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¿Realmente les importa la Cofetel?

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Por Clara Luz Álvarez

 

 

Entre la polarización de posturas e impugnaciones de las licitaciones de frecuencias, las denuncias penales contra el Secretario de Comunicaciones y Transportes Juan Molinar y otros servidores públicos, y otros asuntos domésticos, se nos olvida que el sector de telecomunicaciones tiene una perspectiva internacional con implicaciones significativas en lo nacional. La próxima semana iniciará en Guadalajara, Jalisco, la Conferencia de Plenipotenciarios que es la autoridad más alta de política de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). En esta conferencia mejor conocida como Plenipot participan los secretarios de estado y presidentes de los reguladores de telecomunicaciones de todos los países.

 

El Congreso de la Unión al presentar las controversias constitucionales en contra de actos del Presidente Felipe Calderón en temas de telecomunicaciones se está convirtiendo en el defensor de la autonomía de la Comisión Federal de Telecomunicaciones. ¿Será cierto? Hagamos memoria y analicemos.

  • Acuerdo de Transición a la TV Digital (2004). Elaborado por el Comité Consultivo de Tecnología Digitales para la Radiodifusión (formado por 3 representantes de los concesionarios de radiodifusión, por 3 de la SCT y sin la presencia de la sociedad civil), señaló como una fecha aspiracional y no definitiva para el apagón analógico, el año 2021. El texto de este Acuerdo da la suficiente incertidumbre jurídica para que el gobierno no pueda exigir el apagón analógico, ni la devolución del canal espejo, sin antes enfrascarse en un sinfín de litigios cuyo resultado no necesariamente le será favorable. El Acuerdo fue expedido por el Secretario de Comunicaciones y Transportes. ¿Quién alzó la voz en contra del Acuerdo? ¿Por qué las Cámaras de Diputados y de Senadores fueron omisas en impugnar este Acuerdo? ¿Por desconocerlo? ¿Por temer afectar los intereses de las televisoras comerciales beneficiarias del Acuerdo?
  • Acuerdo de las Combos AM/FM (2008). Recuérdese que este acuerdo fue expedido por el Secretario de Comunicaciones y Transportes, obteniendo una extraña excepción al proceso de mejora regulatoria de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria y justamente cuando en el Senado se estaba discutiendo una iniciativa del senador Manlio Fabio Beltrones que tenía los mismos fines. Este Acuerdo esencialmente otorga la posibilidad de los concesionarios de radio AM para obtener una frecuencia de FM sin pasar por licitación. Nótese que en este momento la Cofetel ya tenía todas las facultades en materia de radio y televisión abierta, pero ¿por qué el Congreso de la Unión omitió presentar una controversia constitucional? ¿Sería porque el Congreso no quiso enemistarse con los radiodifusores y prefirió sacrificar la autonomía de Cofetel por razones políticas?
  • • Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (2009). En este Reglamento expedido por el Presidente Calderón se atribuían facultades de radio y televisión abierta al Secretario de Comunicaciones y Transportes y a la Dirección General de Política de Telecomunicaciones y Radiodifusión. El Congreso presentó una controversia constitucional defendiendo las facultades de la Cofetel y la Suprema Corte de Justicia de la Nación le otorgó la razón en la mayoría de los casos. Esta impugnación del Reglamento Interior, ¿afectaba a algún concesionario radiodifusor? No. Esto es, esta controversia aparece como políticamente correcta al defender a Cofetel y al mismo tiempo no tener implicaciones negativas para las empresas del sector.
  • • Decreto del Adelanto del Apagón Analógico (2010). Este Decreto del Presidente Calderón establece una fecha límite para el apagón analógico en 2015, ordena a Cofetel “determinar la viabilidad de asignar… nuevas concesiones y permisos”, y crea una Comisión Intersecretarial para la Transición Digital, entre otros. En esta ocasión, el Congreso sí presentó controversias constitucionales por considerar que se están invadiendo sus facultades. Casualmente coincide que contra este Decreto que sí puede afectar intereses de las televisoras, el Congreso sí lo impugna mientras que el del Acuerdo de las Combos que en la misma lógica sería violatorio de la división de poderes no lo hizo, ¿por qué?

 

De esta revisión parece que la autonomía de Cofetel merece la defensa por parte del Congreso de la Unión, siempre que no tenga repercusiones negativas para las empresas de radio y televisión abierta. Cuando este último requisito no se cumple, el Congreso puede pasar por alto la importancia de un regulador independiente y la invasión de competencias. En cualquier caso, lo que sí es importante es la congruencia. Si el Congreso quiere una Cofetel autónoma, más que controversias constitucionales debiera hacer su chamba: dotar a nivel de ley a la Cofetel de autonomía en todo el ámbito de la Ley Federal de Telecomunicaciones y otorgarle facultades suficientes para realizar su labor de regulador (p. ej., facultad para sancionar). Si esto no lo hace, entonces ¿será verdad que le interesa la Cofetel?


Clara Luz Álvarez
México.

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