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Por Clara Alvarez
Número
57
“La Ley
actualmente en vigor limita innecesariamente
las posibilidades de participación de
la inversión extranjera en algunos sectores
y establece requisitos de desempeño que
son contrarios al proceso de globalización
y distorsionan las actividades económicas
del país”. Esta frase sigue siendo
aplicable en las telecomunicaciones en México,
aun cuando es de 1993 cuando el entonces Presidente
Salinas de Gortari presentó la iniciativa
de la Ley de Inversiones Extranjeras. Sin duda
ésta representó un gran cambio
al establecer que la inversión extranjera
podría participar en cualquier sector
al 100%, excepto en aquellos sectores en los
que se señalara un límite (p. ej.,
telecomunicaciones) o se reservara sólo
para mexicanos (p. ej., radiodifusión).
Debiera existir alguna
racionalidad para tener límites a la inversión
extranjera en determinado sector. En especial
porque éstos pueden ser el disfraz de
la protección de una o varias empresas,
sin que ello se traduzca en un beneficio a la
sociedad. Los motivos para el límite en
telecomunicaciones del 49% a la inversión
extranjera no están explicitados ni en
la iniciativa de la Ley de Inversiones Extranjeras,
ni en la exposición de motivos de la Ley
Federal de Telecomunicaciones. Dicho límite
carecía y carece de justificación,
y por mucho tiempo fue impensable que pudiera
reformarse.
Ahora, diversos diputados
han presentado una iniciativa que propone remover
el límite de inversión extranjera
para concesiones de redes públicas de
telecomunicaciones y para bandas de frecuencias,
siempre y cuando se obtenga aprobación
de la Comisión Nacional de Inversiones
Extranjeras (CNIE) y prevalezcan condiciones
similares de apertura en el país de origen
del capital extranjero. El eliminar estas restricciones
es positivo, porque (i) los concesionarios podrán
obtener financiamiento en mejores condiciones,
(ii) podrá existir más competencia
y en mejores condiciones, y (iii) los usuarios
podremos aspirar a tener mejores tarifas. No
obstante, la iniciativa requiere enriquecerse
en dos aspectos.
Primero, suprimir la aprobación
de la CNIE y que sea la autoridad de comunicaciones
que verifique si existe reciprocidad del país
de origen respecto a inversiones en telecomunicaciones.
Esto mismo es lo que se realiza hoy día
en concesiones sobre satélites extranjeros,
cuando la Cofetel verifica que exista un acuerdo
internacional en el que se otorgue reciprocidad
a los satélites mexicanos. Además,
la iniciativa señala que la resolución
favorable de la CNIE “debe ser vista como
un paso importante en un proceso continuo de
atención de las demandas sociales y del
aparato productivo en materia de telecomunicaciones”.
Sin embargo, esto no justifica añadir
actividad burocrática, además ¿cuál
es la relación de la CNIE, las demandas
sociales y el aparato productivo?
Segundo, la iniciativa
deja fuera las concesiones en materia satelital.
¿Por qué? Los satélites
tienen la capacidad de prestar servicios sobre
la “huella” que abarca territorios
de varios países, de ahí su naturaleza
internacional. Más aún, sería
incongruente eliminar el límite de inversión
extranjera a ciertas concesiones de telecomunicaciones,
pero no a aquellas que son de satélites
extranjeros. Los concesionarios satelitales cuentan,
injustificadamente, con el marco regulatorio
más restrictivo de todo el sector de telecomunicaciones
lo que se traduce en lastres para que sean competitivos.
Si se va a permitir 100% de inversión
extranjera, se debe incluir a las concesiones
de satélites nacionales y extranjeros.
Finalmente, la iniciativa
refiere que dentro de las voces que se han manifestado
por cambios en inversión extranjera está
la del Ing. Slim Helú, lo cual está
plasmado como una justificación de la
propuesta de reformas. Inevitablemente surge
la pregunta, ¿deben los legisladores justificar
una iniciativa por el visto bueno que den los
empresarios o debieran basarse en lo que demanda
el interés general?
Clara
Luz Alvarez González de Castilla
México |