecuar los reglamentos
a los intereses particulares, antes que hacer
cumplir la Ley. La saturación excesiva
de publicidad reduce la calidad de la programación
e impacta la calidad de vida de los televidentes.
Sin embargo,
ante el avance político de dicha iniciativa
ciudadana en el Congreso para evitar el retroceso
histórico comunicativo generado con el
decretazo del 10 de octubre del 2002, “funcionarios
de la Secretaría de Gobernación
trataron de crear la contra reforma comunicativa
al “desprestigiar” la iniciativa
sosteniendo que era una promoción del
Senador Javier Corral con apoyo de algunas organizaciones
civiles, difundiendo que se maneje como “la
iniciativa de Corral”, quien se comprometió
en que crear una legislación de medios
moderna, actualizada y democrática”35.
Dichos funcionarios desinformaron a la opinión
publica al desconocer que
Si bien las
organizaciones ciudadanas tuvieron intercambios
fluidos y valioso con el equipo del Senador
Corral sobre los contenidos del proyecto; los
resultados siempre fueron producto de un trabajo
colectivo para rescatar los acuerdos fundamentales
alcanzados en la Mesa de Diálogo después
de 19 meses de trabajo sobre los medios públicos,
las radios comunitarias e indígenas,
las concesiones y permisos, la estructura y
funciones del órgano autónomo,
los derechos ciudadanos, los tiempos de Estado,
etc.36.
Frente a éstos
intentos de desprestigio y de contra política
comunicacional no se debe permitir la permanencia
de viejas formas de relación autoritaria
y discrecional entre los propietarios de los
medios electrónicos y el Estado, con la
consecuente exclusión de la sociedad.
El cambio
Democrático
en nuestro país pasa necesariamente por
la democratización de los medios de comunicación,
particularmente los electrónicos, y por
la creación de un órgano de Estado
autónomo que de transparencia y seguridad
en el otorgamiento de concesiones y permisos
y que procure el cumplimiento de los derechos
ciudadanos en materia de replica, espacios,
acceso a información veraz e imparcial
y publicidad comercial37.
La democratización
de “los medios electrónicos contribuirá
a la construcción de una sociedad que
reconozca y respete la diversidad y avance hacia
una cultura democrática en donde la población
reciba distintas opiniones y no sólo aquellas
aprobadas y alentadas por los actuales concesionarios”38.
El proceso de
transición a la modernidad democrática
que actualmente vive nuestro país, requiere
de una mayor institucionalidad del Estado en
términos de pluralidad, participación
y deliberación pública, en el que
el acceso a la información y el concurso
abierto de los medios electrónicos es
indispensable. Para avanzar en el proceso de
cambio en el país es indispensable que
se cuente con una nueva Ley Federal de Radio
y Televisión que rescate las principales
demandas ciudadanas que durante 3 décadas
ha solicitado la sociedad mexicana y se adapte
a las nuevas circunstancias políticas,
sociales y técnicas del país y
del mundo. Desde hace tiempo la reforma jurídica
integral de los medios electrónicos dejó
de ser inquietud asilada, para convertirse en
demanda social básica para la transición
a la democracia.
De aquí,
la importancia central de efectuar una profunda
reforma del Estado en materia de comunicación
y cultura colectiva que permita que el funcionamiento
público de las industrias culturales se
encuentre ética y responsablemente orientado
y supervisado por el Estado y la sociedad civil
mexicana y no sólo por las dinámicas
de acumulación que dirige la lógica
salvaje del mercado autorregulado. Legislar en
la materia y reorganizar las relaciones entre
el Estado, la sociedad y los medios es un compromiso
que México tiene pendiente, por el papel
que los medios tienen en la construcción
de la democracia y en la democratización
de la sociedad. Este proceso constituye el corazón
de la Reforma del Estado.
Por ello, ante el afán del gobierno federal
para suplantar a los legisladores emitiendo decretos
bajo la forma de albazos, pero sobre todo la
necesidad de reivindicar el interés de
la sociedad en las reglas para la radio y la
televisión, exigen de nuestros diputados
y senadores una respuesta rápida y consecuente
con la ética representación nacional
que les fue entregada por la comunidad nacional.
Los
caminos para una nueva sociedad comunicacional
El
acceso y perfeccionamiento de éstos nuevos
derechos sociales en el terreno informativo,
nos permitirán construir en el siglo XXI
un Estado Mexicano Comunicativo más sólido,
para apoyar la transición pacífica
a la democracia nacional y ahorrarnos fenómenos
sangrientos y dolorosos como los que acompañaron
la reestructuración de nuestra sociedad
al inicio y la mitad del siglo XX.
