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TElecom y sociedad

y mÉxico ¿hasta cuÁndo?

Por Clara Luz Álvarez
Número 60

Porta, filial de América Móvil, es la empresa de telefonía celular con más usuarios en Ecuador. Su concesión le permite operar un “sistema de telefonía móvil celular (STMC) hasta el 26 de agosto de 2008”. Por “redondear” tarifas, es decir, por cobrar el minuto completo aun cuando la llamada haya sido de algunos segundos, Porta fue sancionada y debe realizar “la devolución a los usuarios de US $27.036.732, (…) por el cobro de tarifas redondeadas al minuto inmediatamente superior, por los servicios utilizados en el período 1999-2000” (Superintendencia de Telecomunicaciones de Ecuador). Adicionalmente, Porta enfrenta investigaciones porque esta Superintendencia, “(…) detectó una grave degradación en la calidad e interrupciones en el servicio de Telefonía Móvil Celular afectando a más de cinco millones y medio de usuarios (…)”.
 
El caso ecuatoriano pone en evidencia las diferencias con México. ¿Ha sabido usted de alguna sanción a empresas de telecomunicaciones? Ojalá que sí, porque si solicita a la Comisión Federal de Telecomunicaciones que le informe sobre sanciones, probablemente le conteste que esa información “es inexistente”. ¿Será que los concesionarios mexicanos nunca incumplen sus obligaciones y respetan los derechos de los consumidores?

En otros países existen las acciones colectivas para representar intereses de los consumidores, en México se menoscaba este acceso a la justicia al permitir que sólo la Procuraduría Federal del Consumidor presente acciones colectivas. Y ésta, ¿cuántas acciones ha emprendido en temas de telecomunicaciones? Ninguna.

En cuanto al “redondeo”, la situación tampoco ha sido afortunada para los usuarios de telecomunicaciones en México. Bajo el pretexto de la libertad tarifaria y con un mercado de telecomunicaciones en competencia más emblemático que real, son contados los concesionarios que tienen tarifas en las que cobren por el tiempo de servicio de celular efectivo, es decir, por segundo. ¿Estaría usted de acuerdo en que si va a cargar gasolina le redondeen el litro aunque sólo le hayan echado 300 mililitros? Si las tarifas en México de celular no fueran tan elevadas, la situación no sería tan crítica para el consumidor, aunque se reducirían los ingresos de varias telefónicas. Existen dos iniciativas en la Cámara de Diputados para obligar a que las telefónicas cobren por segundo, una de la diputada oaxaqueña Irma Piñeyro y otra del diputado Abundio Peregrino. No sé si la solución sea la reforma legislativa, pero la competencia sana se ve tan lejana que quizá sea la mejor alternativa. Mientras tanto Cofetel podría intervenir y la Profeco podría presentar su primera demanda colectiva. ¿Ocurrirá?

El contraste de la experiencia ecuatoriana no es la única para contrastar la necesidad en México de tener instituciones fuertes con instrumentos jurídicos eficaces. Podríamos citar el caso de España donde Vodafone fue sentenciada a indemnizar a más de 8.5 millones de usuarios por la interrupción del servicio móvil durante 9 horas. O el caso de Colombia en el que se han presentado acciones colectivas en telecomunicaciones...

En otros menesteres, mensaje urgente al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Muchas tiendas están ofreciendo tarjetas de crédito y es lógico que investiguen el historial de crédito del solicitante, pero ¿existe razón justificada para deliberadamente discriminar a las personas mayores de 65 años? En diversas tiendas Sanborns (p. ej., en el D.F. en Salamanca) se ofrece su tarjeta y hay anuncios que establecen entre los requisitos “tener entre 21 y 65 años de edad”. Sanborns no es el único que discrimina a los adultos mayores, diversas tiendas de autoservicio también lo hacen. Para negar el otorgamiento de una tarjeta de crédito el criterio debe ser su capacidad financiera, mas no el tener más de 65 años.


Clara Luz Álvarez
México.

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