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TELECOM Y SOCIEDAD
ARISTEGUI VS. BOZZO, ¿Y ERUVIEL?
Por Clara Luz Álvarez
Fecha de publicación: 30 de septiembre de 2013
El caso Aristegui/Bozzo tiene mucho para analizarse como haremos más adelante, pero la primera pregunta es si el programa de Laura Bozzo viola la ley mexicana. El programa de Bozzo se transmite de lunes a viernes a las 3 pm. Por lo que independientemente de lo cuestionable del programa, éste debería salir del aire hoy mismo, porque el artículo 24 del Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión claramente señala que las 3 pm es un horario para niños y únicamente pueden transmitirse programas aptos para todo público lo cual evidentemente excluye programas como el de Bozzo. Y si acaso la Secretaría de Gobernación autorizó una excepción a ello, entonces deben fincarse responsabilidades a los servidores públicos por infringir no sólo el Reglamento, sino también los artículos 17 y 29 de la Convención sobre los Derechos del Niño y los derechos de las audiencias que ahora tienen rango constitucional. Ahora que los contenidos son facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones, ¿se cumplirá la ley sancionando a Televisa o se seguirán violando los derechos de las audiencias y de los niños?
El derecho de réplica no busca decidir quién dice la verdad, sino permitir que el público pueda confrontar 2 versiones de los hechos: una la del periodista y medio de comunicación que difunde la información y otra la de la persona que estima que la información difundida por el periodista/medio es inexacta o agraviante. El derecho de réplica en medios impresos existe desde 1917, en 1981 México lo reconoce como un derecho humano (Pacto de San José) y en 2007 lo incluye en la Constitución. El derecho de réplica se ha reducido a la buena voluntad del periodista/medio, siendo negado reiteradamente. Sin embargo, una democracia requiere un derecho de réplica efectivo tal como se discutió en Código Democracia (Canal del Congreso). Veamos ahora el caso concreto:
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Bozzo presentó inicialmente un video en el que se limitó a decirle a Aristegui que era una mentirosa, que Bozzo iba a “ayudar a la gente y darles esperanza”. Independientemente del alta estima en que se tiene a si misma Bozzo, si eso mismo lo pretende expresar en la réplica, en nada nos servirá a la sociedad porque lo que necesitamos son cosas objetivas y no aspiraciones subjetivas de Bozzo.
En la réplica de Bozzo en Noticias MVS de Aristegui, necesitamos que Bozzo explique por qué usaba un uniforme oficial que pudiera ser incluso un acto ilegal, quién dio la autorización y que el Gobierno de Eruviel Ávila sancione a los funcionarios públicos que lo permitieron. Lo que difícilmente podrá justificar a la sociedad Bozzo (aunque grite mucho) es por qué si iba a ayudar, grabó un programa como lo evidencia nuevamente Proceso de esta semana.
Pero más que Bozzo, el tema debiera ser el desvío de recursos del Gobierno de Eruviel Ávila para programas de Televisa. También valdría la pena que a Eruviel Ávila que es abogado, alguien le recuerde que la Constitución prohíbe la propaganda con imágenes o voces que impliquen su promoción; y él se hace propaganda en radio en el que nos informa que la educación lo ha hecho todo por él, bueno casi todo, porque no le enseñó que se debe cumplir con nuestra Carta Magna.
En otras sin razones, en una de las ternas para la Comisión Nacional de Víctimas está María Olga Noriega Sáenz quien fue funcionaria de la Dirección del Reclusorio Sur y con un alto perfil en cuestiones penales, ¿cómo poder defender a las víctimas con una visión más cercana a lo punitivo?
El miércoles 9 de octubre a las 5pm el libro Derecho de las Telecomunicaciones de mi autoría será presentado por la Dip. Purificación Carpinteyro y los maestros Miguel Flores Bernés y Rodrigo Ojeda en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Los esperamos.
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