Debemos considerar
con mucha claridad que la reforma del Estado
en materia de comunicación, no es una
simple reforma jurídica mas para modernizar
al Estado mexicano, sino que por su naturaleza
vertebral que cruza todos los ámbitos
de la vida comunitaria y cotidiana, es la reforma
mas importante de la sociedad mexicana de principios
del siglo XXI, pues será a partir de esta
renovación como se modificarán
o no los procesos para construir la conciencia
colectiva nacional de principios del nuevo milenio.
De esto, dependerá si se crean las bases
político-sociales para generar una mentalidad
para el avance de la República o para
su retroceso psíquico, social y civilizatorio
en el nuevo siglo.
Políticamente
es insostenible que se vuelva a repetir la historia
despótica tradicional en materia de información
colectiva de “no encontrarle la cuadratura
al círculo”. Ante los signos de
cambio urgente y desesperado del México
Profundo que se manifestaron con el levantamiento
de los machetes campesinos de Atenco; la toma
rural de la carretera federal a Cuernavaca; las
decenas de manifestaciones diarias en calles
y avenidas de las principales ciudades de la
República; la aplicación popular
de la justicia por propia mano en Milpa Alta;
el asalto violento de los productores agropecuarios
al Congreso de la Unión en el 2003; la
organización nacional de los campesinos
para bloquear el Tratado de Libre Comercio en
el rubro de importación de alimentos;
la Mega Manifestación de protesta del
2003 en contra de la privatización de
la energía eléctrica39;
la crisis de corrupción y dirección
de todos los partidos políticos que se
evidenciaron con los videoescándalos y
otras filtraciones noticiosas; la aplicación
popular de la justicia por propia mano en Milpa
Alta; el desprestigio creciente de la Cámara
de Diputados como órgano de representación
ciudadana; la Mega Marcha Pacífica por
la Seguridad Ciudadana en 22 ciudades de la República40;
la constante critica y ridiculización
del Poder Ejecutivo y de otros poderes públicos
de la República por el poder mediático
monopólico; la presentación del
IV Informe de Gobierno del Presidente Vicente
Fox en el 2004 en auténtico estado de
sitio del Poder Legislativo por decenas de manifestaciones
de protesta social; la agresión de los
habitantes a la caravana presidencial en el Norte
del país; la aplicación de justicia
popular autónoma contra la policía
en Tláhuac; el resurgimiento de los movimientos
guerrilleros en diversas zonas del país;
etc; la comunidad mexicana espera la firme respuesta
del Poder Legislativo en materia de comunicación
colectiva para construir un Nuevo Orden de Comunicación
Nacional que evitar estos desbordamientos sociales
que van en acelerado aumento y lograr la transición
pacífica a la democracia nacional.
La nación
no aguanta más el funcionamiento y la
herencia autoritaria, vertical y discrecional
del viejo modelo de comunicación colectivo
que hundió al país en el siglo
XX, ahora al iniciar el siglo XXI se requiere
crear otro modelo de comunicación democrático
que permita despegar a nuestra sociedad hacia
nuevos horizontes de armonía, sobreviviencia
y humanización.
Notas:
1
Omar Raúl
Martínez, Comunicación, democracia
y derecho a la información, Un desafío
de gobierno, medios y sociedad, Revista
Mexicana de Comunicación No. 68, Año
13, Fundación Manuel Buendía, México,
D.F., marzo abril del 2001, pagina 4.
2
Aprueban diputados Ley de Información,
Reforma, 25 de abril del 2002; Ley de Información,
legado jurídico nacional, Universal, 25
de abril del 2002, pagina 6; Aprueban diputados
la Ley de Derecho a la Información, Excelsior,
25 de abril del 2002; Luz verde del Legislativo
a la Ley de Información, El Financiero,
25 de abril del 2002; Documento consensuado sobre
Ley de Acceso a la Información, Periódico
Zócalo No. 26, Comunicación, Política
y Sociedad, México, D.F., Abril del 2002.
3 Al Senado
minuta de Ley de Información, El Universal,
26 de abril del 2002; Otorgan a ciudadanos Derecho
a Información, Reforma, 1° de mayo
del 2002; Pasa la Ley de Acceso a la Información,
El Universal, 1° de mayo del 2002; Ratifica
el Senado Ley de Información, El Universal,
1 de mayo del 2002..
