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congreso de la uniÓN, ¿VALOR SUFICIENTE?

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Por Clara Luz Álvarez

 

Fecha de publicación: 8 de enero de 2014

“Ningún Estado responsable puede permitir que
la configuración cultural de su pueblo quede
en manos de monopolios u oligopolios”
Zaffaroni

Limitar el poder de Televisa es más difícil que hacerlo respecto a Telmex y América Móvil. En su versión argentina, la Corte Suprema confirmó la constitucionalidad de la ley de medios que básicamente ordenó la desinversión de Grupo Clarín y éste tiene ahora que vender activos y licencias a otros grupos. Veamos por qué este caso sin precedente puede ser incómodo para muchos legisladores y Televisa.

Grupo Clarín es un grupo mediático argentino que tiene diarios impresos, opera canales de TV abierta y de cable, emisoras de radio, entre otros. Se dice que fue beneficiario del régimen gubernamental hasta antes de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Sus licencias habían sido renovadas por el propio gobierno y aún no vencían. En 2009 entró en vigor la ley de medios que establece: (1) límites a la acumulación de licencias, tanto si usan o no espectro radioeléctrico, (2) aquellos que rebasaran estos límites tendrían 1 año para vender lo necesario para ajustarse a dichos límites, (3) que la multiplicidad de licencias no es un derecho adquirido, (4) la intransferibilidad de las licencias como regla general, y (5) una reserva del 33% de las frecuencias para radio y televisión abierta para personas sin fines de lucro (p. ej. radios comunitarias). Esta ley y ahora la decisión de la Corte Suprema argentina han polarizado las opiniones. Algunos consideran que los límites a las licencias fue realizado para restringir la libertad de expresión de Grupo Clarín que ha sido crítico del régimen de Kirchner, otros estiman que es la mejor ley para alcanzar la pluralidad.

Grupo Clarín argumentó que las licencias representaban derechos adquiridos, eran de su propiedad y que la aplicación de la ley de medios implicaría que se violentara el prinicipio de irretroactividad de la ley en perjuicio del gobernado. Aun cuando la ley sólo afecta a Grupo Clarín la Corte opinó que no era discriminatoria porque los límites eran para todos iguales. Los 7 jueces de la Corte Suprema por unanimidad resolvieron que las licencias de radiodifusión integran la propiedad privada, pero sólo por mayoría confirmaron la constitucionalidad de la ley de medios.

La opinión de la mayoría fue que para fomentar la libertad de expresión y preservar el derecho a la información, es idóneo el limitar la acumulación de frecuencias para permitir la pluralidad de voces y evitar la concentración. Nótese que los argumentos no fueron de competencia económica pura y dura, sino del fomento y preservación de derechos humanos. Dicho de otra manera, la Corte Suprema jamás habría avalado una concentración del estilo Televisa/Iusacell-TV Azteca como lo hizo la Comisión Federal de Competencia.

La mayoría sentenció que la orden de desinvertir no era una expropiación, ni revocación, ni rescate, y que lo que daría lugar sería a un derecho a ser indemnizado. Asimismo confirmó que no hay derechos adquiridos porque el interés privado no puede estar por encima del de la comunidad. Los jueces de la minoría votaron en contra por considerar que las licencias debieran respetarse hasta su vencimiento, porque de lo contrario podría afectarse la libertad de expresión o verse como un castigo a ciertas líneas editoriales.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones ha iniciado sendos procedimientos para determinar si Televisa es un agente preponderante y en un caso extremo debiera ordenarse la desinversión. No sé si la desinversión es la medida apropiada, porque lo que México requiere no es que muera Televisa, sino que florezcan medios comunitarios, productores independientes y verdaderos medios públicos. Pero no debe pasarse por alto el caso argentino, fue el Congreso y no el órgano regulador quien estableció los límites para la desinversión, ¿habría resuelto de la misma manera la Corte Suprema si la decisión hubiera sido del regulador? El Senado y la Cámara de Diputados, ¿tendrán el valor de establecer los límites a la propiedad cruzada de medios o dejarán al IFT que sea una voz en el desierto? En última instancia quien resolverá será la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ¿a dónde inclinará la balanza?

 



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RAZÓN Y PALABRA es una publicación editada
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