4 Proyecto
de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental,
Gaceta Parlamentaria No. 986, Año V, Cámara
de Diputados, H. Congreso de la Unión,
México, D .F, 24 de abril del 2002, pagina
1, <http://gaceta.cddhcu.gob.mx>
5 Ibid,
pagina 5.
6
Ibid, pagina 3.
7
Ibid, pagina 9.
8
Ibid, pagina 7.
9
Javier Corral Jurado, La Ley de Acceso a la Información,
paso firme en la transición, Revista Siempre
No. 2550, México, D. F., 1 de mayo del
2002, pagina 5.
10 Javier
Corral Jurado, La Ley de Acceso a la Información,
paso firme en la transición, Revista Siempre
No. 2550, México, D. F., 1 de mayo del
2002, pagina 5.
11 Javier
Corral Jurado, La Ley de Acceso a la Información,
paso firme en la transición, Revista Siempre
No. 2550, México, D. F., 1 de mayo del
2002, pagina 5 y Aprobación unánime
de Ley de Información, El Universal, 1°
de mayo del 2002.
12 José
Buendía Hegewisch, Acceso a la Información.
Las oportunidades para los Gobiernos locales,
Foro: El Derecho de Acceso a la Información
Pública en los Estados, Morelia, Michoacán,
México, 18 de abril del 2002, pagina 1.
13 Por unanimidad,
diputados aprueban la Ley de Acceso a la Información
Pública y Transparencia, La Jornada, 25
de abril del 2002, pagina 10.
14 Un triunfo
de la sociedad, El Universal, 25 de abril del
2002.
15 La Iniciativa
de Ley de Acceso a la Información Pública
y la ciudadanización del Premio Nacional
de Periodismo, instrumentos de transparencia
de éste gobierno, Boletín No. 103,
Secretaría de Gobernación, México,
D.F., 2 de mayo del 2002, <http://www.segob.gob.mx/templetas/boletin>
16
Lo que le Falta a la Ley de Acceso a la Información,
Ernesto Villanueva, Revista Proceso No. 1330,
Revista de Información y Análisis,
México, D.F., 28 de abril del 2002, pagina
55.
17 Francisco
José Paoli Bolio, Ley de transparencia,
El Universal, 26 de abril del 2002; Más
transparencia y rendición de cuentas,
Reforma, 25 de abril del 2002.
18 Quieren
Estados transparencia, Reforma, México,
D.F., 26 de abril del 2002.
19 La Ley
de Información No rendirá frutos
inmediatos, Milenio, 26 de abril del 2002 y Ernesto
Villanueva, Programa piloto que fijará
estándares internacionales, El Universal,
26 de abril del 2002.
20
Javier Corral Jurado, La Ley de Acceso a la Información,
Paso firme en la transición, Revista Siempre
No. 2550, México, D. F., 1 de mayo del
2002, pagina 5 y Aprueban Diputados Ley de Información,
Reforma, 25 de abril del 2002.
21
Aprueban Diputados Ley de Información,
Reforma, 25 de abril del 2002.
22 Javier
Corral Jurado, La Ley de Acceso a la Información,
Paso firme en la transición, Revista Siempre
No. 2550, México, D. F., 1 de mayo del
2002, pagina 5
23Legisladores,
funcionarios públicos y especialistas
analizan la Iniciativa de Ley Para Acceder a
la Información Pública en el D.F,
Periódico Zócalo No. 22, Comunicación,
Política y Sociedad, México, D.F.
abril del 2002, pagina 12 y Paso fundamental
hacia la transparencia, Periódico Zócalo
No. 22, Comunicación, Política
y Sociedad, México, D.F. abril del 2002,
pagina 1.
24 Aprueban
Diputados Ley de Información, Reforma,
25 de abril del 2002.
25 Aprueban
Diputados Ley de Información, Reforma,
25 de abril del 2002.
26 Lo que
le falta a la Ley de Acceso a la Información,
Ernesto Villanueva, Revista Proceso No. 1330,
Revista de Información y Análisis,
México, D.F., 28 de abril del 2002, pagina
55.
27 Lo que
le falta a la Ley de Acceso a la Información,
Ernesto Villanueva, Revista Proceso No. 1330,
Revista de Información y Análisis,
México, D.F., 28 de abril del 2002, pagina
55.
28 Plantean
Democratizar la Relación Entre Medios
Electrónicos y Sociedad, La Jornada, 5
de diciembre del 2002; Aumentan Propuestas Contra
el Decretazo, El Financiero, 5 de diciembre del
2002 y Consejo de Radio y Televisión,
Reforma, 5 de diciembre del 2002; Proponen ONGs.
Reformar Ley de Radio y Televisión, El
Sol de México, 5 de diciembre del 2002;
Aportan ONGs. Propuestas a Ley de Medios, Reforma,
5 de diciembre del 2002; Proponen Ciudadanizar
la Ley de Radio y Televisión, Milenio
Diario, 5 de diciembre del 2002; Proponen ONGs.
Al Senado Reformas a la Ley de Radio y Televisión,
Crónica, 5 de diciembre del 2002.
29 El Pleno
del Senado de la República Recibió
la Iniciativa Con Proyecto de Ley Federal de
Radio y Televisión, El Universal, 13 de
diciembre del 2002 y Alianza PAN-PRD Contra el
Decretazo Foxista en Concesiones de Radio y Televisión,
13 de diciembre del 2002.
30 Presentan
PAN y PRD Propuesta Civil de Reforma a la Ley
de Radio y Televisión, La Jornada, 13
de diciembre del 2002; Ingresa al Senado Reformas
a la Ley de Radio y Televisión, Milenio
Diario, 13 de diciembre del 2002; Buscan Senadores
Cambios a la Ley de Radio y Televisión,
Reforma, 13 de diciembre del 2002.
31 Exposición
de Motivos, Propuesta Ciudadana de Reforma a
la Ley Federal de Radio y Televisión,
Comisión de Reforma del Estado, Senado
de la República, México, D.F.,
5 de diciembre del 2002, paginas 1 a 3.
32 Exposición
de Motivos, Iniciativa con Proyecto de Ley Federal
de Radio y Televisión, Comisión
de Reforma del Estado, Senado de la República,
México, D.F., 12 de diciembre del 2002,
pagina 2.(33) Languidece Ley de Medios en San
Lázaro, La Jornada, 14 de diciembre del
2002
33 Languidece
Ley de Medios en San Lázaro, La Jornada,
14 de diciembre del 2002.
34 Alma Rosa
Alva de la Selva, La Propuesta Ciudadana de Reforma
a la Ley Federal de Radio y Televisión,
representante titular de la sociedad Civil Organizada,
Síntesis Ejecutiva, Sociedad Civil, México,
D.F, 4 de diciembre del 2002, 9 paginas.
35 Clara
Jusidman, La Propuesta Ciudadana de Reforma a
la Ley Federal de Radio y Televisión Fue
Convertida en Iniciativa de Ley por el Senado
de la República, Coordinadora Nacional
de Causa Ciudadana, Causa Ciudadana, México,
D.F., 3 paginas
36 Clara
Jusidman, La Propuesta Ciudadana de Reforma a
la Ley Federal de Radio y Televisión Fue
Convertida en Iniciativa de Ley por el Senado
de la República, Coordinadora Nacional
de Causa Ciudadana, Causa Ciudadana, México,
D.F., 3 paginas
37 Clara
Jusidman, La Propuesta Ciudadana de Reforma a
la Ley Federal de Radio y Televisión Fue
Convertida en Iniciativa de Ley por el Senado
de la República, Coordinadora Nacional
de Causa Ciudadana, Causa Ciudadana, México,
D.F., 3 paginas
38 Clara
Jusidman, La Propuesta Ciudadana de Reforma a
la Ley Federal de Radio y Televisión Fue
Convertida en Iniciativa de Ley por el Senado
de la República, Coordinadora Nacional
de Causa Ciudadana, Causa Ciudadana, México,
D.F., 3 paginas
39 Tomarán
el Zócalo por cuatro frentes, El Independiente,
26 de noviembre del 2003; Todo listo para la
mega marcha, Milenio Diario, 26 de noviembre
del 2003.
40
Se desborda la exigencia social a las autoridades,
Excelsior, 28 de junio del 2004; Sacuden al país,
El Universal, 28 de junio del 2004; Unidos contra
la violencia, El Sol de México, 28 de
junio del 2004; La multitud arrebató la
marcha a los organizadores, La Jornada, 28 de
junio del 2004 y Temblor social, solidaridad
como en el 85, Diario Monitor, 28 de junio del
2004.
Dr.
Javier Esteinou Madrid
Investigador Titular del Departamento de Educación
y Comunicación de la Universidad
Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco,
México, D.F., México |